Libertad de expresión

Apaleamiento del muñeco de Ferraz: los precedentes en los que los tribunales no vieron delito

El TEDH ya fijó en 2018 que la quema de fotos no puede considerarse discurso de odio, sino que encaja en la crítica política

El apaleamiento de un muñeco de Pedro Sánchez en la calle Ferraz por parte de los manifestantes que allí se congregaron a tomar las uvas no parece, a priori, encajar en un delito de incitación al odio. Y es que existen numerosos precedentes en los que los tribunales han vinculado este tipo de actuaciones con la libertad de expresión o la crítica política. Así ocurrió con la quema de fotos del Rey Juan Carlos I en 2008 o la de un muñeco del expresidente catalán Carles Puigdemont en 2019.

En estos casos, los tribunales descartaron un presunto delito de incitación al odio. Algunos expertos han aclarado a este periódico que solo es posible apreciar el delito de incitación al odio cuando la actuación se dirige a una minoría protegida en situación de vulnerabilidad, por ejemplo, cuando una persona pertenece a un grupo discriminado por motivos raciales, religiosos o de orientación sexual. Según fuentes jurídicas citadas por Europa Press, en este sentido, subrayan que el presidente del Gobierno no pertenece a estos grupos, sino a una institución del Estado.

Estas mismas fuentes señalan que más que al acto en sí, hay que poner el foco en si se realizaron menciones del tipo "así habría que hacer con él". Y es que el hecho de que se queme o golpee un muñeco puede ser considerado una crítica política, según la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), pero es muy distinto sumar frases que encajen en un presunto delito de provocación a la comisión de delitos. Habría, por tanto, que investigar a los actores concretos para determinar si se dieron conductas perseguibles desde el punto de vista penal, y no necesariamente a los organizadores de la manifestación.

Otro precedente es el del TEDH, que ya fijó en 2018 que quemar fotos no puede considerarse una manifestación de un discurso de odio, sino que se encaja en la libertad de expresión en los casos en los que se trate de una crítica política.

Estrasburgo se pronunció de esta manera al condenar a España a indemnizar a los jóvenes catalanes Jaume Roura Capellera y Enric Stern Taulats, quienes habían sido condenados por la Audiencia Nacional a 15 meses de prisión en 2008 por un delito de injurias a la Corona (una pena que fue sustituida por una multa de 2.700 euros) por quemar una foto de los Reyes tras una manifestación en Girona (Cataluña).

El TEDH consideró desproporcionada la pena al entender que los hechos se enmarcaban en el debate político y que instituciones como la Corona no están exentas de la crítica política. Según explicó entonces, la libertad de expresión solo excluye las conductas que propaguen, inciten o justifiquen el odio racial, la xenofobia, el antisemitismo u otras formas de odio basadas en la intolerancia.

Tras analizar aquel caso, el tribunal europeo concluyó que la intención de los condenados no era incitar a la comisión de actos de violencia contra la persona del Rey, sino un acto de expresión de "insatisfacción y protesta".

En 2019, un año después de que se pronunciara el TEDH, tuvo lugar en Coripe (Sevilla) una manifestación en el marco de la festividad local de la "Quema de Judas" en la que se quemó y fusiló un muñeco que representaba al expresidente catalán Carles Puigdemont. La Generalitat de Cataluña presentó una denuncia, pero la Fiscalía Provincial de Sevilla archivó las diligencias al considerar que los hechos no constituían un delito de incitación al odio ni una discriminación por motivos ideológicos.

En 2023, sin embargo, un juzgado de lo penal de Castellón sí vio delito en la actuación de un hombre que en 2020 colgó de un árbol un muñeco con la cara del líder de Vox, Santiago Abascal, que tenía manchas rojas simulando disparos. Aunque le absolvió del delito de incitación al odio, le condenó a ocho meses de prisión por un delito de amenazas. Contra esta decisión cabía recurso ante la Audiencia Provincial.

Desde el PSOE estudian "todas las vías legales" ante el apaleamiento del muñeco de Pedro Sánchez en la calle Ferraz. Según ha expresado Patxi López, estos actos se enmarcan "dentro de lo que es el delito de odio" y que la libertad de expresión, como cualquier libertad en democracia, "debe tener límites". Pero todavía no se ha presentado ninguna denuncia por estos hechos, cuyas imágenes se han difundido ampliamente en redes sociales.