Competencias

Cataluña arrebata a la Guardia Civil la seguridad marítima de la Copa del América de 2024

La competición se celebrará en aguas de Barcelona y la Junta de Seguridad ha dado todas las competencias a la Policía autonómica, incluida las nauticas

El catamarán del Alinghi suizo (d) y el trimarán del BMW-Oracle estadounidense (i) al inicio de la primera regata de la 33ª edición de la Copa del América que se disputó en aguas de Valencia
Un catamarán de los que participan en la Copa del AméricaJuan Carlos CárdenasAgencia EFE

Los Mossos d'Esquadra serán los únicos responsables de la seguridad dela Copa América de Vela, que se celebrará en Barcelona entre los meses de agosto y octubre de 2024, incluido lo que se refiere a las aguas en las que se disputará la competición, que son de competencia exclusiva del Estado, en concreto, en este caso, del Servicio Marítimo de la Guardia Civil.

El anuncio de la atribución a los Mossos de la seguridad integral lo ha realizado el conseller de Interior, Joan Ignasi Elena, durante la Junta de Seguridad de Barcelona celebrada en el Ayuntamiento con la presencia de la alcaldesa Ada Colau y los responsables policiales de los Mossosd'Esquadra, la Guardia Urbana de Barcelona, Policía Nacional y Guardia Civil, entre otras representaciones.

Desde AUGC, se anuncia la adopción de mediodas a cargo de sus servicios jurídicos y se pide una explicación pública al ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, según ha manifestado a LA RAZÓN el portavoz de este sindicato, Pedro Carmona.

Llama la atención esta decisión sobre todo después de conocer la respuesta que el Gobierno ha dado a una pregunta parlamentaria formulada por Vox sobre el despliegue del Servicio Marítimo de la Benemérita en Cataluña, en la que entre otras ciosas, se dice lo siguiente:

--La distribución de competencias en materia de seguridad marítima debe ser contemplada a la luz del artículo 149.1. 29ª de la Constitución, según el cual el Estado tiene competencia exclusiva en materia de seguridad pública, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas en la forma que se establezca en los respectivos Estatutos en el marco de lo que disponga una Ley Orgánica. En su virtud, el artículo 11.2.b) y la Disposición Adicional tercera de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, disponen que la misión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana será ejercida por la Guardia Civil en el mar territorial, cuya extensión será determinada por el Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministerios de Defensa eInterior.

--Consecuentemente, el mar territorial no se engloba en el ámbito competencial de las Policías de las Comunidades Autónomas según los artículos 38 y 39 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo.

Se añade que existe una salvedad en los casos de salvamento marítimo, pero es obvio que la Copa América no es el caso y que la protección, en lo que a seguridad marítima se refiere, corresponde a la Benemérita.