Caso Gürtel
La Audiencia rechaza desbloquear 5.000 euros reclamados por Bárcenas para litigar en Suiza
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del juez Pablo Ruz de oponerse al desbloqueo de 6.000 francos suizos (4.932,40 euros) solicitado por el extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas. El imputado pedía acceder a este dinero, depositado en el banco Lombard Odier de Ginebra, para poder litigar en el procedimiento que se sigue en el país helvético y evitar así que la documentación obtenida en la causa pueda utilizarse contra él en un futuro juicio oral.
El abogado de Bárcenas solicitó el pasado mes de julio que su cliente pudiera utilizar 6.000 francos suizos de una cuenta a nombre de la sociedad Tesedul que fue bloqueada en mayo de 2013 para abonar las “tasas judiciales” exigidas por la Justicia suiza.
En un auto hecho público este lunes, los magistrados Angela Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel ponen de manifiesto que el extesorero solicitó el desbloqueo de estos fondos diez días después de que finalizara el plazo previsto por el tribunal suizo para que se efectuara el depósito de esta cantidad.
“El propio recurrente reconoció que dichas tasas habían sido ya abonadas y el recurso admitido por lo que, lógicamente, la pretensión carece de fundamento”, indica el auto. Los tres magistrados recuerdan que el origen del patrimonio de Bárcenas es “de procedencia presuntamente ilícita” y recuerdan que los gastos derivados de su defensa sólo podrían satisfacerse después de que el imputado hubiera abonado “las eventuales responsabilidades civiles en que pudiera haber incurrido”.
El escrito presentado por la defensa de Bárcenas recordaba que, sin el abono de esta cantidad el Tribunal Penal Federal de Suiza no entraría a conocer del recurso que tanto esta parte como el abogado del apoderado del extesorero, Iván Yáñez, interpusieron contra la autorización que el Departamento Federal de Justicia y Policía dio en abril pasado al juez Ruz para utilizar esa documentación.
Un juez del Tribunal Penal Federal suspendió cautelarmente, a comienzos de junio, la resolución de las autoridades suizas, que fue remitida a la Audiencia Nacional el pasado 14 de abril, al atender un recurso presentado por los abogados de Bárcenas y Yáñez, que esgrimieron que no se les escuchó en audiencia previa durante el procedimiento.
Sin embargo, fuentes jurídicas consultadas por Europa Press señalaron que la suspensión temporal de la autorización constituye un trámite habitual hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo del asunto y decida finalmente si los documentos remitidos al Juzgado Central de Instrucción número 5 se pueden utilizar para “enjuiciar los actos de fraude fiscal” que se imputan a Bárcenas, su mujer, Rosalía Iglesias; y los cabecillas de la trama.
Del mismo modo, apuntaron que al extesorero del PP se le atribuye además el delito de blanqueo de capitales, por lo que podría autorizarse la utilización de la documentación también por este tipo penal.
Delito en Suiza
En la resolución recurrida, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Unidad de Asistencia Mutua del Departamento Federal de Justicia y Policía de la Confederación Suiza señalaba que los hechos investigados constituyen también en el país helvético un delito de fraude fiscal, lo que permite que la información remitida en las sucesivas comisiones rogatorias sea utilizada en un eventual juicio oral.
“Tras examinar su solicitud y dada la explicación que ésta contiene, le confirmamos que los actos que se mencionan en el apartado Tercero de los Hechos de su comisión rogatoria complementaria n 41 pueden calificarse de fraude fiscal según la legislación suiza”, señalaba la misiva, fechada en Berna.
Las autoridades suizas recordaban que, según su legislación, “las pruebas e información que las autoridades españolas obtuvieron por vía de la asistencia jurídica mutua de las autoridades suizas podrían usarse en el Estado requirente para enjuiciar actos que la legislación suiza califica de fraude fiscal sólo si existe el consentimiento previo de Suiza”.
De esta forma, la información remitida por Suiza podrá ser utilizada para acusar tanto a Bárcenas y su esposa como a los presuntos cabecillas de la red, Francisco Correa y Pablo Crespo; el exconsejero de Deportes de la Comunidad de Madrid Alberto López Viejo; y otros imputados como los exalcaldes de Boadilla del Monte Arturo González Panero y Majadahonda Guillermo Ortega.
Tributación en Suiza
Ruz dictó un auto el pasado 2 de abril en el que ampliaba la cuadragésima primera comisión rogatoria cursada a Suiza y solicitaba
a la División de Cooperación Internacional de la Oficina Federal de Justicia la autorización prevista en la legislación helvética para “la utilización de la documentación” remitida en esta causa en relación con los “hechos y delitos” que se investigan.
El juez realizó esta solicitud a partir de un informe del Ministerio Fiscal fechado el 25 de marzo pasado en el que se preguntaba a Suiza por “la eventual tributación de los fondos” de las cuentas que tenían en el país Bárcenas y su esposa, Rosalía Iglesias,
y si podrían afectar a “la cuantificación de la cuota que por distintos impuestos podrían haber defraudado”.
La Fiscalía detallaba en su escrito que en el ‘caso G~rtel’ se investiga “en esencia” la actividad de los empresarios Francisco Correa y Pablo Crespo, “consistente básicamente en la obtención de adjudicaciones públicas mediante la entrega de dádivas a funcionarios competentes o con influencia en esa contratación y por la que percibirían las correspondientes comisiones irregulares”. También se persigue “la posible ocultación de los beneficios de esa actividad tanto para los cargos públicos como para los particulares intervinientes”.
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