Covid
El TC prevé tumbar en octubre la prórroga del estado de alarma que duró seis meses
LA RAZÓN ya adelantó en julio la previsión del Alto Tribunal
ElTribunal Constitucional no abordará este mes, durante el Pleno que celebrará entre el 14 y el 16 el recurso de Vox contra la prórroga durante seis meses del estado de alarma acordada por el Gobierno en octubre del pasado año y que se prolongó hasta el mes de mayo, relacionado con la pandemia de Covid. Lo hará, previsiblemente, en el que celebre el mes de “octubre o noviembre”. Todo apunta a que en esta ocasión también se declarará inconstitucional parte relevantes del decreto impugnado. LA RAZÓN ya adelantó el pasado 19 de julio que el Alto Tribunal, al igual que hizo con la declaración del primer estado de alarma, tampoco en esta ocasión lo avalaría.
El ponente de esta resolución, el magistrado Antonio Narváez, quien también lo fue en el primero de esos recursos, volverá a incidir, según fuentes jurídicas, en que los mecanismos adoptados para la prórroga no entran dentro de los cánones constitucionales. Fuetes del Alto Tribunal indicaron a este periódico que la decisión a este recurso, interpuesto también por Vox, era más “complicado” que el primero, porque en el mismo se venía a establecer que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no tendía que dar explicaciones en el Congreso hasta mayo de 2021.
TC: “No está deliberado”
En todo caso, hasta estos momentos, no hay un texto definitivo . El propio Tribunal Constitucional ha hecho pública una nota esta mañana en al que aclara que este asunto “está siendo objeto de estudio por los magistrados, sin que esté deliberado”. Por ello, añade el TC, “resulta prematura cualquier afirmación sobre el resultado de este recurso de inconstitucionalidad” que interpuso Vox
. En esa resolución es previsible que una de las cuestiones más relevantes que se analice sea todo lo relacionado con la “cogobernanza” que fijó en el decreto de prórroga del estado de alarma, mediante la cual se dejaba en manos de las comunidades autónomas la limitación de derechos fundamentales, cono el de reunión .
Junto a ello se prevé que la resolución del TC aborde igualmente al plazo de seis meses por el que se amplió el estado de alarma, es decir, se analizará si esos seis meses son excesivos o no. Precisamente, este periódico ya informaba el mes de julio que, según las fuentes jurídicas consultadas, la mayor unanimidad se concitará en torno a la falta de control parlamentario durante esos seis meses, lo que podría acarrear una nueva declaración de inconstitucionalidad al margen de lo que decida el Pleno sobre la delegación que hizo el Gobierno en las comunidades autónomas para aplicar las restricciones de derechos. «Estas dos cuestiones son aún más vulnerables que lo que se ha declarado inconstitucional» en esta primera sentencia, apuntaban al respecto.
Por esas cuestiones, la resolución de este recurso, según las citadas fuentes, es “más complicada” que la que declaró inconstitucional el primer estado de alarma, y ello incide, obviamente, en que la misma tarde todavía un tiempo en resolverse.
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