
Al banquillo
El juez no descarta que García Ortiz haya cometido más delitos
Hurtado precisa que abrir juicio por revelación de secretos no implica "el sobreseimiento por otros delitos» de los que está acusado, como prevaricación e infidelidad en la custodia de documentos

El fiscal general tendrá que volver al Tribunal Supremo (TS), pero no será para intervenir en el acto de la apertura del Año Judicial como hace unos días, sino para sentarse en el banquillo por la supuesta filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. Como se esperaba, el magistrado Ángel Hurtado abrió ayer juicio oral contra él, y aunque lo hizo por un delito de revelación de secretos, llama la atención que en su resolución no cierra la puerta a otros delitos por los que también está acusado (prevaricación e infidelidad en la custodia de documentos), dejando en manos del tribunal la valoración de una posible condena por cualquiera de ellos.
Y es que Hurtado matiza que el hecho de que se abra juicio únicamente por revelación de secretos no quiere decir «que se acuerde, expresamente, el sobreseimiento por otros delitos», como los de prevaricación e infidelidad en la custodia de documentos públicos que le imputan algunas acusaciones populares. Y recuerda al respecto que «según jurisprudencia de esta Sala, solo en el caso de que el auto de apertura de juicio oral excluya expresamente un determinado delito» (algo que el instructor no hace) «cabe reconocer eficacia configurativa negativa a dicho auto».
La decisión judicial, cuando aún resuenan las críticas de Pedro Sánchez a los jueces, sitúa en un brete no solo al propio Álvaro García Ortiz, que no parece dispuesto a dimitir –desde su entorno insisten en que nada ha cambiado y en su «respeto al tribunal y confianza en la Justicia»–, sino también al Gobierno. No en balde, el Ejecutivo de Pedro Sánchez sigue sosteniendo a García Ortiz –ayer, de nuevo, tuvo su ración de apoyo– ante la insólita situación en la historia de la institución de un fiscal general camino del banquillo.
El instructor impone a García Ortiz –que debe hacer frente a una posible condena de hasta seis años de prisión– una fianza de 150.000 euros –al considerar excesivos los 300.000 euros que reclama la defensa de González Amador como indemnización por daños morales– para hacer frente a posibles responsabilidades civiles a las que sea condenado y le avisa de que, si no la consigna en el plazo de cinco días, ordenará el embargo de sus bienes. La Abogacía del Estado dispone de ahora de diez días para presentar su escrito de defensa.
Intentos de "desacreditar" su trabajo
La resolución que lleva a juicio al máximo representante del Ministerio Público es una reivindicación de la instrucción. No solo destaca la «solidez» de los indicios contra García Ortiz, sino que recuerda también el respaldo de la Sala Penal a los intentos de «desacreditar» al instructor. Hurtado insiste en que la intención de García Ortiz al reclamar a sus subordinados el correo que el abogado de González Amador envió al fiscal del caso reconociendo el fraude tributario era filtrarlo a un medio de comunicación. Y que así lo hizo pese a tratarse de «datos sensibles» que afectaban a su intimidad y que por su cargo estaba obligado a preservar.
El daño causado, afirma, no se limita a González Amador –deja claro que no es un «delincuente confeso» porque no ha sido condenado, por lo que considerarle culpable afectó a su reputación–, sino que puso « en cuestión el prestigio de la institución, con el menoscabo que ello comporta».
Y vuelve a rebatir la principal tesis de la defensa –más allá de reiterar su inocencia– para negar que se revelara secreto alguno, al señalar que el hecho de que otros medios conocieran el contenido de ese correo antes de que llegara a manos de García Ortiz no desinfla la relevancia penal de la filtración, pues este hecho no «desactiva el deber de reserva y confidencialidad» por el que estaba obligado.
En el auto en el que acuerda la medida, ve indicios consistentes de que «en su condición de fiscal general» García Ortiz habría revelado «secretos de los que pudo haber tenido conocimiento por razón de su cargo». Se trataba, deja claro, de «datos sensibles afectantes a la intimidad de un ciudadano particular, a su honor», que repercutían «en su derecho de defensa», por lo que ese comportamiento resultaba «incompatible con el cometido de información a la opinión pública estatutariamente establecida para el Ministerio Fiscal».
Deber de "reserva y confidencialidad"
El magistrado pone de relieve que el correo objeto de la filtración –que González Amador remitió el 2 de febrero de 2024 al fiscal Julián Salto reconociendo los dos delitos fiscales imputados– se enmarcaban en «unas conversaciones privadas entre su letrado y el fiscal encargado del caso».
Su contenido estaba sujeto por tanto –subraya– a los preceptivos criterios de «reserva y confidencialidad» por parte de la Fiscalía, en cumplimiento del protocolo de conformidad suscrito por la Fiscalía General y el Consejo General de la Abogacía. Algo que, insiste, lleva aparejado «un deber de discreción, por razón del cual no es tolerable divulgación alguna a terceros sin autorización del interesado, cuya reputación bien pudiera verse perjudicada por esa revelación».
De esta forma, añade, los principios de «legalidad e imparcialidad» que rigen la actuación del Ministerio Fiscal quedaron en entredicho. Pese a lo cual, asegura, García Ortiz dio publicidad «a una información confidencial de la que tuvo conocimiento por razón de su cargo».
Una cuestión de "escasa relevancia"
El relato de hechos del magistrado del Supremo señala que «aprovechando» la información publicada por El Mundo el 13 de marzo de 2024, según la cual la Fiscalía había ofrecido a la pareja de Ayuso un pacto para que admita dos delitos fiscales, y no a la inversa –como realmente había sucedido– «y conociendo que se trataba del ciudadano Alberto González Amador, pareja de la Presidenta de la Comunidad Autónoma de Madrid», García Ortiz emprendió «un frenético intercambio de comunicaciones» con la finalidad de «ganar el relato sobre una cuestión «de tan escasa relevancia como de quién había surgido la iniciativa para llegar a un acuerdo» (información que se detalló al día siguiente en una nota hecha pública por la Fiscalía).
Con ese intercambio de mensajes con varios fiscales, García Ortiz pretendía «preparar una respuesta» y «dejar bien claro» que la Fiscalía no había ofrecido «ningún pacto de tal tipo». Para ello recurrió a la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez (a quien el instructor apartó del procedimiento in extremis), para que reclamara la secuencia de correos al fiscal que investigaba al novio de Ayudo, cuyo contenido «conoció» Rodríguez y que reenvió al correo electrónico de García Ortiz, «pero no al oficial, sino al particular, según él mismo le había indicado».
A continuación, García Ortiz –continúa el relato– acabó «facilitándolo a un medio, como la cadena Ser, para que le diera publicidad», «consciente» de que revelaría su «confidencial contenido».
Paralelamente, el juez considera probado que desde la Fiscalía se envió una copia del correo a la entonces alto cargo de Moncloa Pilar Sánchez Acera, quien dio «instrucciones» a Juan Lobato, en esas fechas líder del PSOE en Madrid, para que lo usara «en contra» de Ayuso en la Asamblea.
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