Pagos pendientes
"Los abogados de oficio no son esclavos": el ICAM exige a Bolaños que abone la defensa de las personas jurídicas
La abogacía de Madrid le aclara al ministro que han ejercido la representación por requerimiento judicial
"Los abogados de oficio no pueden trabajar como esclavos". Con esta frase el decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Eugenio Ribón, ha exigido al ministro de Justicia, Félix Bolaños, que dé una solución al grave problema que enfrentan los letrados de oficio designados por requerimiento judicial para la defensa de personas jurídicas en procedimientos penales. Hasta el momento, no se les han retribuidos sus servicios en los casos en que han tenido que representar a empresas y otras organizaciones.
Ribón se ha vuelto a dirigir al ministerio "para exigir una solución urgente para lo que puede ser un colapso inmediato de la Administración de Justicia" y ha advertido que "la abogacía de oficio no trabajará gratis". El ICAM ha enviado una carta a Bolaños en la que le recuerda que en 2010 se introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas en España, que quedó refrendada tras la reforma del Código Penal de 2015. A pesar de ello, el Ministerio de Justicia se niega sistemáticamente a pagar las actuaciones realizadas por estos profesionales, argumentando que las personas jurídicas no están cubiertas por la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita.
Sin embargo, los letrados de oficio han ejercido la defensa de personas jurídicas porque previamente ha habido un requerimiento judicial. Para el Colegio de Madrid “es incuestionable" que los letrados designados de oficio tienen derecho "por simples razones de dignidad profesional" a ser retribuidos "por su trabajo, dedicación y esfuerzo”, subraya la misiva.
Los profesionales de la abogacía, explica Ribón, se ofrecen voluntariamente para figurar en los listados del turno de oficio con la expectativa de recibir compensación conforme a la ley, por lo que es injusto obligarlos a actuar como profesionales "pro bono" en contra de su voluntad. Esta situación, señala, “lacera la seguridad jurídica derivada de la legítima expectativa de indemnización por los servicios prestados” y supone “un manifiesto abuso del derecho del propio sistema”.
Desde el ICAM no comprenden la "pasividad ministerial en abordar la solución a un problema latente desde 2019”. En este sentido, asegura que esta actitud contrasta con la conducta de la Comunidad de Madrid que, a través de un convenio suscrito con el Consejo de Colegios de Abogados de la región, ha asumido el pago de los servicios de los abogados de oficio designados a requerimiento judicial para la defensa de personas jurídicas.
“La afrenta a la dignidad profesional de los abogados y abogadas de oficio, al obligarles a desempeñar la profesión sin compensación alguna, no puede continuar al amparo de una laguna legal, por cuanto corresponde al Estado legislar conforme a las realidades sociales de cada momento”, concluye Ribón, instando al Ministerio a encontrar una solución urgente por la vía convencional, a modo “transitorio”, o la legislativa, “como solución obligada para cohesionar el sistema procesal”.
El decano recordó que recientemente, las Salas de Gobierno del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional apremiaron al Ministerio de Justicia a emprender las medidas necesarias para solventar las disfunciones de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, que según el Colegio madrileño debe ser reformada para que se regule de forma expresa que los servicios del turno de oficio deben ser abonados.
El ICAM también exige que se contemplen expresamente los "habeas corpus", la vía previa en la jurisdicción social o las prestaciones necesarias para que el beneficiario de justicia gratuita que lo desee pueda acogerse a la ley de segunda oportunidad. Asimismo, defiende que las ejecuciones, sea cual sea el momento en que se inicien, deberían incluirse como una actuación diferenciada del procedimiento principal, es decir, se deberían abonar aparte.
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