Patrimonio

Los Franco retrasan la retirada de bienes del Pazo de Meirás hasta que se resuelvan los juicios pendientes

Se les permitía llevarse los artículos autorizados por el juzgado y aquellos en los que la propiedad no ha sido reclamada

  • El Tribunal Supremo admitió a trámite el pasado marzo el recurso que interpuso la familia Franco contra la causa que le obligó a devolver al Estado el Pazo de Meirás
Representantes del Gobierno y la Justicia ofrecen declaraciones a los medios de comunicación tras la firma del documento de entrega del Pazo de Meirás el 10 de diciembre
Representantes del Gobierno y la Justicia ofrecen declaraciones a los medios de comunicación tras la firma del documento de entrega del Pazo de Meirás EUROPA PRESS/M.Dylan.POOLEuropa Press

La retirada de los bienes que iba a realizar la familia Franco del Pazo de Meirás a partir del próximo lunes ha quedado suspendida hoy por orden judicial. A petición de la familia y ante las causas judiciales pendientes, el proceso ha quedado suspendido, con la conformidad del Estado.

El juzgado de primera instancia número 1 de A Coruña había dictado en abril una diligencia de ordenación en la que fijaba a las 9:30 horas del 26 de junio la entrega a la familia Franco de los únicos bienes de Meirás que la Audiencia Provincial de A Coruña le ha permitido retirar.

La retirada, cuando se produzca, será solo relativa a aquellos elementos que, dentro de la fase de ejecución de la sentencia de 2020 que declaró el inmueble propiedad del Estado, la Justicia entiende que no están necesariamente incluidos en el conjunto.

En concreto, se trata de los angelotes de bronce de la capilla, una escultura pétrea de una virgen con un niño, una lámpara sobre una pilastra de una escalera y tres apliques de pared metálicos, además de las alfombras pasilleras que ya estaban reconocidas, todos ellos en el interior del pazo.

A la demanda se adhirieron también la Xunta de Galicia, los ayuntamientos de A Coruña y Sada -- donde se ubica el pazo-- y la Diputación coruñesa.

Tras obtener el Estado el reconocimiento del Pazo de Meirás como un bien de titularidad pública -una decisión provisional a la espera de que el Tribunal Supremo resuelva el recurso presentado por los Franco-, la cuestión, en el ámbito judicial, se centró en la propiedad de los bienes. En este sentido, la Audiencia Provincial de A Coruña confirmó que la gran mayoría de los solicitados por la familia Franco que se ubican en el exterior e interior de Meirás forman parte o pertenecen al inmueble y, por tanto, no pueden ser retirados.

De momento están suspendidas las visitas al Pazo de Meirás, una medida que estaba previsto que continuase hasta julio.

La diligencia judicial de la entrega suspendida da cumplimiento al fallo que concluyó, por otra parte, que todos los elementos existentes en el exterior del pazo tienen naturaleza de bienes inmuebles por destino, pues subrayan que "el jardín del pazo de Meirás sería un simple jardín" sin esos elementos muebles, "perdiendo su propia idiosincrasia y contenido".

El tribunal destacó en su momento que "no consta que tales bienes se introdujeran en el pazo con posterioridad a la muerte de Francisco Franco", al tiempo que indica que "muchos de ellos estaban en vida de Emilia Pardo Bazán", por lo que esos no podrán ser retirados por la familia Franco.

La Audiencia recalcó que es "impensable un retablo sin imágenes, cuando además está históricamente acreditado que el mismo es del siglo XVII o principios del XVIII, colocado en tiempos de la condesa de Pardo Bazán".

La Abogacía del Estado mantiene la reclamación, además, de otros 564 bienes en un juzgado de Madrid que están en el inmueble de forma cautelar.

Estos están agrupados en tres categorías: bienes de patrimonio nacional, bienes del patrimonio documental español y bienes que son del dominio público por si afectación al uso del Pazo de Meirás como residencia oficial del jefe del Estado y, además, forman parte del patrimonio histórico español por su interés histórico y artístico vinculado a la figura de Pardo Bazán.