Terrorismo

El juez interrogará en marzo a tres exjefes de ETA para cerrar la investigación por el asesinato de Gregorio Ordóñez

Cita a declarar a "Kantauri", Aguirre Lete y Achurra el 14 y 15 de marzo al no considerar necesario contar con la autorización de Francia

Viuda de Gregorio Ordóñez destaca que San Sebastián recuerda con cariño "a quien tanto hizo por devolvernos la libertad"
Ana Iríbar, viuda de Gregorio Ordóñez, en el reciente homenaje al portavoz del PP en el Ayuntamiento de San SebastiánEuropa Press

El juez que investiga el asesinato de Gregorio Ordóñez en 1995 ha citado a declarar como imputados los próximos 14 y 15 de marzo a tres de los cinco exjefes de ETA investigados -José Javier Arizcuren Ruiz, "Kantauri", Julián Achurra, "Pototo" y Juan Luis Aguirre Lete, "Isuntza"-. El magistrado de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge considera que puede interrogarles sin necesidad de esperar a la autorización de la Justicia francesa, pues aunque no fueron entregados por esta causa no ha acordado su prisión provisional en el marco de este procedimiento.

Según un auto al que ha tenido acceso LA RAZÓN, el instructor acuerda asimismo la prórroga de la investigación -tal y como le solicitaron la Fiscalía, la familia del concejal asesinado y las acusaciones que ejercen PP, AVT y Dignidad y Justicia- otros seis meses, hasta el próximo 29 de julio.

De Jorge considera que para el buen fin de la investigación "resulta necesaria y legalmente obligatoria" la declaración de los tres exdirigentes de la banda terrorista, que actualmente cumplen prisión en España. Todos ellos declararán por videoconferencia desde la cárcel: "Kantauri" el 14 de marzo desde el centro penitenciario de Pamplona y Achurra y Aguirre Lete al día siguiente, en su caso desde la prisión de Álava.

Los otros dos exjefes etarras investigados -Ignacio Gracia Arregui, "Iñaki de Rentería", y Mikel Albisu, "Mikel Antza"- negaron cualquier responsabilidad en el atentado que costó la vida al portavoz del PP en el Ayuntamiento de San Sebastián en una declaración por videoconferencia desde los juzgados de San Sebastián, pues ambos se encuentran en libertad.

El magistrado de la Audiencia Nacional considera que el apartado 3c) del artículo 27 de la Decisión marco 2002/584/JAI del Consejo de Europa, de 13 de junio de 2002, ampara su decisión pues establece que no es necesario contar con el consentimiento del país que autorizó la entrega del reclamado para investigarlo por una causa distinta a la que motivó esa entrega "cuando el proceso penal no concluye con la aplicación de una medida restrictiva de la libertad individual de la persona".

En sustento de su resolución, hace referencia además a una sentencia de diciembre de 2008 de la Sala Tercera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) -asunto Leymann y Pustovarov- que precisa que esa excepción al principio de especialidad se refiere "a una situación en la que el procedimiento penal no da lugar a la aplicación de ninguna medida restrictiva de la libertad individual" durante la fase de instrucción o de enjuiciamiento.

Procedimiento "innecesario"

De ahí que mantenga la "innecesariedad del procedimiento del consentimiento" en este supuesto, en el que los tres exjefes de ETA ahora citados no renunciaron al principio de especialidad, que obliga a recabar el visto bueno del país que los entregó para que acceda a que se proceda judicialmente contra ellos por una causa distinta.

"Por lo tanto, es viable oír en declaración a los investigados con asistencia letrada, advirtiendo desde este momento -matiza- que no se adoptará ninguna medida cautelar personal contra ellos", para respetar así lo estipulado en la referida Decisión Marco de 2002.

El magistrado Alejandro Abascal, al frente del Juzgado de Instrucción número 1 antes de la llegada de De Jorge, sí reclamó a las autoridades francesas "el estado de tramitación" de las tres OEDE cursadas en 2015 respecto a "Kantauri", Aguirre Lete y Achurra al considerar que sí debía autorizar que la Audiencia Nacional les interrogase sobre el asesinato de Ordóñez.

La investigación judicial señala que tras la caída de la cúpula de ETA en Bidart (Francia), "Iñaki de Rentería" y Mikel Albisu fueron los encargados de reorganizar "estructural y operativamente" la banda terrorista, sumando a la dirección a "Kantauri", Aguirre Lete y "Pototo" entre finales de 1994 y 1995.

En ese periodo, el comité directivo etarra impulsó a partir de julio de 1993 una campaña para desestabilizar al Estado atentando contra militantes del PP y PSOE con el objetivo de forzar al Gobierno a negociar. Es precisamente en el ámbito de esa "estrategia de desestabilización" en la que se ordena el atentado contra Ordóñez. Los investigadores señalan que la decisión de atentar contra políticos como "objetivos prioritarios" se adoptó desde la cúpula etarra "de forma colegiada".

Una conclusión que corroboraron ante el anterior instructor dos etarras arrepentidos en el marco de una pieza secreta del procedimiento, asegurando que era la cúpula terrorista la que daba la orden a los "comandos" cuando los objetivos eran políticos.