Tribunales

El Supremo consolida las rebajas por el “solo sí es sí” y ya van 137 casos en toda España

La Sala de lo Penal publica la cuarta sentencia con reducción de penas y marca la línea a seguir por el resto de tribunales

La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante la sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, a 22 de diciembre de 2022, en Madrid (España)
La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante la sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, a 22 de diciembre de 2022, en Madrid (España)Ricardo RubioEuropa Press

El Tribunal Supremo marca el paso con las rebajas de penas por la ley del «solo sí es sí» y confirma, con la publicación de su cuarta sentencia sobre agresores sexuales, que las reducciones de condena no solo son posibles, sino obligatorias en los casos en los que la nueva normativa beneficie al reo. Con la reducción de tres años que ayer hizo pública la Sala de lo Penal del Alto Tribunal ya son 137 casos en toda España de condenados que se han beneficiado de la norma estrella del Ministerio de Igualdad.

La sentencia del Supremo se refiere a un hombre que comenzó a mensajearse con un niño de 14 años, a sabiendas de que era menor, a través de Whatsapp e Instagram. «Con ánimo de satisfacer sus deseos libinidosos», dicen los hechos probados, pidió al niño que le mandara fotografías y vídeos en los que «exhibiera su pene o estuviera masturbándose, a cambio de una remuneración económica». El chico accedió y casi a diario pactaba con el abusador el precio de las imágenes que iba a enviarle. La cosa fue a más y meses después mantuvieron relaciones sexuales a cambio de dinero. «A consecuencia de estos hechos el menor ha sufrido alteraciones en su vida diaria que han precisado apoyo psicológico y psiquiátrico», detallan los jueces.

En la memoria del teléfono móvil del acusado se localizaron numerosos archivos de contenido pornográfico infantil y «dibujos realistas de menores de edad desnudos o en bañador centrándose en las partes genitales y realizando actos sexuales explícitos».

Por todo ello, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña le impuso una condena de 21 años y 11 meses de prisión por un delito continuado de corrupción a menores, otro continuado de abusos sexuales y uno más de elaboración de pornografía infantil. Además, a esto se le sumó otra condena de 11 meses de prisión por un delito intentado de elaboración de pornografía infantil en relación con otro menor y uno de tenencia de ese material ilícito.

La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Miguel Colmenero, explica que se rebajan la pena por dos motivos: porque hay delitos que entran en concurso (es decir que se solapan unos con otros y, por tanto, debe aligerarse alguno de ellos) y porque la entrada en vigor de la ley del «solo sí es sí» es más favorable en este caso.

Por el abuso continuado de abuso sexual en concurso con el de corrupción de menores en la redacción del Código Penal anterior las penas estaban comprendidas entre los ocho y los 12 años de prisión, mientras que en la actualidad las penas se fijan entre seis y 12. De esta forma, al rebajarse el suelo, dice el Tribunal, «es claro que al ser menor la cifra del límite inferior, la nueva previsión legal ha de considerarse más favorable».

Con este cuarto caso que trasciende de los muros del órgano que marca jurisprudencia para toda España, es claro el criterio que los jueces están siguiendo. La primera pincelada se dio en el mes de noviembre con la violación del «caso Arandina», cuyos condenados vieron cómo se restaba un año de su pena de diez gracias a la ley de Igualdad. Pero el trazo se ha hecho cada vez más gruesos con otras rebajas posteriores y fuentes de la Sala confirman que esta será la tendencia que se siga.

Mientras tanto, las Comunidades Autónomas continúan con las revisiones de castigos tanto en sentencias firmes como en nuevos juicios. También ayer la Audiencia Provincial de Zaragoza redujo en tres años y nueve meses la condena a un hombre por agresión sexual. Los hechos sucedieron en agosto de 2020, cuando el agresor violó y propinó una brutal paliza a la víctima, dejándola abandona en un descampado del barrio de Valdespartera. El tribunal le impuso catorce años de prisión por un delito de agresión sexual y otro de lesiones, aunque aplicó las atenuantes de trastorno mental. Ahora, la Audiencia de Zaragoza le reduce la condena en tres años y nueve meses.

Solo en las últimas 48 horas se han producido cuatro rebajas a violadores y pederastas. Además de la del Supremo y la de Zaragoza, se ha conocido una más del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y dos en la Audiencia Provincial de Vizcaya. En este último caso, los jueces rebajaron un año la condena a un hombre que violó a una menor de 16 y pasa de los cuatro años a los dos entre rejas. Por su parte, el órgano Superior de Galicia ha dejado en nueve años los diez que la Audiencia Provincial de A Coruña había impuesto a un taxista que agredió sexualmente en Santiago a una clienta de 19 años tras desviarse de la ruta inicial y aprovecharse de que la víctima se había quedado dormida. La ampliación de la horquilla penal de la ley del «solo sí es sí» permite que los mínimos resten años de prisión en múltiples supuestos de agresiones sexuales.