Asesinato de Miguel Ángel Blanco

“Mikel Antza” rechaza que se impute a “Iñaki de Rentería” en nombre de “la verdad, la memoria y la paz”

La defensa del exjefe de ETA señala que la prescripción está por encima de la recomendación del Parlamento Europeo de investigar los crímenes etarras como de lesa humanidad

El exdirigente de ETA Ignacio Gracia Arregui, "Iñaki de Rentería", abandona la cárcel de Soto del Real en 2011
El exdirigente de ETA Ignacio Gracia Arregui, "Iñaki de Rentería", abandona la cárcel de Soto del Real en 2011Kiko HuescaAgencia EFE

La defensa del exjefe de ETA Mikel Albisu, “Mikel Antza”, se ha opuesto a la pretensión de la Fiscalía, el PP y Dignidad y Justicia (DyJ) de que se investigue también a Ignacio Gracia Arregui, “Iñaki de Rentería”, por su supuesta responsabilidad en el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco en 1997, una acción criminal por la que están ya imputados, además del propio “Mikel Antza”, los también exdirigentes etarra José Javier Arizcuren Ruiz, “Kantauri”, y Soledad Iparraguirre, “Anboto”.

El instructor de la causa, el magistrado Manuel García Castellón, acordó dejar fuera del procedimiento a “Iñaki de Rentería”, quien también formaba parte de la Zuba o comité ejecutivo de ETA en esas fechas, al considerar que su posible responsabilidad penal ha prescrito al haber transcurrido más de veinte años desde que fue detenido, en septiembre de 2000, sin que haya sido investigado por el secuestro y asesinato del edil del PP.

En el escrito remitido a la Audiencia Nacional oponiéndose a los argumentos del PP, la abogada del exjefe de la banda terrorista, Amaia Izko, defiende que Gracia Arregui “claramente tendría extinguida cualquier posible responsabilidad criminal” en relación a estos hechos “dado el lapso de tiempo transcurrido” entre el secuestro y asesinato, o su detención en 2000, “y la incoación frente al mismo del presente procedimiento”.

Recomendaciones del Parlamento Europeo

El PP esgrimió en el recurso en el que solicita la imputación de Gracia Arregui el informe del pasado abril de la misión de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo -que impulsó el letrado Miguel Ángel Rodríguez Arias, abogado de la asociación que preside Daniel Portero- que instó a España a esclarecer los 379 asesinatos de ETA todavía sin resolver y a investigarlos como crímenes de lesa humanidad (que no prescriben). Los populares, recuerda la defensa del exdirigente etarra, hacía especial hincapié en la recomendación “realizada por dicha institución al estado español de que la verdad, la memoria y la paz deban acompañar a la Justicia”.

Pero, subraya, este informe “no tiene ninguna fuerza normativa o eficacia en el ámbito jurídico” y no representa “ni tan siquiera la opinión del Parlamento Europeo” pues “se trata simplemente de la opinión de la Comisión de Peticiones”.

“Verdad, memoria y paz son, sin duda, valores supremos de un estado democrático que han de guiar la actuación de los estados”, admite la defensa de “Mikel Antza”, que no obstante matiza que “por encima incluso de ellos está el sometimiento de los poderes públicos al ordenamiento jurídico, al Derecho y a la Constitución”.

Y es que, recalca, al archivar la causa respecto a Gracia Arregui el juez García Castellón se limitó “a aplicar la legalidad vigente, sin que frente a ello tenga virtualidad alguna un “informe de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo”, puesto que la prescripción “es clara” al haberse superado “con creces” el plazo de veinte años que contempla el Código Penal a partir del cual no pueden perseguirse posibles actuaciones delictivas.

“No es posible” investigarle

El Partido Popular, señala, “no pone en cuestión ni discute el paso de este lapso de tiempo que permite apreciar la prescripción, como bien hace el juzgado” respecto a “Iñaki de Rentería”, sino que lo que pretende es que, “con independencia de ello, se mantenga la imputación en su contra”, algo que en su opinión “no es posible”.

Para la letrada, pedir al instructor que continúe con la imputación y con el procedimiento contra Gracia Arregui en estos términos “es pedirle que actúe con plena consciencia” contra el principio de legalidad, el de seguridad jurídica y el derecho del exjefe de ETA “a un proceso con todas las garantías”.

Según exponía García Castellón en su resolución, en el informe remitido por la Guardia Civil “aparecen indicios de la participación” de los exmiembros del comité ejecutivo de ETA (tras la querella contra nueve de ellos por parte de DyJ) en el secuestro y asesinato del concejal del PP en Ermua. Para el magistrado, los autores materiales -Javier García Gaztelu, “Txapote”, Irantzu Gallastegui y José Luis Gueresta, ya condenados por estos hechos- “cometieron la acción terrorista siguiendo las instrucciones recibidas por la dirección de ETA”.

Según su criterio, “Kantauri”, “Mikel Antza” y Soledad Iparraguirre “pudieron haber evitado su asesinato” al ejercer “suficiente capacidad de mando y de decisión sobre la actividad terrorista de la organización”. La decisión de secuestrar y asesinar al edil del PP, añadía el juez, “no fue tomada por un miembro concreto o aislado del comité ejecutivo de ETA, sino que requirió del consenso y la toma de una decisión, adoptada de forma colegiada, por todos los integrantes de la dirección”, pues “el alcance, la repercusión y las consecuencias” de esa acción terrorista “así lo requería”.