Denuncia de Vox
Archivada la investigación contra Tezanos por “manipular” el CIS
La Audiencia de Madrid no ve indicios de malversación y deja claro que “una interpretación errónea del sentido del voto en determinadas encuestas no justifica el inicio de una investigación criminal”
La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a la Abogacía del Estado y ha archivado la investigación contra José Félix Tezanos, director del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), dejando sin efecto el auto de admisión a trámite dictado por el Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid -que había citado ya a declarar como imputado al responsable del CIS el próximo día 29- por la presunta comisión de un delito de malversación, tras la querella presentada por Vox.
Para el tribunal, las denuncias de Vox sobre una supuesta manipulación de los datos para beneficiar electoralmente al PSOE no son sino “simples conjeturas e hipótesis, huérfanas de sustento probatorio alguno”. “Es evidente que una interpretación errónea del sentido del voto en determinadas encuestas no justifica el inicio de una investigación criminal”, deja claro.
La Sala no ahorra reproches a la instructora, la magistrada Cristina Díaz Márquez, y señala que “llama la atención” que la magistrada “debido quizás a los propios términos vagos e imprecisos que sustentan la querella y el informe pericial que la acompaña, no precise” en el auto de admisión a trámite de la denuncia el pasado agosto “cuáles son los hechos concretos a investigar ni, sobre todo, explique qué relación guardan las conductas descritas con el delito de malversación de caudales públicos que supuestamente se refiere cometido”.
A criterio del tribunal, la resolución de la instructora guarda “un inexplicable silencio sobre los motivos que justificarían la apertura del procedimiento penal”. Y ante esa falta de concreción, subraya, la magistrada debió acordar “la inadmisión a trámite de la querella”.
Para la Abogacía del Estado, cuyos argumentos respaldó la Fiscalía, esa indefinición de los hechos investigados suponía una infracción del derecho fundamental a un proceso con todas las garantías que podía generar indefensión a Tezanos.
El informe pericial, “un mero compendio de artículos”
Los magistrados recuerdan que los hechos denunciados “han sido objeto de continua controversia en los medios de comunicación” y desinflan el informe pericial en el que Vox sostiene su denuncia, que para la Sala “no constituye sino un mero compendio de artículos de opinión sobre los constantes errores en que incurrieron las encuestas publicadas, pero cuyas conclusiones nada tienen que ver con la imputación de ilícito penal alguno”. Se trata, recalca el tribunal, de una mera cuestión “motivo de debate político entre diferentes partido”, pero sin relevancia penal.
En su resolución, la Sala mantiene que no hay en la querella ni en la resolución de la magistrada ningún indicio que justifique la comisión de un delito de malversación ni que precise el supuesto perjuicio causado a las arcas públicas. Tampoco precisa -añade- “en qué hubiera podido consistir el apartamiento de la normativa en materia de contratación de empresas para la realización de las encuestas” por parte del CIS, “ni que el querellado atendiera a fines espurios para suscribir contrato con quien, siguiendo el procedimiento administrativo previsto, no pudiera haber sido contratado”. Tampoco explica, continúa, “en que hubiera podido consistir dicha contratación para eludir el procedimiento y beneficiar indebidamente a terceros e incluso a él mismo o al partido político que le nombró, ni sobre todo aclara que influencia hubiere podido tener en la elaboración de las encuestas” o en su supuesta interpretación errónea.
Vox le acusó de “beneficiar al PSOE”
Según denunció Vox, el funcionamiento del CIS desde que Tezanos fue nombrado presidente en 2018 es “irregular”. “La línea divisoria entre la irregularidad administrativa ha sido superada puesto que queda demostrado” -resaltaba la formación política- que el presidente del CIS “ha actuado dolosamente modificando incluso las técnicas operativas profesionales a aplicar para conseguir sus objetivos, beneficiar al PSOE”.
El objetivo de la denuncia era que se analizasen las encuestas realizadas en estos tres últimos años por el CIS, para determinar si las “conocidas y notorias desviaciones de su presidente hacia el PSOE pueden considerarse normales o extremas, aleatorias o intencionadas, teniendo en cuenta además, los elevados costes que paga el CIS por las encuestas subcontratadas”.
Pero para la Audiencia de Madrid “una supuesta gestión defectuosa del organismo que dirige el querellado o una interpretación errónea de los datos o de las encuestas realizadas como consecuencia del medio estadístico empleado, no ha de entrar de lleno dentro del estrecho marco del derecho penal”.
La Abogacía del Estado argumentó que las imputaciones contra Tezanos se basaban solo en noticias de prensa y reportajes televisivos y en “comentarios y opiniones en redes, sin que se aporte ninguno de los expedientes que sostienen la realización de las encuestas objeto de informe pericial, y sin que se concrete ninguna actuación del investigado dirigida al cumplimiento de los requisitos del tipo objeto de denuncia”. Se trataba únicamente, subrayó, de “meras sospechas, conjeturas, que relacionan de forma no adecuada, la ineficacia en la realización de encuestas con la administración fraudulenta de la institución CIS”.
La Fiscalía también se mostró a favor del archivo de las actuaciones, pues en su opinión las “sospechas” de Vox vinculan de una forma “no adecuada” la ineficacia en la realización de encuestas con la administración fraudulenta de la institución.
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