Bélgica

El Supremo cierra la vía a Puigdemont para ser eurodiputado

Carles Puigdemont viajó a Lovaina el centésimo día de su fuga
Carles Puigdemont viajó a Lovaina el centésimo día de su fugalarazon

El juez le procesará, declarará su rebeldía y reactivará la euroorden de detención internacional

El Tribunal Supremo impedirá en seco el último cartucho del fugado Carles Puigdemont para que pueda presentarse a las elecciones europeas, lo que podría constituir su auténtico «refugio» legal: obtener el escaño en el Parlamento de Bruselas. Esa opción ha estado encima de la mesa de relevantes dirigentes independentisas, que veían en ello una tranquilidad para el ex presidente, al menos durante los cuatro años que durase la legislatura, ya que a lo largo de todo el tiempo que tuviese el acta de eurodiputado gozaría de inmunidad, por lo que no podría ser detenido
–salvo el supuesto de que fuese pillado «in fraganti» en delito– ni juzgado por la causa relacionada con el «procés».

Ello será posible porque el magistrado del Tribunal Supremo que instruye la causa abierta por la Declaración Unilateral de Independencia y la celebración del referéndum ilegal del pasado 1 de octubre, Pablo Llarena procesará, previsiblemente en marzo, no sólo a los investigados que se encuentran en prisión provisional –Oriol Junqueras, Jordi Sánchez, Jordi Cuixart y Joaquim Forn–, sino también a Carles Puigdemont y algunos de los que, como él, se encuentran huidos en Bélgica.

En ese auto de procesamiento contra Puigdemont, Llarena declarará igualmente la rebeldía del ex presidente de la Generalitat y la orden de busca y captura con efecto de ingreso inmediato en prisión provisional. Esto significará que se reactivará la euroorden contra Puigdemont, que se encuentra retirada desde el pasado 5 de diciembre, para evitar una «entrega descafeinada» sólo por delitos menores; por lo que, a partir de ese momento, las autoridades belgas se podrían ver obligadas a entregar a la Justicia a Puigdemont, quien de darse la situación tendría como destino inmediato la prisión.

Pero no sólo tendrá la consecuencia de activarse de nuevo la euroorden, sino que si la Sala de Apelaciones del Tribunal confirma la resolución de Pablo Llarena llevaría consigo la inhabilitación provisional para ocupar cargo público mientras dure la declaración de prisión provisional o se encuentre de forma efectiva en ella. De esta forma, se cerraría la opción de ver a Carlos Puigdemont en la sede del Parlamento europeo, lo que no ha podido lograr estos meses que lleva fugado en Bélgica. Tampoco pondrán hacerlo aquellos que decidieron huir de la Justicia con el ex presidente y que sean procesados.

Por otro lado, los cuatro encausados en este procedimiento que se encuentran en prisión provisional –los «Jordis» desde octubre y Junqueras y Forn un mes después– acudirán al juicio que se celebre en el Tribunal Supremo –se prevé que tenga lugar en el último trimestre de este año– en esa misma situación, ya que el magistrado Llarena no tiene la más mínima intención de modificarla, como se ha constatado en las distintas en las que ha rechazado de plano la libertad solicita por todos ellos, y donde argumentaba motivos más o menos idénticos: serios indicios de que tuvieron una participación relevante en esos graves hechos y el riesgo de reiteración delictiva.

Los «Jordis»

En lo que afecta a los «Jordis», cuyos recursos contra la prisión provisional serán estudiados por el Constitucional al admitirlos a trámite, la decisión del Alto Tribunal no incidirá en su situación personal, ya que se interpusieron contra las órdenes de prisión preventiva que dictó contra ellos la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela el pasado mes de octubre (por vulnerar el principio acusatorio), pero no contra los autos del juez Llarena que, más recientemente, los han mantenido en la cárcel.

Pero no ha sido Llarena quien ratificó la decisión de la Audiencia, sino que la Sala Penal del Supremo mantuvo idéntico criterio al resolver los recursos. Así, en el auto donde confirmaba la prisión decretada contra el ex vicepresidente del Govern, los magistrados destacaban que se aprecia un riesgo relevante de reiteración delictiva al no existir ningún dato que permita entender que el recurrente tiene la intención de abandonar la vía seguida hasta ahora».

Junto a ello, dejaban claro la existencia de «graves indicios» de que los acusados en este procedimiento «se saltaron todas las advertencias emitidas por los tribunales y llegaron a proclamar la independencia «alzándose contra el Estado español, contra la Constitución, contra el Estatuto de Autonomía y contra el resto del ordenamiento jurídico».

Por todo ello, no parece lógico, sino más bien todo lo contrario, que sin haberse registrado hechos nuevos, el instructor del procedimiento o la Sala revoquen esas decisiones y les dejen libres antes de que se sienten en el banquillo de los acusados.