Interior
Una discusión entre un guardia civil y un policía en una playa acaba en una falta grave
El guardia civil fue llamado a declarar en un tribunal militar, que terminó anulando su sanción porque estaba fuera de servicio
Las asociaciones de guardias civiles llevan desde hace años denunciando el "excesivo rigor disciplinario" al que se ven sometidos sus agentes. Este colectivo tiene que enfrentarse a un tribunal militar cuando tienen sanciones. La reciente anulación de dos faltas graves ha puesto de manifiesto el "uso arbitrario" del régimen, según ha puesto sobre la mesa la Asociación Unificada de Guardias Civiles de Alicante (AUGC).
En el primero de los hechos, AUGC reconoce que la actitud del agente habría podido ser "reprochable por su profesión" en caso de "haber resultado probado" pero ocurrió en el "ámbito de su vida privada y no profesional". Para entender este caso hay que remontar a junio de 2021 cuando el guardia civil tuvo un desencuentro con unos agentes de la Policía local de Alicante en una playa.
De esta forma, el funcionario fue acusado de faltar al respeto a los policías locales y de incumplir una ordenanza municipal, hechos por los que fue propuesto para sanción. El abogado Alberto Manuel Mollá defendió los intereses del guardia que había sido sancionado con la pérdida de cinco días de haberes y suspensión de funciones por una falta grave, consistente en "conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil".
Sin embargo, esta sanción fue recurrida y ganada en una sentencia de la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central. La decisión se fundamentó en la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, ya que los hechos denunciados no quedaron suficientemente acreditados en el expediente administrativo archivado por el Ayuntamiento de Alicante. Además, se considera que no existe prueba de cargo suficiente para justificar la sanción disciplinaria.
El segundo de los casos tiene como protagonista a otro agente que con una falta grave le fue impuesta la pérdida de siete días de haberes y suspensión de funciones por "omitir conscientemente una actuación a la que venga obligado por su función, destino o cargo". Este caso ocurrió en junio de 2024 cuando el guardia atendió a una mujer que acudió al acuartelamiento para presentar una denuncia contra su ex pareja.
Un caso de violencia de género
Tras la primera entrevista con ésta e identificar el hecho como un supuesto caso de violencia de género le indicó que permaneciera en la sala de espera con el fin de preparar los aplicativos para recoger la denuncia. El guardia se encontró con otro agente que realizaba servicio de atención al ciudadano y al comentarle la situación le indicó que él se haría cargo, continuando el expedientado con el servicio que tenía encomendado saliendo del acuartelamiento.
En este caso, la resolución sancionadora ha sido anulada al igual que la anterior, por vulnerar el derecho a la presunción de inocencia, dado que el instructor del expediente no llamó a declarar en ningún momento a la ciudadana que supuestamente se había quejado de la forma de actuar del agente y por tanto no se practicó prueba de cargo para el esclarecimiento de los hechos.
Para AUGC estos dos ejemplos pone de relieve que no hay "consecuencias para los promotores de expedientes en los cuales queda acreditado haber cometido ciertas irregularidades con el fin de lograr un castigo para los guardias civiles". De la misma forma, insisten en que los guardias civiles cuentan también con el principio de "presunción de inocencia".