Tribunales

El expresidente del Barça Sandro Rosell, absuelto de fraude fiscal

La Fiscalía pedía para él dos años y nueve meses de prisión, pero un juzgado de Barcelona no ve pruebas suficientes de que usara una empresa fantasma para facturar sus servicios profesionales

Sandro Rosell acude a los juzgados de Barcelona el pasado septiembre acompañado de su abogado para declarar en el juicio
Sandro Rosell acude a los juzgados de Barcelona el pasado septiembre acompañado de su abogado para declarar en el juicioDavid ZorrakinoEuropa Press

Sandro Rosell ha sido absuelto de fraude fiscal, un delito por el que la Fiscalía pedía para él una condena de dos años y nueve meses de prisión por defraudar supuestamente a Hacienda en 2012 230.591 euros. Así lo ha decidido el Juzgado de lo Penal número 3 de Barcelona en una resolución en la que concluye que no hay pruebas suficientes para condenar al expresidente del Fútbol Club Barcelona. La sentencia es recurrible ante la Audiencia Provincial de la ciudad condal.

La Fiscalía mantenía en su escrito de acusación que Rosell -a quien solo le resta afrontar el juicio por el fichaje de Neymar- utilizó una sociedad que él mismo administraba, True Oasis Cotagge (TOC), para facturar sus servicios profesionales (beneficiándose al tributar a través del Impuesto de Sociedades sorteando el IRPF), por lo que además de la pena de cárcel solicitaba que se le impusiera una multa de 300.000 euros y la prohibición de beneficiarse de subvenciones.

El exmandatario culé, defendido por el letrado Pau Molins, ya devolvió a la Agencia Tributaria la cuota defraudada más los correspondientes intereses, 287.011 euros en total, por lo que la Fiscalía pidió que, en caso de ser condenado, se le aplicase la atenuante de reparación del daño.

Descarta que fuese una empresa ficticia

Para la Fiscalía, la sociedad que utilizaba Rosell era una empresa ficticia creada para facturar sus servicios personales de consultoría, asesoramiento e intermediación por lo que se trataba de un mero instrumento para defraudar a Hacienda.

Pero la sentencia hace hincapié en que “para apreciar la existencia de un negocio simulado debe probarse suficientemente la simulación” y la “finalidad de ocultación” a la Agencia Tributaria.

La magistrada Teresa Ruano, titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Barcelona, deja claro que es posible que una persona facture sus servicios a través de una sociedad, siempre que ésta tenga “una participación en la prestación del servicio”. Pero, en todo caso, matiza, eso no abre la puerta que se utilice para “amparar prácticas tendentes a reducir de manera ilícita la carga fiscal” mediante la utilización de una sociedad meramente instrumental.

Reproche a Hacienda

Para la magistrada, “no se ha acreditado que la actividad aportada” por Rosell a la sociedad TOC de consultoría y asesoría “no fuera suficiente para el desarrollo de la actividad”. Según su criterio, tras las pruebas practicadas en el juicio queda “fuera de toda duda” la vinculación entre TOC y Rosell, por lo que correspondía a Hacienda “aplicar la compleja normativa” sobre las operaciones que llevó a cabo el expresidente culé a través de la misma “a fin de fijar a valor de mercado la posible retribución que por sus servicios debe cuantificarse que percibía” de la sociedad. Esta actuación, constata, “no se produjo”, pues la Agencia Tributaria no aplicó esa normativa.

Y de haberlo hecho, puntualiza, el caso “nunca habría llegado a la jurisdicción penal, con independencia de la cuantía a regularizar”.

El fallo concluye que dado que TOC es una empresa “válidamente constituida” y con un único socio administrador, el propio Rosell, quien “por su conocimiento en el ámbito de la consultoría y de la asesoría es reclamado por otros profesionales”, como se acreditó en el juicio con la declaración de los empresarios que le contrataron, “se puede decir que aporta los medios personales que son primordiales en este tipo de actividades, que además son suficientes para llevar a término la actividad propia de la sociedad”. Razón por la que, considera la magistrada, “no puede existir la simulación”.

El juicio por el fichaje de Neymar, pendiente

Rosell estuvo 645 días en prisión provisional investigado por blanqueo y organización criminal, aunque posteriormente fue absuelto por la Audiencia Nacional del supuesto blanqueo de 20 millones de euros procedentes de derechos televisivos de la selección brasileña de fútbol. Ahora, tendrá que sortear los cinco años de prisión que le reclama la Fiscalía, que le imputa delitos de corrupción entre particulares y estafa a inversores, por las presuntas irregularidades en el fichaje de Neymar. El juicio comenzará el próximo 17 de octubre.

El expresidente del Fútbol Club Barcelona también esquivó el banquillo, en mayo del pasado año, por el supuesto espionaje denunciado por Mediapro y su presidente, Jaume Roures, quien le responsabilizaba de haber tenido acceso a información reservada o personal de su correo electrónico. Pero la Audiencia de Barcelona archivó la causa respecto al empresario y al propio club.