Congreso UNIE-LA RAZÓN

Un agente del CNI "no puede actuar sin autorización del juez"

En la segunda jornada del I Congreso Internacional UNIE subrayan el "marco legal de los servicios de inteligencia" y cual fue una de las operaciones más "brillantes"

Congreso Internacional Unie Universidad. © Jesús G. Feria.
Congreso Internacional Unie Universidad.© Jesús G. Feria.Jesus G. FeriaFotógrafos

La segunda jornada del I Congreso Internacional UNIE Universidad: "Nuevos retos jurídicos de la Defensa y la Seguridad" arrancó con una ponencia sobre el "marco legal de las labores de inteligencia"donde, los ponentes advirtieron de que ningún agente de los servicios de inteligencia actúa fuera del marco de la ley.

Lejos de la imagen de agente 007 traído en las películas o la leyenda con parte de romanticismo que hay de los espías, José Luis Quinta Cortes y José María Blanco Corredoira -ambos profesores de la UNIE y abogados- hicieron una radiografía de los servicios de inteligencia y su marco legal, el de un Centro que, durante décadas, en España se denominó como servicios de información. No será hasta 2002 cuando adopte el nombre de Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

Según explicó Blanco, los servicios de inteligencia se dedican a la recopilación y producción de información propia, contrainformación o contrapropaganda. En los años 40, en España, existía lo que se denominaba como "servicios información" y estaban, entonces, concentrados en el Alto Estado Mayor, el cerebro de los tres Ejércitos: Tierra, Aire y la Armada. Además, apuntó Blanco, el Ejército de Tierra contaba con una segunda sección en la que trabajó el comandante Gutiérrez Mellado y Muñoz Grandes sería uno de los que más tiempo estuvo en ese Alto Estado Mayor. En época de Adolfo Suárez se sustituyó ese Estado Mayor por un compendio de mandos que hoy se conoce como el JEMAD.

Quintana mostró durante su intervención dos de las comunicaciones que los "espías" remitían entonces a la inteligencia. En una de ellas se especificaba que un grupo de marineros había desertado, quedándose en Buenos Aires. "No por cuestiones políticas sino por ventajosas ofertas de empresas. Otros pidieron ser repatriados", rezaba la comunicación.

Para el profesor de UNIE y abogado destacó "la operación Lobo" como una de las "más brillantes" con la que se logró detener a dos jefes de ETA y más de cien terroristas. Sin embargo; indicó quela amnistía que se llevó a cabo "solo sirvió para dar más aire a ETA. Después de la amnistía se mató a 800 personas", recordó siendo la amnistía una medida de la que no solo se benefició la banda terrorista ETA, también otras como el GRAPO y que se acometió entonces "pensando en la pacificación del País Vasco", apuntó Blanco. Y es que, "El lobo", "consiguió hacer desaparecer a ETA". "Tuvo la posibilidad de envenenar y poner una bomba en Francia a toda la cúpula, pero no quisieron llegar tan lejos. El Estado tenía derrotada a ETA en 1995. Esta fue una de las operaciones más brillantes. Hay muchas otras, porque nuestros servicios de inteligencia estánreconocidos como uno de los mejores del mundo por nuestro carácter perseverante".

La ley y el CNI

José Luis Quintana habló del Régimen Jurídico del CNI donde subrayó que "los servicios nacionales de inteligencia están rodeados del misticismo del cine" pero una de las cosas que caracteriza los sistemas nacionales es su "sometimiento al Derecho"."No se permite que haya nada fuera de ese sometimiento en sus actuaciones", subrayó.

Explicó cómo el Centro de Inteligencia está controlado por el poder ejecutivo, legislativo y judicial. Y es que tienen controles antes de llevar a cabo una actuación y también después. "El actual Centro de Inteligencia se crea por Ley y está sometido por ley" de manera que, puntualizó "un agente del CNI no puede llevar a cabo ninguna actuación tipificada por el código penal como delito, porque podría ser enjuiciado".

Quintana recordó que también existe una comisión parlamentaria sobre los gastos reservados y lo que atañe al Centro donde su funcionamiento es secreto. "No se sabe el contenido ni sus deliberaciones, los diputados tienen derecho a conocer toda la información, salvo las fuentes". Sin embargo, existe una crítica al mismo ya que "si es secreto todo lo que ocurre en la comisión, se plantea si en algunos casos pudieran ser públicos".

Blanco advirtió de que, "tenemos el caballo de Troya metido dentro del Congreso” ya que en la Cámara Baja hay grupos políticos que "abiertamente trabajan por la destrucción de España" por lo que, "si el CNI está sometido al imperio de la Ley y los controles de la ley¿tiene o no que proporcionar toda la información de los enemigos de España?”, se preguntó. Como ejemplo recordó cuando el que fuera vicepresidente del Gobierno de Sánchez, Pablo Iglesias, "metió la cabeza en el CNI –la comisión de secretos oficiales en la que también están ahora los independentistas y EH Bildu-. El Estado, con todo eso, tiene la obligación de hacer algo que nos proteja y, desde mi punto de vista, no pueden facilitar toda la información que los diputados le soliciten".

En el ámbito operativo, siempre hay un control judicial. La ley 11/2002 de 6 de mayo reguladora del Centro Nacional de Inteligencia estableció que todas las actuaciones deben contar con la autorización de un magistrado del Tribunal Supremo. Será el director del CNI quien solicitará a este magistrado una autorización para intervenir un teléfono, o entrar en una propiedad, etc. "Un agente no puede hacerlo sin esa autorización, la que garantizará que se respetan los derechos mínimos", apuntó Quintana.

Uno de los problemas que se han venido planteando en la modificación de la ley de 1968 fue la de cómo se desclasifica la información. Actualmente sería mediante el acuerdo expreso de quien la clasificó o que se establezca un plazo por lo que el Gobierno, de manera periódica, podría revisar qué documentos desclasificar sin necesidad de una modificación legislativa.

Fuga de secretos

En el caso de una fuga de secretos del Centro de Inteligencia, ¿qué tipo de responsabilidades jurídicas se generaría? ¿Habría una responsabilidad civil o específica? Ante esto, Quintana apuntó que "existiría una responsabilidad penal y, en el ámbito laboral, también podría asumir un despido disciplinario". Sobre una responsabilidad civil asegura que "sería complicado determinar los daños que el delito genera ya que lograr probarlo tendría una dificultad grande. Pero tendría una responsabilidad subsidiaria y sería muy difícil a la Abogacía del Estado probar cuál es el daño que se habría producido al Estado".

Ciberseguridad

Congreso Internacional Unie Universidad. © Jesús G. Feria.
Congreso Internacional Unie Universidad. © Jesús G. Feria.Jesus G. FeriaFotógrafos

Ignacio Carrasco, Francisco Pérez Bes, Javier Modúbar y Antonio Gil debatieron sobre privacidad, seguridad y ciberseguridad. En un año en el que ha aumentado la ciberdelincuencia, explicaron la «responsabilidad» que tienen los órganos directivos en casos de ciberataques sobre todo si no implementaron las medidas adecuadas y apuntaron que se ha detectado que «el eslabón más débil» no es solo el usuario, sino «la cadena de suministro» y ello tiene relación con la legislación que entra en vigor y que debería estar ya traspuesta con forme a la de la UE.

Durante el Congreso también se advirtió de los peligros que puede suponer la Inteligencia Artificial y es que solo hay dos opciones: «O se prohíbe o se regula». También apuntaron cómo Israel buscó ser la potencia mundial en ciberseguridad implementando sus esfuerzos en las universidades, la empresa privada y la Defensa una pirámide que lograron que interactuar apara que convertirse en punteros de estas tecnologías.