Señalaron objetivos

La Audiencia procesa por terrorismo a los trece CDR detenidos en 2019 en la “operación Judas”

El juez García Castellón concluye que constituyeron “una organización terrorista paralela” para conseguir la independencia de Cataluña a través de la violencia

Uno de los CDR procesados, Alexis Codina, posa con un fusil en una foto incorporada al sumario de los CDR
Uno de los CDR procesados, Alexis Codina, posa con un fusil en una foto incorporada al sumario de los CDRlarazonsumario

Los trece integrantes de los Comités de Defensa de la República (CDR) detenidos en septiembre de 2019 en el marco de la “operación Judas” han sido finalmente procesados por pertenencia a organización terrorista y, en el caso de nueve de ellos, también por delitos de tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparatos explosivos.

Así lo ha decidido el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, al concluir que todos ellos estaban integrados en la rama de mayor “radicalidad” de los CDR, el denominado Equipo de Respuesta Táctica (ERT). Una célula que, según sostiene el instructor en el auto en el que acuerda esta decisión, ponía a disposición de los CDR “un grupo clandestino de individuos de la máxima confianza” totalmente “entregados a la causa”, a quienes se habría encargado la realización de las acciones más sensibles en pos de la independencia de Cataluña.

El instructor sitúa el origen de los CDR en el “sentimiento de frustración” que se generó en el independentismo tras el 1-O. Y explica que dentro de esa estructura, cuyas acciones en algunos casos llegaron a tener “carácter delictivo”, figuraban los integrantes del Equipo de Respuesta Táctica (ERT), encargados de llevar a cabo “las acciones más sensibles”, las que requerían “un plus de compromiso y profesionalidad en su ejecución”, dentro del objetivo global de intentar “subvertir el orden constitucional de forma material, mediante una estrategia planificada y organizada”. El objetivo, la independencia de Cataluña “empleando para ello la violencia en su máxima expresión”. El juez señala a uno de los investigados, Ferrán Jolis, como “el iniciador” del ERT.

Para el instructor no hay duda de que todos conformaban una organización de carácter terrorista, pues “habrían superado la actividad dentro del respectivo CDR y conformado una organización terrorista paralela, de carácter clandestino y estable, cuyo objetivo sería el de llevar a cabo acciones violentas o atentados contra objetivos previamente seleccionados utilizando para ello los explosivos o sustancias incendiarias fabricados en los dos laboratorios clandestinos que la propia organización tenía instalados en dos domicilios particulares”.

“No solo se acredita su pertenencia a los grupos de acción, sino además su intención de realizar acciones violentas como cortes de autopistas, ocupación de edificios simbólicos, bloqueo del aeropuerto y movilizaciones generales”, así como “acciones contra infraestructuras críticas” (autopistas y aeropuerto). Unos cometidos en los que no solo se implicaban en su ejecución, sino también en “la labor de dirección y organización”.

Reunión clave para la elaboración de explosivos

García Castellón señala una fecha clave: el 10 de julio de 2019, cuando se produjo “entre fuertes medidas de seguridad” una reunión en Montcada i Reixach (Barcelona) -a la que asistieron varios de los procesados, entre ellos Eduard Garzon, Jordi Ros, Esther Garcia Canet y Sonia Pascual- y que constituyó “el punto de encuentro de diferentes células que estarían llevando a cabo actividades de fabricación y elaboración de sustancias explosivas e incendiarias”

Los investigados, mantiene el magistrado, comparten principios ideológicos favorables a la independencia y el activismo radical y para conseguir su objetivo no tenían reparos en recurrir a la violencia, forzando con ello, de modo coercitivo, a las instituciones a conceder por la vía de los hechos la separación de Cataluña del resto de España”.

Posibles objetivos

En el momento de su desarticulación, la supuesta organización terrorista ya había recabado “informaciones precisas” de sus posibles objetivos. García Castellón señala que uno de sus miembros, Jordi Ros, y otros presuntos integrantes del ERT habrían desarrollado actos preparatorios, consistentes en “una labor de reconocimiento de objetivos, vigilancia y control de instalaciones policiales, toma de fotografías y vídeos de los objetivos predeterminados”.

En las fotografías de los objetivos seleccionados, indica, se recogen determinados aspectos de las instalaciones, como accesos, cámaras de vigilancia, localización de torres eléctricas (entre otros), agentes policiales y placas de matrículas de vehículos policiales.

En la resolución se atribuye a los miembros del ERT una participación activa en algunas de las acciones más contundentes que han llevado a cabo los CDR hasta la fecha, como cortes de carretera, vertido de aceite en la calzada de la C-55 en un lugar de paso obligatorio de la comitiva que trasladaba a los presos del “procés” desde la cárcel de Lledoners el 1 de febrero de 2019, levantamiento de las barreras de los peajes y los actos de protesta por la celebración en Barcelona del Consejo de Ministros el 21 de diciembre de 2018, entre otros.

Encargo del “CNI catalán”: ocupar el Parlament

Entre sus funciones se incluyeron la creación y desarrollo de los Cecor (centro de coordinación) de las acciones llevadas a cabo por los CDR, asumiendo el encargo recibido de un denominado “CNI Catalán” para que aportasen la infraestructura logística necesaria con el objeto de acometer una acción en la que se pretendía ocupar el Parlamento de Cataluña y defenderlo posteriormente contra viento y marea.

Unos planes que pensaban llevar a cabo aportando su “capacidad técnica y humana”, pues para realizarlos eran necesarios “importantes conocimientos en redes ilícitas y clandestinas securizadas de telecomunicaciones, así como una importante capacidad de movilización”.

El auto del Juzgado de Instrucción 6 relaciona los objetivos de los que se han obtenido evidencias en distintos soportes de imagen sobre los que el grupo pretendía perpetrar algún tipo de acción o atentado, entre ellos, la Comandancia Naval de Barcelona, Gobierno Militar de Barcelona, la Delegación de Gobierno de Barcelona, la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, la sede de la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil de la provincia de Barcelona, miembros, vehículos e instalaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, torres de alta tensión, instalaciones en autopistas, peajes o el Parlament de Cataluña.

El juez destaca el reconocimiento del perímetro del acuartelamiento de la Comandancia de la Guardia Civil de Barcelona, en San Andreu de la Barca, que llevó a cabo Jordi Ros en agosto de 2019 en compañía de su pareja.

Además de los anteriores objetivos, sostiene la resolución, Jordi Ros habría realizado diferentes búsquedas en Internet a través de sus dispositivos, de datos relativos a personas vinculadas a partidos políticos contrarios a la independencia y de un agente del cuerpo de los Mossos.

El juez procesa por pertenencia a organización terrorista y también por delito de tenencia, depósito así como fabricación de sustancias o apartaros explosivos e inflamables o de sus componentes, de carácter terrorista, a Eduardo Garzón, Esther Garcia Canet, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tomas, Alexis Codina, Jordi Ros, Guillem Xavier Duch y Rafael Joaquín Delgado, mientras que por el primero de los delitos procesa a Ferrán Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero.