Audiencia Nacional

Ghali esquiva la querella por genocidio: el juez archiva la investigación al no ver indicios de delito

Pedraz defiende que en todo caso las supuestas torturas habrían prescrito y esgrime las “contradicciones” entre los testigos sobre la participación del líder polisario

Brahim Ghali sortea una de las dos investigaciones judiciales abiertas contra él en la Audiencia Nacional. El magistrado Santiago Pedraz ha archivado la querella de la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (Asadedh) y de varias víctimas contra el líder del Frente Polisario por delitos de genocidio, torturas y detención ilegal.

El instructor considera que no se ha acreditado la existencia de indicios de un delito de genocidio y que los testimonios de los testigos que han comparecido en la causa contradicen las afirmaciones que se sostienen en la querella. Además, entiende que los hechos denunciados, acaecidos entre 1975 y 1990, están ya prescritos pues en aplicación del Código Penal vigente en el momento de cometerse, de 1973, estarían prescritos al haber pasado más de 20 años desde entonces.

Asimismo, Pedraz recuerda que ese Código Penal no incluía el delito de genocidio, pues no fue hasta 1995 cuando se incorporó a nuestra legislación penal y se declaró imprescriptible.

Pero para el magistrado, sin necesidad de analizar si los hechos podrían constituir un delito de genocidio, las conductas expuestas en la querella no integran todos los elementos que requiere este tipo delictivo, esto es, “la intención conjunta que guía según la querella a los asesinatos y torturas a los disidentes de destruir total o parcialmente el propio grupo nacional al que pertenecen”.

“No hay rastro” de un posible genocidio

“No hay rastros de esos subgrupos en los que dividen al pueblo saharaui según su localización geográfica”, explica Pedraz. Para el juez, lo contrario sería “forzar la norma penal” para lograr encajar los hechos en el delito de genocidio y evitar así la prescripción de los mismos.

Asimismo, Pedraz coincide con la defensa de Ghali en las “contradicciones” en las que -asegura- han incurrido los testigos en sus declaraciones sobre la presunta participación de Ghali en los hechos denunciados.

Respecto a las declaraciones de los testigos, el juez afirma que “basta la audición de las declaraciones prestadas para apreciar las contradicciones denunciadas por la defensa entre las afirmaciones de la querella” sobre la participación de Ghali en esas supuestas torturas “y el contenido de las testificales de los testigos que ha declarado”.

Por si fuera poco, Pedraz señala también “una insuficiencia manifiesta de detalles relevantes sobre circunstancias de lugar y tiempo” y los “detalles concretos de la participación” del líder del Frente Polisario en los mismos, “descripción del cargo que ocupaba, etc”. Todo ello, concluye, “resta credibilidad” a esos testimonios e “impide mantener la imputación” contra Ghali.

Mes y medio ingresado en España

El líder del Frente Polisario permaneció en nuestro país convaleciente del Covid-19 -estuvo ingresado en el hospital San Pedro de Logroño- desde el 18 de abril hasta el pasado 2 de junio, cuando voló de regreso a Argel en un avión medicalizado que despegó de madrugada del aeropuerto de Pamplona. Horas antes, el juez Pedraz le había interrogado por videoconferencia en calidad de imputado en relación a esta denuncia y a la querella, también por torturas, presentada por el activista Fadel Breica. El magistrado decidió no acordar ninguna medida cautelar contra Ghali que limitara sus movimientos, por lo que pudo abandonar España horas después sin impedimento alguno.

La querella se presentó en 2008 contra trece militares marroquíes por delitos de genocidio en concurso con asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones presuntamente cometidas entre 1975 y 1990. En enero de 2010 se acordó el sobreseimiento de la denuncia y no fue hasta agosto de 2012 cuando la querella se admitió a trámite.

El sobreseimiento de la investigación solo afecta a Ghali, y no al resto de los querellados.

“Latigazos con cable eléctrico, suplicio del agua...”

Los querellantes denunciaron “el trato sufrido por los prisioneros de guerra así como por los propios ciudadanos saharauis, especialmente por los de origen español, en manos del Frente Polisario”, algo que en su opinión “no puede quedar por más tiempo sin obtener el amparo de la Justicia”. De hecho, consideran lo ocurrido en los campamentos saharauis de Tinduf (Argelia) “uno de los casos más escandalosos de los últimos 30 años de violación de derechos humanos en el Magreb”.

En la querella se aludía a un informe de la ONG francesa France Libertés que recoge un “durisimo catálogo de torturas realizadas supuestamente por miembros del Frente Polisario a disidentes y prisioneros, con la frecuente asistencia de miembros de los servicios de seguridad de Argelia”. Desde “latigazos con un cable eléctrico” hasta el “encierro en un baúl metálico durante 23 horas al día por periodos que pueden llegar a un año”, apaleamientos, suspensión de prisioneros por los pies durante varias horas, suplicio del agua (mantener la cabeza sumergida en un depósito de agua “hasta la sofocación”), etc.

Los denunciantes identificaron a 89 víctimas de esas supuestas torturas, aunque la lista de víctimas y casos -advertían- es “desesperadamente extensa”. Todos ellos residían en Al Aaiún (Sahara Occidental) en el momento de interponerse las acciones judiciales.