Tribunales

Los investigados en ‘Caranjuez’ reclaman que la Policía no utilice sus coches

La jueza ha aceptado que los agentes usen un todoterreno Jaguar, una motocicleta Ducati y un coche Subaru que fueron incautados a un inspector de policía y un exmilitar

Fwd: Nota De Prensa Y Fotografía De Recurso: " La Policía Nacional Detiene A Un Hombre Por Agredir A Otro Que Se Negó A Entregarle Dinero Por Aparcar El Coche" POLICÍA NACIONAL 12/05/2022
Fwd: Nota De Prensa Y Fotografía De Recurso: " La Policía Nacional Detiene A Un Hombre Por Agredir A Otro Que Se Negó A Entregarle Dinero Por Aparcar El Coche" POLICÍA NACIONAL 12/05/2022POLICÍA NACIONALPOLICÍA NACIONAL

Es una práctica relativamente extendida. La Policía hace una entrada y registro en la casa de los investigados e incauta una serie de bienes. En este caso, entre otras cosas, varios coches. El juez autoriza y los agentes pueden quedarse durante el tiempo que dure la investigación usando los vehículos. Esto es lo que ha pasado en la ‘Operación Caranjuez’ que dirige la magistrada del Juzgado número 29 de Madrid contra más de una decena de investigados por supuestos delitos de estafa, cohecho y blanqueo de capitales para coaccionar a venezolanos a cambio de favores o información de Podemos. La jueza Cristina Márquez ha dado la venia para que la Unidad de Asuntos Internos se quede con un Subaru, una motocicleta Ducati y un todoterreno Jaguar Land Rover y los utilice, pero los imputados acaban de impugnar esta decisión.

En un oficio de la Policía del pasado 9 de junio, Asuntos Internos detalla todos los avances que hasta ahora han hecho con las cuentas bancarias de los imputados, sus sociedades, y todo aquello que decomisaron cuando a finales de febrero explotó la operación e iniciaron las detenciones de un exmilitar israelí vinculado a los servicios de información, Alberto Galán (conocido como Avi), un inspector de Policía, David Barrigüete y su esposa, el abogado José Aliste y otro agente municipal y su esposa.

“A partir del año 2015, fecha en las que comenzaron a percibir las retribuciones hoy investigadas, a través de las sociedades instrumentales creadas al efecto, incorporaron a su patrimonio varios vehículos destinados al uso y disfrute personal”, señala la Policía en su escrito. Defienden que los coches incautados se titularizaron a través de sociedades, pero se utilizaron íntegramente para su vida privada. Y señalan, además, que los tienen “como consecuencia directa de los incrementos patrimoniales de dudosa legalidad que se vienen investigando”.

Galán empezó a percibir los primeros incrementos de patrimonio a partir de 2015 y como consecuencia de los sobornos y fraudes que, según la policía, realizó al exviceministro de Energía de Venezuela, Nervis Villalobos, o al exviceministro de Desarrollo Eléctrico del mismo país, Javier Ochoa Alvarado, entre otros. Por un total de 41.000 euros compró dos coches que puso a nombre de una de las sociedades (Shaldag Consulting S.L.) que está bajo la lupa.

“Dos años después, el investigado acomete una renovación completa de los vehículos adquiridos, vendiendo los citados por un monto total de 35.200 euros y comprando un nuevo turismo de la misma marca y una nueva motocicleta por 55.700 euros”. Es decir para la Policía, Alberto Galán invirtió una cantidad aproximada de 70.020 euros en la adquisición de cuatro vehículos en dos años. Y todo esto no tuvo coste alguno en su patrimonio, a lo que se añade que en ese mismo año compra diversas parcelas cerca de su casa.

Controvertida jurisprudencia

Sin embargo, la defensa del inspector de Policía Barrigüete recurrió este miércoles la decisión de sustraerle su coche y que puedan quedárselo los agentes para sus actividades alegando otras resoluciones diferentes en las que los jueces no han permitido a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que lo utilicen mientras dura la instrucción. Fuentes del procedimiento exponen que choca con la presunción de inocencia el hecho de que, directamente, se dé por acreditado que esos automóviles fueron comprados blanqueando cuando todavía no hay sentencia que acredite este delito.

El Código Penal (artículo 374) autoriza para la aprehensión o embargo los bienes, medios, instrumentos y ganancias que hayan servido para la comisión del delito y su utilización por parte de la Policía. Y sobre esto, los tribunales han dictado distintas resoluciones matizando que “esa valoración exige que concurra indiciariamente cuando menos y así se razone que cada uno de los bienes objeto de esa medida han servido para cometer el delito o que provengan del mismo”.

Así lo hizo la Audiencia Provincial de Navarra cuando se pronunció en 2014 en una investigación por tráfico de drogas en la que un Juzgado de Pamplona había incautado un BMW, Volskwagen azul, un Mini Cooper, un Audi A1 y un Land Rover Range. La Brigada Central de Crimen Organizado de la Comisaría General de Policía Judicial los utilizó siempre previa autorización judicial pero la instancia superior dio la razón a los investigados. “Debiendo presumirse que los bienes son de procedencia lícita, ya que el requisito previo al decomiso es que tales ganancias procedan de la comisión del delito, por lo que no estando acreditada dicha realidad procede la devolución de los indicados vehículos ya que los ingresos de la unidad familiar no son de procedencia ilícita”.

Asimismo, la Audiencia Nacional resolvió en junio de 2020 un recurso en el que señaló que “lo de menos es que el vehículo figure a nombre de una entidad cuyo único socio y administrador es el propio investigado”. En una ponencia de la magistrada Carolina Rius aclaró que “la Ley de Enjuiciamiento Criminal sí requiere un trámite específico, que se dé el trámite de audiencia previo al interesado” y si eso no se produce “se aprecia así una grave omisión de un trámite preceptivo, garantizador del derecho de defensa, al privársele a las partes que se verían afectadas por la decisión un previo y preceptivo trámite de audiencia sin que quepa entender que el recurso que pudiera interponerse contra el auto que autorice el uso provisional de los vehículos”.

Nuevas citaciones

La magistrada, que ha reimpulsado la causa en las últimas semanas, deberá resolver ahora sobre este asunto. Lo siguiente sobre el papel será escuchar a los testigos Ochoa Alvarado, Carlos Aguilera, exdirector de servicios de Inteligencia venezolano y el denunciante de la causa Dimas Antunez que han sido citados el próximo 30 de junio.

Mucho más adelante, el 6 de octubre, la jueza ha colocado las declaraciones de los 13 investigados. Mientras, a petición de la Fiscalía Anticorrupción, ha solicitado a Podemos, que quería personarse en la causa, que argumenten mejor los motivos por los que quieren formar parte de la investigación ya que en su escrito no queda claro.