Caso Nóos
El fiscal, a Castro: «No se puede imputar a nadie por lo que es»
Horrach señala que los últimos informes que se han incorporado a la causa, uno de la Agencia Tributaria y un atestado del Grupo de Delincuencia Económica de la Policía Nacional, corroboran esta conclusión.
La Fiscalía Anticorrupción ha ratificado al juez José Castro, instructor del «caso Nóos», la «inexistencia de indicios incriminatorios de los que pudiera derivarse la imputación de Doña Cristina», corroborando «íntegramente» su informe del pasado 14 de noviembre, en el que concluía que «no hay un solo elemento de prueba» que vincule a la Infanta «con actividades delictivas, propias o ajenas».
A instancias de Castro –que hace unos días preguntó a las partes que se pronunciaran sobre si procede o no citar como imputada a la hija del Rey–, el fiscal Pedro Horrach subraya que, desde su anterior dictamen, únicamente se han conocido un informe policial y otro de Hacienda –ambos sobre Aizoon, la sociedad que comparten al 50% Iñaki Urdangarín y su esposa–, que considera «irrelevantes desde el punto de vista penal», innecesarios y redundantes, lo que en su opinión únicamente ha provocado «una dilación no conveniente» en la investigación. Por este motivo, el representante del Ministerio Público recuerda que «es un principio básico del Derecho Penal que no se puede imputar ni castigar a nadie por lo que es, sino por lo que ha hecho». Una investigación penal, remata, debe dirigirse contra cualquier persona por su presunta participación en hechos delictivos, «y no por su condición».
La Fiscalía se refiere a un atestado del Grupo de Delincuencia Económica de la Policía sobre los gastos de Aizoon y a un informe de la Agencia Tributaria que precisa las cuotas íntegras del Impuesto de Sociedades de esta empresa entre los ejercicios 2007 y 2010. Para Horrach, ninguno de los dos era pertinente, pues «el carácter personal de los gastos de Aizoon estaba con anterioridad acreditado en la causa sin necesidad de mayores diligencias». Además, añade que justificar jurídicamente ese paso en la necesidad de indagar en las posibles responsabilidades penales de los duques de Palma individualmente al margen de la sociedad (lo que jurídicamente se conoce como «levantamiento del velo») no era necesario, pues esto ya se había producido en el informe de la Agencia Tributaria del pasado junio, fruto de dos años de investigaciones. En ese informe, Hacienda desvinculó a la Infanta de cualquier irregularidad fiscal, que los técnicos imputaron a Urdangarín al desgravarse a través de Aizoon en el IRPF de 2007 y 2008 sus ingresos como consejero de diversas empresas privadas.
En todo caso, el fiscal considera contradictorio defender, por un lado, el levantamiento del velo societario de Aizoon y, a continuación, «negarlo para afirmar la existencia de una sociedad que opera en el tráfico mercantil con objeto social, actividad e infraestructura propia».
Para Horrach, la consecuencia de esta actividad investigadora ha sido la de «desdibujar tanto los hechos delictivos como las personas responsables de los mismos por la proyección social y mediática originada». Incluso, el fiscal ironiza sobre algunos de los gastos facturados a través de Aizoon a afirmar que «el tipo, cuantía y color de los globos utilizados en las fiestas de aniversario» no han añadido «elementos relevantes desde el punto de vista penal».
Anticorrupción hace hincapié en que el juez Castro «ha desarrollado durante los últimos meses una intensa actividad investigadora centrada exclusivamente» en Aizoon «y en los gastos personales imputados por Doña Cristina» a dicha sociedad. Pero para el fiscal Horrach «resulta cuando menos llamativo» que esa exhaustiva investigación «no se haya extendido en los mismos términos e intensidad» a otras mercantiles de la supuesta trama –como Shiriaimasu, Virtual Strategy e Intuit Strategies Innovation Lab, en las que figura la imputada Ana María Tejeiro, esposa de Diego Torres, ex socio de Urdangarín– y a los «gastos personales» que ella imputó a estas empresas. El fiscal también echa de menos que, como ha sucedido con Aizoon, Castro no haya solicitado la liquidación del Impuesto de Sociedades de esas entidades. «En un Estado de Derecho –recalca– ante circunstancias idénticas la respuesta debe ser idéntica.
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