Ricardo Coarasa

Los presos del "procés"seguirán en prisión por riesgo de fuga

El tribunal ve "inviable"aplicarles "medidas cautelares menos gravosas"aunque el juicio haya terminado. Rechaza las "extravagantes"e "inasumibles"conclusiones del informe del grupo de trabajo de la ONU que pidió su excarcelación

Juicio del procés en el Tribunal Supremo
Juicio del procés en el Tribunal Supremolarazon

El Tribunal Supremo ha rechazado dejar en libertad de los presos del "procés"tal y como habían solicitado los abogados de los independentistas.

El tribunal del juicio del "procés" ha rechazado dejar en libertar a siete de los nueve acusados en prisión provisional -todos menos Oriol Junqueras y el ex conseller Raül Romeva- al considerar que el final de la vista oral "no ha eliminado el riesgo de fuga"y, además, resulta "inviable"aplicarles medidas cautelares menos graves (como la imposición de una fianza, la prohibición de salir de España o la obligación de comparecencias periódicas en el juzgado).

Los magistrados desoyen así las pretensiones de las defensas, que instaron al tribunal a acatar el dictamen de un grupo de trabajo de la ONU que el pasado abril calificó de arbitraria su estancia en prisión. Para la Sala, no obstante, ese informe "carece de carácter vinculante para los órganos judiciales". Además, sostiene que sus conclusiones se han realizado "de espaldas a la actividad probatoria desarrollada durante estos últimos cuatro meses"durante la celebración de la vista oral.

"Mal puede reivindicarse la libertad de un acusado", critica la Fiscalía, "cuando lo que se está pidiendo en ese dictamen"es que el Gobierno adopte "sin dilación"las medidas necesarias para "remediar"la situación de Cuixart, Sánchez y Junqueras, ignorando que en un Estado de Derecho el poder ejecutivo no puede "dirigir instrucciones, requerimientos u órdenes a los tribunales de justicia".

El TS hace suyas las valoraciones de ese informe de la ONU efectuadas tanto por el Ministerio Fiscal como por la Abogacía del Estado -en los informes en los que se opusieron a la puesta en libertad de los procesados- y hace hincapié en que su autor es un grupo "puramente auxiliar e informativo de eventuales y futuros posicionamientos del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas". Además, recuerda que España ha solicitado la revisión del mencionado dictamen "por falta de imparcialidad y objetividad"en los miembros del grupo de trabajo, entre otras cosas por la sospecha de filtración del informe por parte del abogado de Jordi Cuixart, Jordi Sánchez y Junqueras ante el mismo, que habría sido relator de Naciones Unidas hasta 2017 y desarrollado una actividad concomitante con dos miembros del Grupo de Trabajo.

Los magistrados reprochan a los autores del informe de la ONU -que amparaban la celebración de la consulta soberanista- que olviden que el referéndum del 1 de octubre de 2017 "había sido expresamente prohibido por el Tribunal Constitucional y por resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña”. Asimismo, denuncian que su dictamen contiene "inasumibles valoraciones probatorias acerca de la concurrencia de violencia como elemento típico del principal delito por el que se ha formulado acusación", incluyendo “una valoración a ciegas de elementos probatorios cuya verdadera realidad no ha podido ser apreciada por los redactores del informe”. Por si fuera poco, el tribunal cree que el dictamen adolece de "afirmaciones extravagantes, carentes de toda lógica y de imposible encaje en nuestro sistema procesal".

La Sala rechaza de plano la idea de que las acusaciones penales en esta causa tengan por objeto coaccionar a los acusados por sus opciones políticas en torno a la independencia de Cataluña. "Sólo a partir del desconocimiento de nuestra realidad política y jurídica pueden suscribirse mensajes de esa naturaleza. El proceso penal no incluye entre sus fines coaccionar o inhibir a los líderes políticos que quieren llevar a cabo un programa independentista. Esta línea argumental prescinde del hecho de que las ideas políticas hechas valer por algunos de los acusados son las mismas que identifican a los partidos políticos que sostienen al actual gobierno de la comunidad autónoma de Cataluña”. "Se olvida, además, que a lo largo del juicio han estado presentes, en todas las sesiones, representantes del gobierno autonómico con reconocida identidad ideológica respecto de unos u otros procesados". Todos ellos, "más de un centenar", subraya el Supremo, han recibido "el trato protocolario que nuestra legislación dispensa a las autoridades autonómicas".

Marchena autoriza el traslado de los políticos presos a cárceles catalanas

Por su parte, el presidente del juicio del "procés", Manuel Marchena, ha dado el visto bueno al traslado a cárceles catalanas de los nueve acusados presos, entre ellos el líder de ERC Oriol Junqueras. En un oficio remitido a Ángel Luis Ortiz, secretario general de Instituciones Penitenciarias, Marchena pone de relieve que "en este momento no está prevista la práctica de actos procesales que exijan la intervención personal de los procesados", por lo que no existen obstáculos "para hacer efectiva la decisión adoptada por ese departamento de proceder al traslado de los procesados presos a centros penitenciarios radicados en Cataluña, en línea con lo ya resuelto con anterioridad al inicio de las sesiones del juicio oral".

El presidente de la Sala Penal del Tribunal Supremo contesta así a un oficio remitido por el citado secretario general de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, en el que daba cuenta de las solicitudes planteadas por los nueve acusados en el juicio del "procés"que están en prisión provisional para ser trasladados a prisiones catalanas.