"Procés"
Jordi Turull reclama al Supremo que le aplique la amnistía "de forma urgente"
La defensa del exconseller, que fue indultado pero está inhabilitado hasta 2030, apremia al alto tribunal: "Es un imperativo legal"
El secretario general de Junts, Jordi Turull, ha pedido ya al Tribunal Supremo (TS) que le aplique la Ley de Amnistía. Horas después de su entrada en vigor, la defensa del exconseller -condenado a doce años de prisión por sedición y malversación e indultado en junio de 2021- tiene aún pendiente la pena de inhabilitación, que no cumple hasta 2030 y que ahora reclama al alto tribunal que declare extinguida "de forma urgente", al mismo tiempo que sus antecedentes penales.
Tras la derogación de la sedición, la condena a Turull es por desobediencia y malversación, un delito que según han expresado ya los fiscales del "procés" no es amnistiable, al tratarse de una modalidad agravada pues equiparan la apropiación de caudales públicos para un fin distinto (en este caso financiar el proceso independentista) con el enriquecimiento personal.
Jordi Pina, abogado de Turull, señala que la normativa "tiene por finalidad amnistiar los hechos que se hayan producido en el proceso independentista" en Cataluña con el objetivo de "garantizar la convivencia social a partir de la extinción de las eventuales responsabilidades penales, administrativas o contables de los intervinientes" en el "procés".
Su defensa insiste en que se trata de un "imperativo legal" que afecta a hechos entonces considerados delictivos, "haciendo que la obligación y necesidad de imponer y ejecutar (o continuar ejecutando) una pena por los mismos decaiga".
Al mismo tiempo, su abogado recuerda que en la Ley de Amnistía están incluidos "los actos tipificados como delito de malversación únicamente cuando esté dirigido a financiar, sufragar o facilitar" el proceso soberanista "siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento". De ahí que, insiste, la ley "es de plena aplicación al caso que nos ocupa" dado la "ausencia de propósito de enriquecimiento personal" en el exconseller según los hechos probados recogidos en la sentencia del Tribunal Supremo.
"Debe recordarse -añade- que en el momento de los hechos objeto de enjuiciamiento las cuentas de la Generalitat de Catalunya estuvieron intervenidas por el Ministerio de Hacienda". Y hace hincapié en que lo que se imputó a Turull "no fueron disposiciones de fondos públicos que se hubieran traducido en un gasto material y efectivo en detrimento del patrimonio público, sino que consistían en la mera aprobación de gasto destinado a la celebración del referéndum" sin que se llegara a ejecutar "su abono o liquidación, por lo que difícilmente podría hablarse de enriquecimiento personal".
Asimismo, subraya que la ley también amnistía los delitos de desobediencia cometidos con el objetivo de celebrar el referéndum soberanista.
Para el caso de que el Supremo opte por plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la unión Europea (TJUE) o una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC), la defensa de Turull reclama la suspensión de la condena de inhabilitación hasta que se pronuncien sobre el caso, puesto que -argumenta- si esas resoluciones se demorasen entre uno o dos años "se estaría alargando innecesariamente la pena de inhabilitación" del secretario general de Junts.
Por el contrario, añade, si finalmente la Ley de Amnistía fuese declarada inconstitucional por el TC o contraria al derecho de la Unión por el TJUE "nada empece a que entonces se continúe ejecutando la pena de inhabilitación, por lo que ningún perjuicio se causaría al interés público".
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