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Feijóo rectifica la etapa de Casado y retirará el recurso que pedía la absolución de Bárcenas: “No lo conocíamos”

González Pons subraya que “la estrategia jurídica choca con la lógica política”. La antigua dirección del partido destaca que “no se dio ninguna orden en ese sentido” y que el exlíder del PP “no sabía nada”

El vicesecretario de Institucional del PP, Esteban González Pons, ha anunciado que su partido ha decidido retirar el recurso en el que se pedía la absolución del extesorero Luis Bárcenas por las obras de la sede de Génova para revocar la condena al partido como responsable civil. Según ha explicado, el vicesecretario de institucional del PP, Esteban González Pons, no conocía ese recurso y, en este caso, la “estrategia jurídica choca con la lógica política”.

“No lo conocíamos y, al conocerlo, no lo compartimos, por lo tanto, el comité de dirección del PP ha decidido que ese recurso se retira hoy mismo”, ha anunciado González Pons quien destacó que “estamos convencidos de la inocencia del PP”.

Además, ha precisado que ese recurso se redactó en el mes de noviembre -cuando lideraba el PP Pablo Casado- y se presentó poco antes del congreso extraordinario de Sevilla de primeros de abril que eligió presidente del partido a Alberto Núñez Feijóo. En concreto, el PP presentó ese recurso de casación en abril ante el Tribunal Supremo solicitando la absolución de Bárcenas por la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenaba a dos años de cárcel por las obras de la sede de los ‘populares’ en la calle Génova, lo que eximiría a la formación de su responsabilidad civil subsidiaria.

Según fuentes de la etapa de Pablo Casado, “la dirección anterior del PP no tenía nada que ver con ello. No se dio ninguna orden en ese sentido y Casado no sabía nada”. De hecho, el exlíder del PP no quería saber nada de la etapa de Luis Bárcenes y por eso buscaba hasta vender la sede, para romper con todo lo anterior.

Fue el pasado mes de octubre cuando la Audiencia Nacional condenó a Bárcenas a dos años de cárcel por pagar en ‘B” más de un millón de euros de las obras de reforma de la sede de los populares, al tiempo que condenó al PP como responsable civil subsidiario de Bárcenas en la cuantía de 123.669 euros por el Impuesto de Sociedades (IS) de 2007 de Unifica, el estudio de arquitectura que se encargó de la remodelación.

El recurso

En su recurso ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo –adelantado por El Periódico de España–, el PP argumenta por un lado que el delito de participación en el fraude fiscal de Unifica por el que la Audiencia Nacional condenó a Bárcenas «había prescrito el 25 de julio de 2013», pues en esa fecha «aún no se había dirigido este procedimiento contra él». Pero el tribunal entendió que la prescripción de cinco años del delito fiscal se interrumpió cuando fue citado como imputado, algo que el PP considera «una especie de fraude de prescripción» porque el procedimiento no se dirigió contra él por su supuesta participación en un delito fiscal hasta el 14 de abril de 2014.

Fue entonces, subraya, cuando la Audiencia le comunicó que «se sospechaba que él podía haber colaborado en la comisión de un delito fiscal en relación con pagos que presuntamente se habrían llevado a cabo con fondos de una supuesta caja B que él mismo manejaba y que, por supuesto, solo él conocía y controlaba».

Para el abogado del PP, Jesús Santos, Bárcenas pagó con dinero negro para «sus propias finalidades», que eran «dar salida a dinero en B que él mismo gestionaba». Pero según el letrado no hubo en realidad «ahorro de coste para el PP, que no pudo descontarse el gasto en su impuesto sobre Sociedades.

«La intención no es en absoluto el ahorro fiscal del Partido Popular –señala– sino el aprovechamiento de aquel patrimonio oculto exclusivamente controlado por el sr. Bárcenas». La formación popular considera que ese pago en dinero negro no tuvo ninguna «consecuencia beneficiosa» para el partido. Porque, argumenta, aunque que la propia sentencia fija en un ahorro en las obras de un 7 o un 8%, el PP perdía así «una opción fiscal más ventajosa para el partido como es la de consignar un gasto deducible en el marco del Impuesto sobre Sociedades que tributa al 25%».

Bárcenas, recalca, habría ayudado a ocultar un beneficio de 286.569,62 euros y a eludir el pago de 93.135,12 euros, «cantidad que no es constitutiva de delito» (al situarse por debajo de los 120.000 euros). Por ello, pide su absolución «con la necesaria consecuencia de la inexistencia de responsabilidad civil subsidiaria» del PP.