"Operación Pompeya"

Fianzas de 2.000 millones a 30 acusados de defraudar a Hacienda los beneficios de puticlubs

La Audiencia Nacional lleva al banquillo a 30 personas a quienes atribuye más de un centenar de delitos fiscales

Ejercer el alterne en un club constituye una relación laboral, según el TSJ de Murcia
El supuesto fraude fiscal se efectuaba a través del IRFP, Impuesto de Sociedades e IVA ©Gonzalo Pérez MataLa Razón.

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha abierto juicio oral por más de un centenar de delitos fiscales a treinta personas por formar parte de una supuesta trama para ocultar a Hacienda los beneficios obtenidos a través de numerosos clubes de alterne en toda España. Además, les impone el pago de fianzas cuya suma supera los dos mil millones de euros. En la resolución en la que acuerda la medida, el instructor de la "operación Pompeya" aparta además del procedimiento a dos de los procesados.

Calama desestima así la petición de archivo efectuada por la Fiscalía respecto a gran parte de los investigados, al entender que no procede el ejercicio de acción penal por el IVA devengado en los locales de alterne (los procesados también habrían defraudado a través del IRPF y el Impuesto de Sociedades). Pero el magistrado replica que tanto la doctrina del Tribunal Supremo como la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) coinciden en la obligación de tributar las rentas procedentes de actividades ilícitas, como son las derivadas de los locales de alterne.

Además del Ministerio Público, en esta causa ejercen la acusación la Abogacía del Estado, la Diputación Foral de Guipúzcoa y la Comunidad Foral de Navarra.

Según expone el instructor en el auto de apertura de juicio oral, existen "sólidos indicios" de que las personas acusadas "han participado en la comisión de unos hechos que, conforme a una consolidada jurisprudencia, pudieren ser constitutivos de los delitos contra la Hacienda Pública, tal y como sostienen las acusaciones particulares".

El juez impone a los encausados el pago de más de 129 millones de euros en concepto de responsabilidad civil y multas que en conjunto superan los 2.000 millones de euros. Además, acuerda la apertura de juicio oral para una treintena de sociedades como responsables civiles subsidiarias.

Fraude en el pago con tarjeta

En el auto en el que acordó el procesamiento en febrero del pasado año (entonces ya archivó la causa respecto a 29 personas), Calama atribuía a los investigados un total de 119 delitos fiscales supuestamente cometidos a través de seis tramas delictivas diferentes: cinco encargadas de explotar los clubes de alterne y una más encargada de poner en marcha la operativa de ocultación de ingresos. En total, cifró en 111.659.923,09 euros el supuesto fraude por cuotas tributarias no ingresadas.

Según detallaba, seis de los investigados -Antonio H. L., José V. R., José Arsenio P. V., José M. G., Ángel C. G. V. y Santos P. V. crearon un entramado societario a través de empresas que explotaban clubs de alterne con objeto de defraudar a Hacienda, para lo que se servían de cuentas bancarias de la sociedad Larratruk S. L., administrada por Jesús María L. A., que se encargaba de recibir los fondos procedentes de la liquidación de operaciones efectuadas desde terminales de punto de venta (TPV) instalados en los establecimientos regentados por los encausados.

Larratruk actuaba como empresa pantalla para ocultar el verdadero origen de esos beneficios, señalaba el instructor, pues prestaba el servicio de intermediación en los cobros realizados mediante tarjetas bancarias en TPV. Pero en lugar de constar un determinado establecimiento como acreedor en la cuenta bancaria de los clientes aparecía esta sociedad, como si se tratara de la verdadera oferente de un bien o servicio, ocultando de esta forma a las personas que explotan estos locales a través de unas determinadas empresas y, asimismo, ofreciendo a los clientes que no figurasen en los cobros nombres o datos relacionados con estos locales.

Sobreprecio del 3,5 al 6,5%

Se ocultaba así "el verdadero destinatario del pago efectuado", de modo que si el cliente no abonaba en efectivo el servicio, sino mediante tarjeta bancaria, el abono mediante iba a parar a una cuenta corriente de Larratruk SL, "pero dándose la circunstancia de que en esa cuenta estaba autorizado el propietario de la sociedad gestora del club". De manera que lo habitual era que los investigados autorizados en esa cuenta retiraran las cantidades en efectivo.

Ese pago por tarjeta llevaba consigo una comisión, por lo que el cargo hecho a la cuenta del cliente iba aumentado con un sobreprecio por utilizar este medio de pago. Un sobrecoste que inicialmente era de un 10 por ciento y que se repartía entre Larratruk (6,5 por ciento) y la empresa que gestionaba el negocio (3,5%). El local enmascaraba este 3,5 por ciento a través de una facturación encubierta a Larratruk por algún otro concepto, normalmente de "arrendamiento".

Y es que el rastreo de las relaciones empresariales de Larratruk (a través del modelo 347 de Ingresos y Pagos) sacó a la luz "un gran número de sociedades de alterne", apuntó el magistrado.

Ángel C. G. V. era, según el juez, "el dueño y jefe de toda la organización", que dirigía a través de "sociedades gestoras, financieras y patrimoniales en las que figura como partícipe, administrador o autorizado en cuentas bancarias" -Vive Madrid, Princess Room y Luxury- que entre 2008 y 2015 se fueron sucediendo en la gestión de 18 clubes de alterne.