Lucha contra ETA
El Congreso valida la enmienda para que los etarras no cobren el paro si no se arrepienten
El Pleno del Congreso ha validado este jueves la enmienda que el PP introdujo en el Senado a los Presupuestos Generales del Estado los condenados por terrorismo no reciban el subsidio por desempleo si no han mostrado arrepentimiento, pedido perdón a las víctimas y mostrado "signos claros e inequívocos"de desvinculación a la organización.
La iniciativa del PP ha recibido el único apoyo de Unión, Progreso y Democracia (UPyD) y de Unión del Pueblo Navarro (UPN) y ha sido rechazada por el PSOE, CiU y la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) y buena parte del Grupo Mixto. El PNV, por su parte, ha optado por la abstención.
El cambio supone modular el acceso al subsidio por desempleo teniendo en cuenta algunos factores como la conducta del sujeto durante el cumplimiento de su condena, su voluntad efectiva de reinsertarse o el arrepentimiento y el perdón a las víctimas en caso de terrorismo y crimen organizado.
Además, añade una nueva disposición transitoria a la Ley General de la Seguridad Social relativa a la percepción del subsidio por desempleo en el caso de presos que hayan cumplido su condena en la que aboga por una "revisión en profundidad"de la normativa "que permita cohesionar debidamente la asistencia social que se presta"con "la reparación justa y debida a las víctimas del delito y a la propia sociedad mediante la satisfacción previa de la responsabilidad civil del delito".
En concreto, se aboga por que esto se haga especialmente en el caso de delitos "particularmente graves"como en el caso del terrorismo y la criminalidad organizada. En este sentido, se considera que el perdón a las víctimas y la desvinculación "clara e inequívoca"con la organización criminal "son indicios claros e inequívocos de la voluntad de reinserción e integración en la sociedad".
La enmienda validada considera "injusto"el reconocimiento automático del subsidio por desempleo a los condenados por delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas, así como en el seno de una organización o grupo criminal, entre otros, "sin que previamente hayan satisfecho la responsabilidad civil derivada del delito a las víctimas".
En el caso concreto de terrorismo y organizaciones criminales, el cambio justifica además que sería necesario exigir la muestra de arrepentimiento, la petición de perdón a las víctimas y la muestra de signos "claros e inequívocos"de desvinculación a la organización. Introduce también en ciertos casos variables relacionadas con la buena conducta en prisión y la reparación de los daños materiales y morales.
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