Tribunales
El TSJM pide al Supremo que investigue si el fiscal general reveló datos privados de la pareja de Ayuso
El instructor reclama al Alto Tribunal que investiga por presunta revelación de secretos en el caso de González Amador a García Ortiz al observar indicios delictivos
El magistrado Francisco José Goyena, instructor la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior Justicia de Madrid (TSJM), ha enviado al Tribunal Supremo la causa por presunta revelación de secretos en el procedimiento por fraude fiscal contra Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso, al apreciar indicios de delito en la actuación del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en la publicación de una nota de prensa que incluiría, denunció el empresario, datos privados y reservados suyos.
García Ortiz asumió la responsabilidad última de la nota informativa que difundió la Fiscalía Provincial de Madrid en un escrito dirigido al magistrado Goyena y explicó que el objeto de esta era aclarar el estado de la denuncia que presentaron desde la Sección de Delitos Económicos contra González Amador por dos delitos contra la Hacienda Pública y uno de falsedad documentales -después de que les llegase una denuncia de la Agencia Tributaria- en relación a unos facturas supuestamente falsas. Tanto la fiscal superior madrileña, Almudena Lastra, como indirectamente los dos fiscales querellados confirmaron que estuvo detrás de la de la orden de emitir la nota.
También se pretendía aclarar desde el Ministerio Público madrileño las conversaciones que estaban manteniendo con su defensa a fin de llegar a un acuerdo de conformidad en el que él reconocía el fraude al fisco por valor de 350.000 euros que se le imputa a cambio de ver rebajada la pena que se le impondría por estos hechos. En el escrito dirigido al instructor el fiscal general le reclamaba también que dejase la investigación judicial del asunto en manos del Tribunal Supremo dada su condición de aforado en este tribunal por el cargo que ostenta.
Justamente, es lo que este lunes ha hecho el aún instructor con una exposición razonada dirigida al Alto Tribunal para reclamarle que asumiese y continuase con las diligencias previas de investigación dirigidas a esclarecer posibles responsabilidades penales de García Ortiz en el pronunciamiento de la Fiscalía sobre el caso del novio de la presidenta autonómica madrileña.
El juez del TSJM señala en el auto que la difusión de dicha información "no se corresponde con la alegada finalidad que apunta el Ministerio Fiscal" -aclarar las informaciones en prensa sobre la denuncia contra Amador- y excede en su contenido "lo que aparece divulgado en la prensa" -que es lo que alegaban desde Fiscalía para negar la acusación de revelación de secretos-.
Por tanto, expone el juez Goyena, el comunicado supuso "la divulgación de datos e información que no puede ser revelada a terceros" -por ser privada y estar, por ello, reservado su acceso a ella- y pudiendo haber perjudicado a González Amador y al "interés colectivo" que constituye en la legislación el derecho de defensa.
Estas diligencias practicadas contra la fiscal jefe de la provincia de Madrid, Pilar Rodríguez, y el de la especial de delitos económicos Julián Salto, nacieron con la admisión a trámite de la querella que presentó la pareja de Ayuso por la información privada que, considera y ahora el magistrado instructor refrenda, difundieron de él.
La actuación ya salpica, con todo ello, al fiscal general del Estado, que tendrá que esperar si el TS admite incoar una investigación judicial contra él por una posible revelación de secretos.
Archivan desde el Tribunal Superior de Madrid las diligencias contra el fiscal económico Julián Salto, al quedar demostrado, tal y como figura en el auto, que la acción de compartir esta cuestionada nota informativa que se remitió a los medios de comunicación "excedió el ámbito de decisión de la Fiscalía provincial" y la elaboración (por Salto) fue "meramente instrumental".
No ocurre lo mismo en el caso de la otra querellada por González Amador, la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, a la que sí atribuye este magistrado una posible conducta juzgable
Para el magistrado Goyena, en base a las declaraciones que le tomó a la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, y el escrito haciéndose cargo de la autoría, la nota "contó con el explícito consentimiento e indicaciones, incluso apremio, de la Fiscalía General del Estado que encabeza García Ortiz.
En este sentido, recoge también el auto, refiriéndose a la versión de la cadena de hechos que precedió la publicación de la nota y qué se dijo finalmente, "la alegada justificación que se esgrime para la difusión de la nota, podría haber tenido otro formato y contenido, que no vulnerara el deber de reserva que debía guardarse".
García Ortiz se defiende: "Se emitió para poner fin a un bulo"
Desde Fiscalía General del Estado han defendido que la nota, de la que se vuelve a responsabilizar este lunes García Ortiz, se emitió "para poner fin un bulo" y "amparar" a un compañero fiscal (Julián Salto) en el marco, alegan, de la obligación que pesa sobre la institución judicial "ofrecer información veraz" sobre un asunto que les afecta directamente.
"El deber de informar a la opinión pública de sus propias acciones es mandato legal de la Fiscalía", afirman en un comunicado oficial, y lo compara con lo habitual de que desde los servicios de prensa del Ministerio Fiscal se difunda el contenido de querellas o informes que juzgan "relevantes" para la opinión pública.
Niegan en cualquier caso desde la oficina del máximo responsable de la Fiscalía que el hecho de que el juez reclame que se investigue en el Supremo estos hechos y posibles implicaciones penales no impedirá, ni alterará el normal funcionamiento de la institución y el propio trabajo diario de García Ortiz.
Insiste, además, en la versión con la que se viene defendiendo de que en el contenido del comunicado público no puede haber revelación de secretos porque no se "añade nada que no se hubiera publicado previamente en medios, citando fuertes cercanas al investigado y divulgando el contenido literal de las comunicaciones", al contrario de lo que observa en la exposición razonada el juez Goyena.
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