Terrorismo
Entre 8 y 12 años de cárcel para los seis piratas del «Patiño»
La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 8 y 12 años y medio de cárcel a los seis piratas somalíes detenidos a bordo de un esquife en enero de 2012 por atacar el buque de la Armada Patiño en aguas del Índico "suficientemente armados"y "con la intención de hacerse con su control y poder exigir cualquier tipo de rescate".
Es la primera vez que la Audiencia Nacional emite una condena por el delito de piratería en relación a un ataque a un buque español en aguas del Índico, ya que en la sentencia del secuestro del buque Alakrana no se contempló ese delito por no figurar entonces en el Código Penal.
La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional considera en su sentencia a todos ellos responsables de delitos de piratería en grado de tentativa y tenencia de armas de guerra, y un sexto -Hamoud Elfaf Mahou- ha recibido una pena más alta por un delito de pertenencia a organización criminal.
El tribunal -compuesto por Fernando Grande-Marlaska (presidente y ponente), Javier Martínez Lázaro y Ramón Sáez Valcárcel- considera probado que los ahora condenados, para los que la Fiscalía pedía 23 años de cárcel, poco antes de las tres de la madrugada del citado día "realizaron un número indeterminado de disparos de fusil sobre la estructura de popa y chimenea del Patiño, habiéndose localizado seis impactos".
Tras un intercambio de disparos, que no se prolongó más de dos minutos, el esquife se dio a la fuga, ordenándose desde el Patiño el alto el fuego", tras lo cual, al perderle de vista, se ordenó "zafarrancho de vuelo"para localizar la embarcación.
El esquife que "momentos antes había tratado de abordar el buque", fue avistado a las 3.23 horas y cuando el Patiño se situó a 1.000 yardas los tripulantes arrojaron al mar "escalas, lanzagranadas, un número indeterminado de fusiles, así como algunas bolsas".
Tras hacer caso omiso a la orden de detenerse, desde el Patiño se realizaron "dos ráfagas al aire con ametralladora"y finalmente el esquife fue detenido a las 4.08 horas.
La Sala concluye que los seis acusados-Hamoud Elfaf Mahou, Mohamed Abdullah Hassan, Mohamed Said Ahmed, Abdillah Mohamed Gouled, Issa Absullah Issa y Mohamed Aden Mohamed- constituían una organización dedicada de forma estable a la comisión de delitos de piratería a la vista de las armas empleadas, datos localizados en los teléfonos y tarjetas móviles, pruebas de ADN y mensajes en los móviles.
Todo ello, a juicio del tribunal excluye que "nos encontremos ante un simple grupo de personas que planificara los hechos de forma autónoma y espontánea".
Unos hechos que encajan en el delito de piratería, "un delito contra la comunidad internacional mediante el que se protege la seguridad del tráfico marítimo y aéreo, bien jurídico supraindividual distinto de los bienes que se tutelan en los tipos penales"en el caso concreto, la sala aplica el grado de tentativa.
No obstante condena solo a uno de ellos el delito de integración en organización criminal por que en su caso se ha constatado que su perfil genético coincide con uno anónimo recogido en el buque alemán Hanza Stavanger, que fue secuestrado el 4 de abril de 2009.
Su número de móvil coincide además con llamadas desde ese buque y a ese mismo teléfono se le relaciona con los secuestros de los buques Marida Marguerite y MV Victoria.
El juez Velasco ordenó el ingreso en prisión de los seis detenidos tras decretar su traslado a España al considerarse competente para investigar los hechos después de constatar que no podía aplicarse ningún convenio internacional en el marco de la misión Atalanta de la UE contra la piratería en el océano Índico.
El juez instructor procesó a los seis por 218 delitos de detención ilegal (el número de tripulantes) por lo que hubieran podido enfrentarse a penas de hasta 1.122 años y medio de cárcel, pero la Fiscalía discrepó de esa calificación y les acusó de pertenencia a organización criminal (6 años), piratería (13 años) y tenencia y depósito de armas de guerra (4 años).
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