"Caso Pegasus"

Puigdemont señala al juez del CNI para pedir que se anule la sentencia sobre su euroescaño

Sostienen que el espionaje a su abogado autorizado por el mismo magistrado del Supremo que formó parte del tribunal tuvo un “efecto devastador” sobre su derecho de defensa

Carles Puigdemont, durante su intervención en el segundo congreso de JxCat en Argelers (Francia)
Carles Puigdemont, durante su intervención en el segundo congreso de JxCat en Argelers (Francia)David BorratAgencia EFE

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ha pedido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) que anule la sentencia que avaló la decisión de la Junta Electoral Central de que se dejara vacante su escaño en el Parlamento Europeo por no haber acatado la Constitución de forma presencial. El líder independentista considera -como adelantó LA RAZÓN- que el hecho de que el magistrado Pablo Lucas formara parte del tribunal que tomó la decisión y que, al mismo tiempo, autorizase las escuchas a su abogado, Gonzalo Boye, y a personas de su entorno a través del programa Pegasus vulneró su derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva.

El incidente de nulidad de actuaciones -que también han presentado el también expresident Quim Torra y el exconseller Toni Comín en relación a las decisiones que adoptó la Sala respecto a ellos- aluden al informe del Defensor del Pueblo del pasado 18 de mayo que concluye que el magistrado Pablo Lucas, encargado de autorizar las escuchas del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), dispuso de “un elevado grado de detalle en la información” a la hora de dar el visto bueno a esas intervenciones telefónicas.

Para la defensa del ex presidente de la Generalitat, esa autorización fue ilegal y se acordó “en flagrante vulneración” de los derechos fundamentales de Puigdemont pues esa intervención de las comunicaciones -mientras se ventilaba su recurso contra la decisión de la Junta Electoral- permitió al magistrado tener acceso a “las comunicaciones de los recurrentes con su letrado”, lo que según denuncia tuvo “un efecto devastador sobre el derecho de defensa”, provocando “una situación efectiva de indefensión material”.

“No tiene parangón en ningún estado democrático”

Mediante esas intervenciones que califica de “radicalmente discriminatorias por estar basadas en motivos políticos o ideológicos”, el abogado del líder soberanista señala que el magistrado “habría tenido acceso, total o parcialmente, a las comunicaciones del letrado con sus clientes”, así como a “documentación de toda índole, vinculada a la defensa en este proceso y otros conexos”, y que considera que se encontraba protegida “no solo por el derecho al secreto de las comunicaciones, sino también por el secreto abogado-cliente que forma parte del derecho de defensa”.

“Se ha producido una situación evidentemente prohibida en cualquier Estado democrático de Derecho -se queja en su escrito- que contraría de manera palmaria el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, así como a un proceso con todas las garantías, en relación con el derecho a la vida privada, así como a la igualdad sin discriminación por motivos políticos o ideológicos”. Algo que, añade, “no tiene parangón en ningún estado democrático de derecho”.

Y es que para la defensa de Puigdemont no existe ”estado democrático de Derecho alguno en que el mismo juez que autoriza el uso de un programa que, per se, es ilícito, como es el caso Pegasus”, se dedique ”a resolver sobre los asuntos que preparaba el letrado con sus clientes, de los que, al parecer, conocía los detalles antes de que la representación de los recurrentes presentara sus escritos ante la Sala”.

Quiere involucrar al TJUE

Si la Sala descarta anular su resolución, el letrado insta al Supremo a plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que aclare si vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva que “el juez que ha autorizado la intervención de las comunicaciones del letrado de la parte recurrente con su cliente y, en general, la intervención absoluta de la vida privada del letrado” sea al mismo tiempo “miembro de la Sala que ha de resolver sobre los recursos interpuestos por el letrado en defensa de su cliente, de los que conoce previamente por vía extraprocesal”.

Igualmente, solicita al alto tribunal que, en caso de desestimar sus pretensiones, inste al magistrado Pablo Lucas a que aporte “todas las autorizaciones” que avalaron la intervención de las comunicaciones a Boye y a personas del entorno de Puigdemont, así como los informes que le permitieron disponer de ese “elevado grado de detalle en la información” sobre cuya base “autorizó el espionaje”