Derechos humanos

García Castellón cuestiona que Puigdemont pueda ser amnistiado por el "caso Tsunami"

Considera que tras las lesiones causadas a los agentes en la huelga general en Cataluña de 2019 hay una violación de los derechos humanos

Tsunami Democràtic no fue un "invitado de piedra" en la "huelga general" convocada en Cataluña el 18 de octubre de 2019 en protesta por la sentencia del "procés". El juez Manuel García Castellón así se lo ha aclarado a una de las imputadas en el "caso Tsunami" al ratificar la condición de perjudicados de dos policías heridos de gravedad en los altercados que se produjeron durante esa jornada en la plaza de Urquinaona y en Vía Layetana de Barcelona, que ejercen la acusación particular en el procedimiento en el que se investiga, entre otros, a Carles Puigdemont (pendiente su imputación de lo que decida el Tribunal Supremo) y Marta Rovira.

Pero va más allá y García Castellón precisa en la resolución que la "gravedad" de esta acción y de las lesiones físicas que sufrieron los policías -uno de ellos tuvo que retirarse del servicio con 45 años- impide "minimizar lo ocurrido" ni "el resultado grave que ocasionó", que considera "incompatible con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución y el artículo 2 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales", del que "podrían ser partícipes los investigados".

Esa apreciación del magistrado permite abrir una rendija procesal para excluir del ámbito de aplicación de la ley de amnistía la investigación a Tsunami -y eventualmente, a Carles Puigdemont, a expensas de lo que determine el Tribunal Supremo al respecto-, pues tras las enmiendas de ERC y Junts asumidas por el PSOE, la medida de gracia incluye los delitos de terrorismo siempre y cuando, precisamente, no hayan ocasionado de forma manifiesta y con intención directa "violaciones graves de derechos humanos", en particular las previstas en los artículos 2 y 3 del citado convenio europeo y en el derecho internacional humanitario.

El instructor detalla de forma prolija la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la teoría del dominio del hecho (la responsabilidad penal que corresponde a quienes, sin cometer los hechos investigados, tenían la posibilidad de impedirlos por su posición jerárquica en la organización), de la «coautoría adhesiva» y la «teoría de las desviaciones previsibles» (la existencia de un acuerdo previo entre varias personas para ejecutar un delito asumiendo sus posibles consecuencias) para concluir que todos los que participan en la ejecución de un acto punible «se ven ligados por un vínculo de solidaridad que les corresponsabiliza en el mismo grado», sean cuales sean los actos ejecutados directamente por cada uno de ellos.

La dirigente de ERC Marta Molina intentó apartar de la causa a los dos agentes, argumentando que esos altercados no eran imputables a Tsunami, sino a los Comités de Defensa de la República (CDR) -doce de cuyos miembros están pendientes de juicio por terrorismo en uno de los procedimientos que la ley de amnistía quiere dejar en papel mojado-.

Pero García Castellón niega la mayor y en la resolución en la que rechaza el recurso de la defensa de Molina recuerda que Tsunami había anunciado aquel día en redes sociales la convocatoria de huelga con un mensaje de este tenor: "Pensábamos que la sentencia era el final de un movimiento y ha sido su reinicio. Hoy bloqueamos el país para recordar una solución y ejercer nuestros derechos y libertades”.

El instructor señala que fue precisamente bajo la cobertura de esta "huelga" cuando se produjeron "alteraciones graves de la paz social y del orden público", y descarta que se pueda eximir de responsabilidad a Tsunami, "como si la presencia de unos" -en referencia a los CDR- "desplazase totalmente la responsabilidad de otros".

Puigdemont "asumió" que podía haber víctimas mortales

En sustento de la participación de Tsunami Democràtic en esa jornada de protesta, García Castellón considera llamativa la conversación entre el expresidente de la Generalitat y uno de los investigados en la que Puigdemont "parece asumir la posibilidad de que pudieran haberse producido víctimas mortales, y su capacidad, en tanto que ostentaba el dominio de la acción, para frenar esta posibilidad".

En su resolución, subraya la gravedad de las lesiones sufridas por los agentes -representados por el despacho Fuster Fabra- y recuerda que uno de ellos recibió un fuerte golpe en el casco tras lanzarle un manifestante un objeto contundente, desplomándose en el suelo inconsciente. Las lesiones sufridas, recuerda, "le han inhabilitado para el ejercicio de su profesión". De ahí que defienda la necesidad de esclarecer si esas lesiones son imputables "a la acción de TD y sus organizadores".