Apelación

Una acusación señala a Pedro Sánchez como “el verdadero responsable de la entrada de Ghali”

Recurre la decisión del juez de archivar la investigación contra el ex jefe de gabinete de González Laya y defiende que los dos investigados cometieron delitos de prevaricación y encubrimiento

Brahim Ghali, en la reciente cumbre de la UE con los países africanos celebrada en Bruselas el pasado febrero
Brahim Ghali, en la reciente cumbre de la UE con los países africanos celebrada en Bruselas el pasado febreroJohn ThysAgencia AP

Un acusación popular ha recurrido la decisión del juez del “caso Ghali” de archivar la investigación por prevaricación y encubrimiento contra el ex jefe de gabinete de la ministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya en relación a la entrada en nuestro país del líder del Frente Polisario en abril del pasado año.

En el recurso de apelación presentado por el abogado Antonio Urdiales -al que ha tenido acceso LA RAZÓN-, el letrado considera que la decisión del instructor vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y reclame a la Sala que anule la misma y mantenga investigado al diplomático Camilo Villarino.

Sí coincide con el juez Lasala en que fue el presidente del Gobierno “el verdadero responsable de la entrada de Ghali en España”. Sin su autorización, ni a los investigados ni a ningún miembro del Gobierno, subraya, “se le hubiera ocurrido hacer lo que hicieron” sin su “autorización expresa”.

Para la acusación, la decisión de archivo va más allá del propio diplomático, pues de su resolución “dependerá sin duda alguna la suerte de la ex ministra”. Y es que según su criterio los dos investigados “vulneraron todas las normas de control e inspección de frontera” del Reglamento de Schengen, por lo que habrían cometido un delito de prevaricación. “Saben que Brahim Ghali está en España y no ponen el hecho en conocimiento del juez Pedraz” (que mantenía abiertas dos causas contra el líder polisario).

“De forma deliberada y consciente”

Además, entiende que también incurrieron en un posible encubrimiento porque. a diferencia de lo que sostiene el juez, defiende que “no es necesario que el encubridor conozca sin lugar a dudas que el encubierto” (en este caso Ghali) ha cometido algún delito.

La acusación insiste en que se eximió a Ghali “de forma deliberada y consciente” del control de pasaporte y equipaje para evitar que la entrada en España “del entonces presunto genocida y terrorista” -que provocó una graves crisis diplomática y migratoria con Marruecos- “fuera conocida por terceros”, incumpliendo así según su criterio el Reglamento de Schengen. Y es que, insiste en su escrito, la exención del sellado del pasaporte únicamente se contempla respecto a “jefes de estado o personalidades cuya llegada haya sido anunciada previamente de manera oficial por vía diplomática”.

De las pruebas practicadas en el procedimiento, mantiene, “se deduce que Ghali sólo portaba un pasaporte ordinario falso a nombre de Mohamed Benbatouche, que posiblemente su hijo, presentó en el servicio de admisión del Hospital San Pedro, pasaporte que había sido confeccionado y expedido el mismo día 18 de abril de 2021 por Argelia, estado que desde 1999 venía proporcionando pasaportes falsos al propio Ghali”.

Se pone a prueba “el prestigio de la Justicia española”

“Aquí no se está juzgando un delito contra la flora o la fauna -protesta irónicamente la acusación popular- sino que se está poniendo a prueba el prestigio de la Justicia española, es decir, si este histórico criminal, hasta su llegada a Zaragoza investigado por genocidio, terrorismo secuestro y torturas, por dos previas distintas en la Audiencia Nacional, va a seguir exhibiendo su escudo de impunidad por el simple hecho de que en caso contrario nos quedamos sin gas”.

Urdiales elogia al instructor -quien según expone “ha demostrado que ni las estrellas ni los sables ni los bastones le impresionan a la hora de cumplir con sus obligaciones como juez”-, pero le recalca que “no es creíble” que los investigados planificaran esta operación “sin interesarse sobre la situación procesal” de Ghali, algo que ve “ilógico, irracional y absurdo”.

Para el letrado, el tribunal debe decidir si no pone objeción penal alguna al hecho de que “los más altos cargos del Gobierno consumen un plan delictivo destinado a introducir clandestinamente a este individuo y otros por un aeropuerto militar, utilizando a los más altos cargos de nuestras Fuerzas Armadas en la ejecución del mismo, de una forma tan grosera y torpe, que terminó siendo conocido por el mundo entero, provocando la invasión y ocupación de Ceuta por miles de personas”. “Los criterios humanitarios son la excusa que utiliza el Gobierno para burlar las leyes y conseguir sus fines”, denuncia.

Riesgos graves para intereses españoles

El abogado hace hincapié en que la entrada de Ghali sin cobertura legal sí provocó -en contra de lo que mantiene la Fiscalía, que pidió también el archivo de la investigación contra Laya- riesgos para los intereses españoles. El 21 de abril del pasado año, recuerda, una multitud de diez mil personas, “en una personal interpretación de la Ley del Talión por parte de Marruecos, destruyeron las defensas de la frontera de una ciudad llamada CEUTA, y provocaron un auténtico caos migratorio, con fallecimientos y policías y legionarios heridos”.

Para la acusación resulta “increíble” que Ghali -a quien califica “el mayor criminal después de ETA”, a quien responsabiliza del asesinato, secuestro y torturas en el Sahara a 281 españoles, la mayoría pescadores, entre 1976 y 1986- entrase en España “sin exhibir documentos de viaje” y fuera atendido en un hospital público (llegó con graves problemas respiratorios por el Covid) “sin pagar un céntimo” y “sin exhibir identificación alguna” (se registró en el hospital San Pedro de Logroño con un documento falso). Y que el 2 de junio de madrugada, continúa, abandonara nuestro país también sin identificarse “y que de ello no se hayan enterado nuestros servicios secretos”. “Todo esto es propio de una novela de Kafka”, asegura.

Urdiales considera que tanto Laya como su entonces jefe de gabinete cometieron un delito de encubrimiento (aunque no había orden de detención contra el líder polisario, sí la había de localización, recalca) del que “se esconden” gracias a “la impunidad que les brindan leyes del Medievo” (en referencia al acuerdo del consejo de ministros que invocaron para no dar algunos detalles de la operación).

“¿Se pretende que la Audiencia Provincial de Zaragoza siente jurisprudencia menos despenalizando una conducta que puede servir de base para que pasen por nuestras fronteras traficantes contrabandistas y otros?”, se pregunta irónicamente.