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Nuevo varapalo al independentismo: el TC avala la aplicación del 155 en Cataluña

El Pleno rechaza por unanimidad los recursos de inconstitucionalidad de Unidos Podemos y el Parlament

Manifestación en Barcelona contra el 155 y para exigir la libertad de los presos políticos
Manifestación en Barcelona contra el 155 y para exigir la libertad de los presos políticoslarazon

El Pleno rechaza por unanimidad los recursos de inconstitucionalidad de Unidos Podemos y el Parlament.

La aplicación del artículo 155 en Cataluña fue acorde a la Constitución. Horas después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea negase a Carles Puigdemont el escaño en el Europarlamento, el independentismo catalán ha encajado un nuevo varapalo judicial. El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado por unanimidad la medida adoptada el 27 de octubre de 2017 en dos sentencias en las que rechaza en su práctica totalidad los recursos de inconstitucionalidad presentados por más de 50 diputados de Unidos Podemos, En Comú Podem y En Marea, por un lado, y por el Parlamento de Cataluña, por otro, contra el acuerdo del Pleno del Senado que dio el visto bueno a la aprobación de las medidas requeridas por el Gobierno de Mariano Rajoy al amparo del artículo 155 de la Constitución.

En el fallo en el que rechaza el recurso de la formación de Pablo Iglesias, el TC estima únicamente la impugnación en lo relativo a la regla que supeditaba los efectos de las publicaciones oficiales de disposiciones normativas o actos a la autorización del Ejecutivo español.

Una vez resuelto el recurso interpuesto por la formación morada, los magistrados declaran la “pérdida sobrevenida de objeto” del planteado por el Parlament en lo referente a la impugnación de la aplicación del 155, ya resuelta en el anterior. El TC inadmite parcialmente el recurso de inconstitucionalidad planteado por la Cámara autonómica en lo referente a “todas las disposiciones que se han dictado, sin solución de continuidad, en desarrollo o como complemento o adición de las medidas” aprobadas por el acuerdo del Pleno del Senado por el que se aprobaron “las medidas requeridas por el Gobierno al amparo del artículo 155 de la Constitución”.

En su recurso, la formación morada consideraba el acuerdo del Senado “contrario a este marco constitucional, en la medida en que se adoptó con vulneración del procedimiento constitucionalmente previsto, pues el requerimiento previo del Gobierno, la solicitud de autorización y el acuerdo ahora impugnado no guardan la necesaria coherencia en la identificación del incumplimiento o atentado al interés general ni en la determinación de las medidas de restablecimiento”. “Ni se han respetado las garantías de intervención de las autoridades de la Generalitat en el procedimiento ni se han considerado debidamente sus alegaciones, defraudando así los principios y valores constitucionales protegidos por dicho procedimiento”, se quejaban los diputados de Podemos.

Por su parte, el Parlament denunció la supuesta vulneración del principio de autonomía y de participación política y se quejó de la “desproporcionada” aplicación del 155 ante lo que calificaba de una “mera declaración retórica” del entonces presidente de la Generalitat. Para la cámara catalana esa suspensión “de facto” de la autonomía catalana y la disolución del Parlament derivaron en un “control político de conveniencia” que dejó a la Cámara en una posición de “subordinación jerárquica” respecto al Gobierno de Rajoy. “Con la franquicia que se arroga el Gobierno del Estado, se está alterando la formación de la voluntad de un órgano como el Parlament, protestaba en su escrito al TC.