Fuerzas de Seguridad

La Justicia falla a favor de que un guardia civil pueda ser a la vez socorrista

El agente realizaba la actividad en sus tiempos libres y no interfería en las misiones oficiales

Agente de la Guardia Civil
Agente de la Guardia CivilArchivo

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia en la que se autoriza la compatibilidad de la actividad de monitor de socorrismo con la de guardia civil; reconoce esta actividad como las no incluidas dentro de las actividades prohibidas con el ejercicio de los agentes.

La defensa, a cargo de la APROGC, ponía de manifiesto que no se producía menoscabo del estricto cumplimiento de sus funciones y respeto absoluto al horario asignado, debido a la propia naturaleza de la actividad; además, el guardia civil tenía la posibilidad en todo momento de adaptarse a sus tiempos libres, sin ocupar por tanto tiempo de trabajo ni de descanso, así como tampoco superaba la retribución por complemento específico del demandante el límite del 30%.

La abogada encargada del asunto, Vanessa Ruiz, subrayó que la actividad privada de monitor de socorrismo, es perfectamente compatible con la del ejercicio de las funciones de guardia civil. El Tribunal le dio traslado al Abogado del Estado, el cual instó la desestimación.

Finalmente, el TSJM dictó sentencia en la que se estimó la petición realizada por el agente, autorizó la compatibilidad de la actividad solicitada, confirmó que la actividad privada a que hacía referencia el recurrente no se encuentra incluida en la relación de actividades prohibidas, además de condenar en costas a la Administración.