Tras pedirlo Fiscalía
La Justicia canaria suspende el protocolo de Clavijo para la acogida de menores inmigrantes
El TSJ de Canarias da la razón a la Fiscalía en que la medida "compromete la entrega inmediata y recepción" de los menores por las autoridades insulares
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias ha ordenado suspender la aplicación del protocolo para la acogida de menores inmigrantes no acompañados que aprobó recientemente el Gobierno canario de Fernando Clavijo por la existencia de "circunstancias de especial urgencia".
La decisión de anular como medida cautelarísima la ejecución del protocolo tiene lugar solo dos días después de que así lo pidiese la Fiscalía a la Justicia de las islas a través de un recurso contencioso-administrativo en el que señalaban la presunta vulneración de derechos de los menores extranjeros.
El TSJ canario da ahora parcialmente la razón a la Fiscalía Superior al entender que "resulta difícil negar" que los nuevos requisitos que impone este protocolo territorial para asumir la acogida "puede comprometer sin demasiada dificultad la entrega inmediata y recepción" de los menores inmigrantes no acompañados por parte de las autoridades insulares "que tienen confiado su cuidado".
Entiende el Alto Tribunal de Canarias que existen, como alegaba el Ministerio Fiscal, una "concurrencia de circunstancias de especial urgencia" que justifican la anulación cautelar del protocolo porque supone una cambio en el marco normativo que hasta ahora se aplicaba que tiene "repercusión sobre un colectivo tan especialmente sensible y vulnerable" como es el de los menores que llegan por mar al archipiélago.
El Gobierno de Clavijo tiene un plazo de tres días para presentar alegaciones, lo que llevaría al TSJ de Canarias a decidir si mantiene o no esta medida cautelarísima y, por ende, si vuelve a permitir o no la aplicación del nuevo proceso de acogida.
El Ministerio Público argumentó en su recurso que de aplicarse la nueva directriz los menores "quedarían desprovistos de atención inmediata y en situación de desamparo patente".
Lo que vulneraría, según el criterio fiscal, los derechos fundamentales de los menores extranjeros que llegan solos en cayucos en cayucos a Canarias porque supone no acogerles hasta que no hayan sido identificados por las fuerzas y cuerpos de seguridad, ostenten una ubicación o asignación individualizada en base a una resolución administrativa del Estado y les hayan sido entregados por las autoridades estatales.
La directriz implicaba también a las ONG y a los funcionarios autonómico que trabajan en materia de inmigración, y exige que los menores también estén inscritos en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados, conocido como el Rmena.
Un derecho que, defendió el Ministerio Público de estas islas, está plenamente reconocido en el artículo 14 de nuestra Constitución y en la Convención de los Derechos del Niño, pero que también implica el derecho fundamental a la integridad moral que se recoge en el artículo 15 del texto constitucional.
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