Fuerzas de Seguridad

El jefe de Personal de la Policía tendrá que pagar una multa de 1.000 euros cada 15 días

Los tribunales le obligan a abonar la indemnización a un agente por exceso de horas de trabajo y, si no lo cumple, actuarán penalmente contra él

Coche patrulla de la Policía Nacional de León
Coche patrulla de la Policía Nacional de LeónPolicía NacionalPOLICÍA NACIONAL DE VALLADOLID

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha emitido un auto en el que ha ordenado imponer una multa coercitiva de 1.000 euros al jefe de la División de Personal de la Policía Nacional por cada periodo de quince días que retrase el pago de una indemnización por exceso horario a un agente destinado en Las Palmas.

De esta manera, el TSJ ha atendido las peticiones de los servicios jurídicos de la Confederación Española de Policía (CEP) que denunciaron los constantes retrasos y dilaciones de la División de Personal para pagar a un policía 938,44 euros debido al exceso horario en el que había incurrido y que quedó acreditado y confirmado mediante la correspondiente resolución judicial favorable.

Pese a haberlo ordenado la Sala el 9 de septiembre de 2021, la División de Personal ha retrasado el pago de esa indemnización durante meses y finalmente materializó un único desembolso, de 519,44 euros, que no alcanzó la cifra total que se le debía al policía por exceder su jornada laboral.

Esta resistencia a ejecutar las resoluciones judiciales ha provocado que el TSJ emita un duro auto ordenando imponer esa multa al comisario principal que gestiona la División de Personal, de tal forma que deberá pagar 1.000 euros por cada periodo de quince días en el que siga negándose a ejecutar la indemnización al policía.

En este sentido, el TSJ de Canarias califica el comportamiento de la Administración como “un ejemplo paradigmático de pasividad estatal”. Pero va más allá y amaga con tomar medidas en el orden penal contra el citado mando de Policía Nacional. Así, la Sala ha ordenado que se notifique personalmente a este comisario principal el auto y que lo haga el Juzgado de Madrid que por turno le corresponda, avisándole que debe hacer efectivo el pago al agente “en el improrrogable plazo de diez días”.

De no cumplir esta orden judicial, concluye, se remitirá testimonio al Ministerio Fiscal “por si los hechos fueran constitutivos de un delito de desobediencia grave”.

CEP viene ha denunciado desde hace tiempo que la sistemática negativa de la División de Personal a reducir la litigiosidad en las reclamaciones de los policías ha terminado por generar un atasco cuya dimensión está afectando a cientos de agentes -si no miles, puesto que existe una absoluta opacidad en la información sobre este grave problema burocrático- que ven cómo, pese a haber recibido el respaldo de órganos judiciales en sus reclamaciones sobre todo tipo de materias (excesos horarios, cobro de turnicidad, pago de vestuario de paisano, indemnización a cargo de la DGP por una agresión cuando el autor se declara insolvente, etc.), se va retrasando sine die el desembolso del dinero que les corresponde aún habiendo constantes requerimientos para la ejecución de sentencias.