Tribunales

Un cambio de criterio del TSJM lleva a los opositores de Policía al Supremo

Los recurrentes consideran que la dificultad del examen ha sido mayor, pero los jueces dicen que es una «percepción subjetiva»

Pruebas de selección en Silleda para el cuerpo de la policía local.
Pruebas de selección en Silleda para el cuerpo de la policía local.XUNTAXUNTA

Las oposiciones de la Policía no dejan de estar exentas de polémica año tras año. Los tribunales han obligado en varias ocasiones a la División de Formación y Perfeccionamiento -responsable de estas pruebas- a repetir exámenes, pero un reciente cambio en el criterio de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en el que consideran que la dificultad es «una percepción subjetiva» llevará a los recurrentes camino del Tribunal Supremoque marcará la línea para el futuro de los opositores.

Los test se dividen en cuatro pruebas: tras las físicas y la teoría (aquí se incluía la ortografía, pero acaba de ser suprimida después de continuas controversias) está la entrevista personal junto al reconocimiento médico, que también han sido motivo de disputa en los tribunales. De hecho, a petición de los alumnos ahora se graban. El cuarto paso, el psicotécnico, consiste en una prueba de agilidad mental y hasta aquí suelen llegar menos de la mitad de los en torno a 45.000 aspirantes (dato de 2020).

Es esta prueba la que va a tener que revisar el Tribunal Supremo si acepta el recurso de casación que un grupo de opositores va a interponer esta semana. Éstos impugnaron la prueba del pasado 6 de marzo de 2021 para convertirse en agentes porque consideraban que su examen tenía una dificultad superior al del resto. Para entender esta cuestión hay que remontarse años antes porque se trata de un grupo de opositores (unos 110 de la promoción 34) que ya se habían presentado en ocasiones anteriores y que los jueces habían obligado a repetirles el examen por diversas irregularidades.

El día de las pruebas muchos de los que acudieron ya denunciaron un trato diferente al de sus compañeros. Cuentan que les separaron para hacer el examen en otra clase (en Sevilla, Valencia, Málaga o León) o que su sobre con las pruebas venía precintado en envoltorios diferentes al del resto. Cuando se publicó la nota unos 100 de estos recurrentes se quedó fuera, es decir solo en torno al 5% aprobó. Nuevamente, recurrieron a la Justicia.

Presentaron recurso ante el TSJM alegando que la Policía no había cumplido la sentencia que les forzaba a repetir las pruebas exactamente en las mismas condiciones y con la misma complicación que el año en el que inicialmente se presentaron. Añadieron un informe pericial de Pedro José Horcajo, catedrático de la Universidad Complutense, que exponía la difícil justificación para el principio de igualdad, mérito y capacidad de que este grupo de opositores tuviera que sacar más de un 7 (porque se compara con la nota de su promoción), mientras otros con algo más de un 4 (nota de corte de ese año) ya estuvieran camino de la Escuela de Policía en Ávila.

Sin embargo, en un auto del pasado 26 de noviembre -al que LA RAZÓN ha tenido acceso- los magistrados consideran que la ejecución de la sentencia sí se ha producido y que la Policía ha cumplido. «Es posible que a la ejecutante la prueba psicotécnica le pareciera superior a la dificultad que llevaron a cabo los participantes en el proceso selectivo que la misma concurría, lo cual no deja de ser una percepción subjetiva», indica la resolución. «En la sentencia se fijó un criterio a fin de lograr las condiciones más homogéneas con la promoción a la que pertenecía la hoy ejecutante y, por ello, se estableció que la nota de corte sería exigida en la misma, siendo evidente que resulta imposible lograr una homogeneidad total con la convocatoria a la que pertenecía», añade el magistrado ponente Ignacio del Riego.

Para los recurrentes esto supone un agravio comparativo con respecto a otra sentencia de este mismo tribunal para los recurrentes de una promoción anterior, de julio de 2020. Esta promoción (la 32) es conocida entre los aspirantes como «el examen de la Nasa» porque las condiciones en las que se repitió el test fueron tan complejas que el TSJM volvió a dictar auto indicando que había que repetir nuevamente. Los magistrados indicaron incluso que podía tratarse de un delito de prevaricación y desvío de poder por parte de los organizadores de la Policía.

Sin jurisprudencia

Ahora este embrollo judicial llega al Supremo que nunca se ha pronunciado sobre un asunto así, según las fuentes consultadas. Sí lo ha hecho, sin embargo, sobre otro aspecto de la prueba psicotécnica: la transparencia. En una reciente sentencia, adelantada por El Confidencial, los magistrados dan la razón a dos opositores e indican que tienen derecho a saber cuáles son los rasgos que se van a evaluar sobre su personalidad y cómo es el sistema de puntuación antes de iniciar el examen.

El alto tribunal señala que para declarar a alguien «no apto» hay que motivar esta decisión porque si no se corre el riesgo de la arbitrariedad por parte de las administraciones públicas.

En este caso, los recurrentes advierten de que no van a quedarse en el Supremo y que, si es necesario, llevarán «esta tropelía» al Constitucional o, en última instancia, a Europa.