
Proyecto de ley
El Gobierno propone sanciones de hasta 2,5 millones de euros por difundir secretos de Estado
El Ejecutivo sostiene que introduce el derecho a la libertad de información como criterio para graduar de las sanciones

El Gobierno propone sanciones de hasta 2,5 millones de euros por difundir secretos de Estado. El Ejecutivo sostiene que introduce el derecho a la libertad de información como criterio para graduar de las sanciones.
Pero lo cierto es que el régimen sancionador que ha establecido en el Proyecto de Ley de Información Clasificada aprobado este martes, establece una horquilla que va desde 30.000 euros en los supuestos menos graves a los 2,5 millones en los más graves. "Con esta vía se crea un régimen más proporcional que el anterior, que únicamente contemplaba la vía penal con elevadas penas de prisión", justifica el Gobierno.
El ministro de Justicia, Presidencia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha Bolaños ha explicado que el proyecto de ley también establece qué órganos serán los competentes para clasificar o desclasificar. Y a tal efecto, el Ejecutivo ha creado una autoridad nacional para la protección de la información clasificada, que dependerá del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
La gestión de los secretos oficiales es una competencia que maneja el departamento de Bolaños desde hace casi tres años. El presidente del Gobierno se la dio en detrimento de la ministra de Defensa, Margarita Robles. Bolaños, en aquel momento enfrentado a Robles tras el lío de Pegasus por la responsabilidad sobre la protección del teléfono de Sánchez, ganó aquel pulso que se entendió como un gesto hacia los aliados independentistas del Ejecutivo.
En cualquier caso, estas facultades siguen siendo exclusiva del Consejo de Ministros a propuesta del presidente del Gobierno o de los ministros en el caso de “Alto secreto” y “ y de un número tasado y reducido de autoridades en las categorías de “confidencial" y “restringido".
Cabe señalar que la actual norma, que data de 1968, no establece un régimen sancionador propio. Las sanciones se aplican por remisión a otras normas, dependiendo del caso. El Código Penal, del artículo 598 al 603, castiga con penas de prisión de 1 a 6 años (y hasta 15 años en casos agravados) la revelación de secretos que afecten a la seguridad nacional, la defensa o las relaciones internacionales. Se castiga tanto a funcionarios como a civiles. Y también se castiga el espionaje, el acceso no autorizado o la obtención de información clasificada.
En la actualidad, se aplican la Ley de Régimen Disciplinario Militar (si el infractor es militar). Y puede suponer sanciones de carácter disciplinario, como arresto, suspensión de empleo o expulsión. Y, finalmente, la Ley de Régimen Disciplinario de los funcionarios públicos, con sanciones disciplinarias (desde apercibimiento hasta separación del servicio), si el infractor es funcionario civil.
El proyecto deja en el aire los secretos del 23-F
El proyecto de Ley de Información Clasificada sacará a la luz de un plumazo todos los documentos clasificados hace 45 años o más. Aunque deja en el aire la totalidad de los archivos relativos a la intentona golpista del 23 de febrero de 1981, de la que han pasado 44 años y cuatro meses.
Todos los posteriores a esa fecha, incluidos los relativos al 23-F, se irán desclasificando a medida que cumplan los plazos previstos en la nueva ley: hasta 60 años para los de “alto secreto”; -por una prórroga motivada de otros 15 años-; 45 para los “secretos”; entre 7 y 9 para los “confidenciales”; y 4 o 5 para los “restringidos".
Bolaños ha explicado que "si la tramitación parlamentaria fuera una tramitación rápida, la nueva ley podría estar en el BOE en el ultimo trimestre de este año". "Si fuera así, entraría en vigor en el último trimestre de 2026. Ahí se tendría que hacer la cuenta de los 45 años e incluiría el año 1981 y anteriores. Es decir, entraría el año del 23-F, que se desclasificaría automáticamente, salvo aquello que afectara a la seguridad nacional y la defensa. Y todos los años anteriores de inicio de la democracia y, por supuesto, la dictadura. Siempre y cuando no se valore, justifique o motive que haya alguna causa superior de seguridad nacional o defensa que haga recomendable que siga clasificado algún documento. Por supuesto, eso además de hacerlo de oficio, lo pueden pedir personas que tengan interés profesional o personal. Y, si hay discrepancias, será la sala tercera de lo contencioso administrativo del Supremo quien tome la decisión definitiva", ha zanjado el ministro.
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