Amenazas

Un año de cárcel por agredir a dos guardias civiles en Baena: "Sé dónde vivís. Os voy a matar, hijos de puta"

El abogado de los agentes señala que el acusado es reincidente y ya había sido condenado por hechos similares en 2017 y 2021

Una patrulla de la Guardia Civil en Baena, Córdoba
Una patrulla de la Guardia Civil en Baena, CórdobaGuardia Civil

El pasado 19 de marzo dos guardias civiles acudieron a la llamada del propietario de un bar de Baena, que advertía de la presencia de un hombre "agresivo" que amenazaba a las personas que estaban en el local. Una vez allí, el hombre intentó agredir a los agentes que procedieron a su detención. Pero la historia no cesó ahí, ya que durante su traslado a las dependencias policiales no cesó de amenazarles: "Sé dónde vivís. Os tengo que matar a vosotros y a vuestras mujeres, hijos de puta".

Ahora, el Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba ha condenado a este vecino como autor de un delito de atentado y dos leves de lesiones, por lo que le ha condenado a un año de prisión y a indemnizar a los guardias civiles por las lesiones provocadas.

Según el relato de los hechos facilitado por la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC), que se han encargado de la defensa de los agentes de Baena, en Córdoba, "cuando los agentes se personaron en el bar, el acusado se violentó y se dirigió hacia ellos con intención de agredirles, forcejeando con los agentes que procedieron a su detención hasta hacerlos caer al suelo". Así consta en la sentencia, en la que también se narra cómo durante el traslado a las dependencias policiales, "el acusado les profirió, con ánimo de amedrentarlos, las siguientes expresiones: Sé donde vivís, os tengo que matar a vosotros y a vuestras mujeres, hijos de puta".

Un agresor reincidente

Una vez dentro del calabozo, las amenazas continuaron. Según narran desde la AUGC, el detenido escupió a uno de los agentes y le dijo con tono amenazante: "Cabrón, hijo de puta, me cago en tu puta madre, te tengo que hacer daño, te vas a enterar cuando salga de aquí y te coja".

El abogado de los dos guardias civiles, Álvaro Moreno, informó de que "a pesar de que el acusado es reincidente en el delito de atentado, porque ya había sido condenado anteriormente en 2017 y 2021 por hechos similares en juzgados de Córdoba y Manresa, los agentes agredidos han mostrado su cooperación para la suspensión de la condena". El objetivo de ambos agentes es que pueda rehabilitarse de su adicción mediante el ingreso en centro especializado. Por otra parte, Moreno hace hincapié en que "las agresiones a guardias civiles son demasiado habituales en nuestra provincia, y Baena es una de las localidades en las que más casos de este tipo se producen”.

Desde la AUGC insisten en que "deben agravarse las penas por agresiones a guardias civiles y reforzarse la protección jurídica". Asimismo, urgen a Interior a dotar a los agentes de material de defensa y protección como chalecos balísticos ergonómicos y de uso individualizado y pistolas táser. A su juicio, la situación en la calle evoluciona continuamente a peor y "los agentes se convierten en blanco de los delincuentes, que saben lo barato que les sale agredirles, con penas irrisorias e indemnizaciones que en la mayoría de los casos no se pagan al declararse insolventes los agresores".

¿Cuál es la pena por agredir a un agente?

El artículo 550 de nuestro Código Penal castiga con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses los atentados contra la autoridad. Sin embargo, desde los sindicatos policiales y las asociaciones de la Guardia Civil apuntan que estas condenas suelen reducirse a una mera “falta”, por lo que una agresión a un agente normalmente se salda con una “multa de 50 euros” en un juzgado. Y es precisamente esa “sensación de impunidad” que tienen los agresores, lo que, a su juicio, provoca que aumenten las agresiones a los agentes. Por todo ello, hacen también un llamamiento a los jueces para que endurezcan las condenas.

Por otra parte, insisten en que la falta de efectivos es una lacra que el Ministerio del Interior, que dirige Fernando Grande-Marlaska, debe atajar.

Artículo 550 del Código Penal

1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas.

2. Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.

3. No obstante lo previsto en el apartado anterior, si la autoridad contra la que se atentare fuera miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones locales, del Consejo General del Poder Judicial, Magistrado del Tribunal Constitucional, juez, magistrado o miembro del Ministerio Fiscal, se impondrá la pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses.