Polémica

La Fiscalía rechaza el indulto a Pablo Hasel por sus “múltiples” condenas y por ser reincidente

Subraya que el rapero “no quiere realizar tratamiento alguno” en prisión y no ve razones de “justicia, equidad o conveniencia pública” para otorgarle la medida

La Fiscalía de la Audiencia Nacional se ha opuesto a la concesión del indulto al rapero Pablo Rivadulla, conocido artísticamente como Pablo Hasel, al hacer hincapié en que está condenado “por múltiples hechos delictivos” y en alguno de ellos, además, “es reincidente, como ocurre con la apología del terrorismo”.

La negativa del Ministerio Público a que se pueda beneficiar de la medida de gracia incide además en que en el informe del centro penitenciario de Ponent (Lérida) -donde cumple condena- sobre la valoración de su conducta “no se hace mención alguna” a que sea merecedor del indulto “por razones de justicia, equidad o conveniencia publica”. El fiscal subraya que ese documento da cuenta de que Pablo Hasel “ha manifestado su disconformidad” con los programas individuales de tratamiento que ha elaborado el centro penitenciario “en las áreas de intervención, personal, formativa, etc, con concretos objetivos a lograr por el mismo”. “No quiere realizar tratamiento alguno”, subraya el Ministerio Público.

Por tanto, para la Fiscalía no existen “causas reforzadas” para aplicarle la excepción que prevé el artículo 2.3 de la ley que regula esta medida de gracia, de la que excluye a “los reincidentes en el mismo o en otro cualquiera delito por el cual hubiesen sido condenados por sentencia firme” salvo en el caso de que existan “razones suficientes de justicia, equidad o conveniencia pública para otorgarle la gracia”. Unas razones que la acusación pública no advierte por ningún lado.

Programas de reinserción

El pronunciamiento fiscal considera “más pertinente en este momento” la vía propuesta por el centro penitenciario (que no obstante acredita su correcta conducta): que se apliquen al rapero “específicos programas de tratamiento en las áreas indicadas”.

Hasel, que acumula cuatro condenas por enaltecimiento del terrorismo, injurias a la Corona y a las instituciones del Estado, resistencia a la autoridad y allanamiento de morada, ingresó en la cárcel de Lérida el pasado 16 de febrero para cumplir una condena de nueve meses de prisión por alabar a ETA y los Grapo en su cuenta de Twitter. Su encarcelamiento provocó varias noches de violentas protestas y disturbios, sobre todo en Barcelona.

Posteriormente, el rapero no hizo frente a la multa de casi 30.000 euros a la que fue condenado y se declaró insolvente, por lo que la Audiencia Nacional amplió su condena a dos años, un mes y diez días de cárcel. Y es que en la sentencia ya se preveía que si no podía pagar las tres multas que se le imponían debían sustituirse por pena de cárcel: seis meses (que después la Sala de Apelación de la Audiencia rebajó a 84 días, lo que fue ratificado por el Supremo) en el caso de su condena por enaltecimiento; otros seis meses por la multa que llevaba aparejada la pena por injurias a la Corona y, por último, otros siete meses y 15 días por la de injurias a las instituciones del Estado. En total, algo más de 16 meses de prisión se añadieron a los nueve que le llevaron a la cárcel.

La Audiencia Nacional consideró que los tuits de Hasel desbordaban el derecho a la libertad de expresión y la libertad de creación artística, pues según los magistrados rezumaban violencia y suponían una toma de postura clara hacia la “banalización del terrorismo”, que enalteció y justificó ante sus entonces 54.000 seguidores.