Alegaciones

La Fiscalía defiende que la amnistía a Puigdemont y Junqueras por el desvío de fondos del "procés" no afecta al derecho de la UE

Rechaza que el Tribunal de Cuentas acuda al TJUE para que esclarezca si la ley es aplicable a la treintena de ex altos cargos de la Generalitat encausados

Free Catalan separatist leaders Oriol Junqueras (L) is welcomed by Former Catalan leader Carles Puigdemont ahead of a meeting at Casa de la Republica Catalana in Waterloo.
Oriol Junqueras y Carles Puigdemont, en BruselasSTEPHANIE LECOCQEFE/EPA

La Fiscalía del Tribunal de Cuentas considera que la aplicación de la Ley de Amnistía a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y la treintena de encausados por el organismo fiscalizador por el desvío de 3,1 millones de euros por el desvío de fondos públicos para financiar el 1-O y el promoción del "procés" en el extranjero no afecta al derecho comunitario.

Así lo pone de relieve el Ministerio Público en el escrito en el que se opone a que el Tribunal de Cuentas plantee una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que este dirima si algunos preceptos de la polémica norma son o no contrarios al derecho de la UE.

La consejera de la sección de Enjuiciamiento del tribunal Elena Hernáez instó a las partes a pronunciarse sobre la posibilidad de acudir a la Justicia Europea para que aclarase si la Ley de Amnistía puede ir en contra de la "lucha contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la UE", al principio de "cooperación leal" y a los principios de igualdad y de no discriminación, de "seguridad jurídica y confianza legítima" y del Estado de Derecho. A la espera de decidir al respecto, el tribunal dejó en suspenso el dictado de la sentencia.

Pero la Fiscalía replica a la consejera que la cuestión prejudicial "debe de referirse a la interpretación o validez del derecho de la Unión Europea y no a la interpretación de normas jurídicas nacionales". En todo caso añade, el Tribunal de Justicia solo puede pronunciarse sobre la decisión prejudicial "cuando el derecho de la Unión Europea sea aplicable al asunto controvertido en el litigio principal, circunstancia esta que no concurre en el presente caso".

Y en cuanto a las cuestiones que pone sobre la mesa la consejera por su supuesta afectación a la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, el fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Manuel Martín-Granizo, argumenta que las disposiciones de dicha Carta "están dirigidas a los estados miembros únicamente cuando apliquen el derecho de la Unión", por lo que esas disposiciones invocadas por la consejera "no pueden fundar por sí solas la competencia del TJUE para resolver una cuestión prejudicial".

En definitiva, el fiscal concluye que "teniendo en cuenta el contenido de las cuestiones planteadas" y que, además, en su opinión "no concurren los presupuestos exigidos por la normativa aplicable y las recomendaciones del TJUE, "no resultaría procedente el planteamiento de dichas cuestiones a título prejudicial ante el TJUE".

En su escrito de conclusiones, la Fiscalía aprecia la responsabilidad contable de Puigdemont, Junqueras y el resto de encausados -entre ellos el expresident Artur Mas y los exconsellers Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, condenados por prevaricación por el Tribunal Supremo- en el desvío de 3,1 millones de euros de dinero público para financiar el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y promocionar el "procés" en el extranjero a través de Diplocat. En el momento de plantear ese escrito, el fiscal precisó que la Ley de Amnistía aun no había entrado en vigor para oponerse a la pretensión de los encausados de archivar el procedimiento.

Según determinó entonces la Fiscalía, la responsabilidad contable de Artur Mas y Puigdemont en la financiación del proceso soberanista en el exterior se asienta en su "participación y dirección de todos los proyectos, estrategias y procedimientos necesarios para desarrollar relaciones y actividades en el ámbito internacional, excediendo los límites de la promoción en el exterior de los intereses del conjunto de Cataluña".

Respecto a Junqueras, el fiscal hacía hincapié en su "especial protagonismo" en las órdenes de pago como responsable del área de Hacienda de la Generalitat, amparándose en las funciones que le atribuye a la Ley de Finanzas Públicas catalana como responsable de Hacienda.

El representante del Ministerio Público consideraba el menoscabo para las arcas públicas "real y efectivo, al haberse producido la salida de los fondos implicados del patrimonio del ente perjudicado" y estar identificados "cada uno de los actos que dieron lugar al perjuicio".