Ministerio de Justicia

Otegi no puede ser candidato ni ejercer un cargo público hasta 2021

Arnaldo Otegi en una foto de archivo
Arnaldo Otegi en una foto de archivolarazon

Salvo que el Tribunal Supremo diga lo contrario, Arnaldo Otegi –que saldrá de prisión el próximo 28 de marzo– no podrá presentarse como candidato ni ejercer ningún cargo público hasta el 28 de febrero de 2021, cuando cumplirá los seis años y medio de inhabilitación especial a los que fue condenado en el «caso Bateragune» por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna.

La Audiencia Nacional ha rechazado –a instancias de la Fiscalía– el recurso de súplica que interpuso su defensa solicitando que no se aplicara esa pena dado que, se quejaba, la sentencia no especificó el empleo o cargo al que afectaba esa inhabilitación. La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal ignora los argumentos del ex portavoz de Batasuna y le recuerda que, a lo largo de todo el proceso de ejecución de la condena, no ha recurrido ninguna resolución hasta que sus abogados presentaron dicho recurso el pasado diciembre.

La defensa del ex dirigente abertzale insistía en su recurso en que no podía aplicarse a Otegi la pena de inhabilitación al «no existir resolución judicial firme que lo justifique» y hacía referencia a dos autos de junio y julio de 2015 del Tribunal Supremo sobre la necesidad de especificar en la sentencia «los empleos, cargos u honores sobre los que recae la inhabilitación». Esa «inconcreción», que el líder abertzale considera «requisito legal imprescindible», «impide», recalca su letrado, que el fallo adoptado en la sentencia firme dictada «pueda ser llevado a efecto», ya que, según su criterio, «no caben interpretaciones extensivas o analógicas que generan inseguridad y vulneran el principio de legalidad».

«Sin mediar oposición alguna»

El tribunal –presidido por la magistrada Ángela Murillo– confirma la resolución cuestionada y recuerda que Otegi no recurrió ni el auto de mayo de 2012 que acordó el carácter firme de la sentencia ni la providencia de enero de 2013 en la que se ordenó la liquidación de la pena de inhabilitación especial que le impide tanto ser candidato como ejercer cualquier cargo público durante seis años y medio.

La Sala asegura que la defensa de Otegi «ha gozado en todo momento de la información sobre las distintas resoluciones» adoptadas en ese proceso «sin mediar oposición alguna» en el año y cuatro meses que lleva el ex dirigente batasuno cumpliendo la pena.

Al igual que la Fiscalía, que entiende que la liquidación de condena «es firme y no cabe recurso contra la misma», la Audiencia Nacional desestima el recurso y ratifica la resolución recurrida. Ahora es el Tribunal Supremo el que tiene la última palabra pues la defensa de Otegi dispone de cinco días para recurrir el casación ante el Alto Tribunal.

La Audiencia Nacional condenó en 2011 a diez años de prisión al líder abertzale como dirigente de ETA por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través de Bateragune, una condena que después rebajó el Supremo, al no considerarle dirigente de la organización terrorista, a seis años de prisión y otros tantos de inhabilitación especial para ejercer el derecho de sufragio pasivo y para el desempeño de cargo público.