Ley del "solo sí es sí"
La Audiencia de Navarra aligera la condena a un violador de un niño de 10 años
El hombre agredió sexualmente al hijo de una amiga en su domicilio dos días consecutivos. Los magistrados consideran que la nueva ley del “solo sí es sí” es más favorable y acortan la pena en seis meses
Las rebajas por la ley del “solo sí es sí” siguen sucediéndose a inicios de este nuevo año, cuando se cumplen tres meses de la modificación del Código Penal ideada por el Ministerio de Igualdad. La Audiencia de Navarra ha hecho público este martes una nueva resolución en la que aligeran la condena a un hombre que violó a un niño de 10 años. Los magistrados creen que el castigo tendría que haber sido de diez años de prisión, pero la dejan en 9 y 6 meses al considerar que la modificación legal actual le es más favorable.
El acusado es un hombre de 36 años que convivió con su hermano entre 2016 y 2018 en una vivienda de Pamplona. Tenía buena relación con una amiga de éste y uno de los días se quedó a cargo del hijo de la mujer. Lo llevó a su casa y, según indican los hechos probados, allí se produjo una agresión sexual. El acusado le dijo que no contara nada a su madre de lo sucedido y al día siguiente “volvió a perpetrar otra violación también en su domicilio”, indica la nota publicada por el tribunal. El pequeño padece como consecuencia irritabilidad, actitud y conductas evitativas y sentimientos de culpabilidad, vergüenza y rabia.
El juicio se celebró el pasado 20 de diciembre y la Fiscalía pedía para el hombre 10 años de prisión, mientras que la acusación particular solicitó 27. La Sección Primera de la Audiencia de Navarra explica que antes de la entrada en vigor de la ley del “solo sí es sí” la pena que cabía imponerle oscilaba entre los ocho y los 12 años de cárcel, y añadiendo la gravedad de ser un delito continuado iría de los 10 a los 12. Por eso, afirman que habrían impuesto 10, en la cota alta de la pena.
Sin embargo, según desgranan sobre la aplicación de la normativa de Igualdad que los delitos están penados entre seis y 12 años, es decir la pena mínima está más abajo (en seis en lugar de en ocho). Consideran que es “más favorable” al acusado así que los magistrados se ven obligados a imponer una pena inferior. El hombre fue detenido el 11 de febrero de 2022 y, aunque fue puesto en libertad al día siguiente, regresó a la cárcel de forma provisional el 11 de abril. El encausado deberá indemnizar con 50.000 euros a la víctima.
Navarra acordó no rebajar penas
El pasado 28 de noviembre, en plena polémica por la rebaja de penas a violadores y pederastas en toda España, la Audiencia Provincial de Navarra se reunió para fijar un criterio unitario entre todos sus magistrados. Su dictamen fue distinto al de la mayoría de tribunales y decidió “que no rebajará las condenas” cuando las penas anteriores estuvieran dentro de la horquilla del nuevo marco legal.
Sin embargo, en la comunicación que emitieron posteriormente aclararon que la decisión estaba supeditada a lo que dijera el Tribunal Supremo. Hasta ese momento, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal no se había pronunciado, pero los magistrados que sientan jurisprudencia han emitido ya hasta tres sentencias en las que rebajan las penas a los condenados.
La decisión conocida este martes de la Audiencia de Navarra se trata de una nueva sentencia, no de revisiones de aquellas que ya sean firmes. Es relevante lo que este órgano provincial haga en este sentido porque es allí donde uno de los condenados por la violación de La Manada ha pedido que se le rebaje su pena.
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