Sentencia

Estrasburgo confirma la condena a Pablo Hasel por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona

El Tribunal considera que "la apreciación dada por los tribunales españoles fue razonable" y descarta que la condena impuesta sea desproporcionada

El Tribunal de Estrasburgo de Derechos Humanos (TEDH) ha validado los argumentos de los tribunales españoles y ha confirmado la condena al rapero Pablo Rivadulla Duró, más conocido como Pablo Hasel por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona y a otras instituciones. En su resolución, señala que declaraciones y las canciones pueden tener "consecuencias nefastas" debido a que son accesibles a un público amplio y considera probado que en ellas existe una incitación al terrorismo.

"La apreciación dada por los tribunales españoles fue razonable y proporcionada", señalan. La Audiencia Nacional condenó al rapero a nueve meses de prisión y a 5.040 euros de multa por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona y otras instituciones. Esta condena fue confirmada en mayo de 2020 por el Tribunal Supremo, que rechazó un recurso de amparo en noviembre de ese año y finalmente tuvo que ingresar en el centro penitenciario de Ponent (Lérida) en febrero de 2021.

El rapero había alegado que las sentencias vulneraban su libertad de pensamiento, expresión, de recurso efectivo y de restricción de derechos, pero desde Estrasburgo la conclusión es distinta y señalan que "esta condena no puede pasar por desproporcionada".

Tras analizar el caso de acuerdo con la jurisprudencia del propio tribunal, la resolución señala que las sentencias condenatorias de los tribunales españoles están motivadas de forma "pertinente" y "suficiente" y recuerdan que si el rapero no hubiera tenido condenas previas, no habría tenido que ingresar en prisión.

Sobre las injurias a la corona, se constata que Hasel profirió de forma repetida en el tiempo las acusaciones de tortura, asesinato y nazismo contra el rey y otras instituciones. Aunque estas afirmaciones las emitió en su condición de artista, el TEDH avala la actuación de los jueces españoles, que "examinaron minuciosamente el caso a la luz de la jurisprudencia y teniendo en cuenta los diferentes intereses antes de declararle culpable".

El rapero Pablo Hasel fue condenado en marzo de 2018 a dos años de cárcel y a 13.500 euros de multa por apología del terrorismo, por haber pedido que se cometieran actos violentos contra el rey emérito Juan Carlos y contra otros responsables gubernamentales españoles y por haber hecho apología de grupos terroristas como los Grapo o ETA. También fue condenado por insulto y difamación contra la corona y otras instituciones a una multa de 10.800 y 13.500 euros, respectivamente. Finalmente, la Audiencia Nacional redujo su condena a nueve meses de cárcel, una resolución que confirmó el Supremo.