Política

Consejo de Ministros

La Junta Electoral ampara los “viernes sociales” de Sánchez

Desestima las peticiones del PP y de Ciudadanos de suspender las ruedas de prensa del Consejo de Ministros hasta las elecciones generales del 28 de abril

La portavoz del Gobierno, Isabel Celaá
La portavoz del Gobierno, Isabel Celaálarazon

La Junta Electoral Central ha desestimado esta tarde las solicitudes del PP y Ciudadanos para que fueron suspendidas, durante el proceso electoral, las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros

La Junta Electoral Central ha desestimado esta tarde las solicitudes del PP y Ciudadanos para que fueron suspendidas, durante el proceso electoral, las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros en el caso de que en éstas se incluyesen medidas "electoralistas", ya que, a juicio de los partidos de Pablo Casado y Albert Rivera, estas comparecencias podrían incumplir la Ley Electoral.

En el acuerdo de la Junta Electoral, se desestima las reclamaciones de los populares y del partido naranja, con el argumento de que en ellas “no se pone de relieve que se haya producido ninguna conducta prohibida por los apartados 2 y 3 del artículo 50 de la LOREG, sin que tenga la Junta que advertir al Gobierno sobre el cumplimiento de lo previsto en dicho precepto”.

La intención de los partidos de la oposición era frenar de esta forma la difusión, en las ruedas de prensa posterior a los Consejos de Ministros que restan hasta el 28-A, de los reales decretos que el Ejecutivo socialista tiene previsto aprobar en las próximas semanas. Reales decretos que el Gobierno, una vez aprobados, remitirá a la Diputación Permanente para su convalidación. El propio gabinete de Sánchez rebautizó los Consejos de Ministros en los que se aprobarán estas medidas como los “viernes sociales” en alusión al carácter social de las iniciativas contenidas en los decretos.

El escrito de reclamación de los populares con el Ejecutivo de Pedro Sánchez argumentaba que debe considerarse como un incumplimiento de la normativa de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) el hecho de “aprobar y difundir en toda clase de medios institucionales y redes sociales la aprobación de unos decretos ley de marcado contenido político y social, que van a influir de forma electoral en el criterio a tomar por los electores"ante las elecciones generales del 28 de abril.

Contra el recurso de la Junta Electoral cabe la interposición de un recurso ante el Supremo en el plazo de dos meses.