Elecciones autonómicas
Aguirre sabrá la semana que arranca la campaña si se sienta en el banquillo
Fuentes jurídicas señalan que podría ser juzgada por una falta de desobediencia
La presidenta del Partido Popular de Madrid y candidata a la alcaldía, Esperanza Aguirre, tendrá que esperar hasta la próxima semana, previsiblemente el martes, para conocer si se tendrá que sentar en el banquillo por el incidente de tráfico que protagonizó el 3 de abril del pasado año en la madrileña Gran Vía, al dejar su vehículo particular en un carril bus y abandonar el lugar, supuestamente, sin recibir la correspondiente autorización de los agentes de movilidad que procedían a sancionarla. Los magistrados de la sección sexta de la Audiencia Provincial de Madrid deliberaron ayer sobre los recursos interpuestos por el fiscal y por el agente que aseguró haber resultado lesionado contra la decisión del instructor de la causa, Carlos Valle, quien acordó el sobreseimiento de la misma al apreciar que no había delito alguno. El Ministerio Público sostiene que Aguirre debería ser juzgada por una falta de desobediencia leve, que es la única sanción que lleva aparejada una multa, mientras que el agente entiende que debe responder por un delito de desobediencia, o subsidiariamente, por una falta.
En un principio, el instructor acordó iniciar el procedimiento por la posible comisión de una falta de desobediencia, en la misma tesis de la Fiscalía. Sin embargo, en septiembre de 2014, la propia sección sexta, en concreto uno de sus magistrados, Julián Abad Crespo, revocó esa decisión y ordenó que se instruyera el procedimiento por delito de desobediencia.
El juez Carlos Valle, tras practicar las diligencias oportunas, decretó el sobreseimiento del mismo por entender que no se había acreditado ni la desobediencia ni las «lesiones denunciadas» por el agente.
Ahora serán tres magistrados los que decidan si avalan esa tesis del instructor, o, por el contrario, estiman algunos de los recursos interpuestos. La duda jurídica que se plantea es si se puede acordar que Aguirre sea juzgada por falta, como pide el fiscal, cuando la propia Audiencia ordenó que se instruyera por delito; o si, por el contrario, la Sala deberá optar entre una de estas dos posibilidades: confirmar el archivo o pedir que se juzgue a Aguirre por delito, con independencia de que posteriormente el fiscal sólo solicite la imposición de una multa por falta de desobediencia. Sin embargo, según confirmaron fuentes jurídicas a este periódico, «todo indica que la resolución del juez será revocada y, por tanto, será juzgada y previsiblemente por falta».
Otras de las cuestiones que debe resolver la Sala es si mantiene o no la personación del agente de movilidad como acusación particular. La Fiscalía, en su recurso, pediá que se le «expulsara» del procedimiento, toda vez que no habiá quedado acreditado que sufriera lesión alguna cuando Esperanza Aguirre abandonó el lugar donde ocurrió el incidente. El informe del médico forense era bastante significativo al respecto: «No constan signos objetivos de lesión», afirmaba el facultativo tras el pertinente reconocimiento.
Los hechos se remontan al 3 de abril del pasado año 2014, cuando, sobre las 16:00 horas, Esperanza Aguirre paró su vehículo en un carril bus cercano a la madrileña Plaza de Callao para sacar dinero en un cajero automático cercano. Después de ser requerida por los agentes de movilidad que se personaron inmediatamente, la presidenta abandonó el lugar, supuestamente golpeando una de las motos de los agentes, que la siguieron hasta su domicilio asegurando que se había dado a la fuga y que había lesionado a uno de ellos.
La candidata a la alcaldía de Madrid arrancará el viernes día 8 la campaña para las elecciones municipales y autonómicas del próximo 24 de mayo. Sólo tres días antes conocerá la resolución judicial.
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