Política

Ministerio de Justicia

La sentencia del «procés» se conocerá tras el 26-M

Los políticos independentistas acusados no han solicitado asistir a la sesión donde las defensas plantearán la incompetencia del TS. El juicio oral comenzará la segunda quincena de enero.

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Los políticos independentistas acusados no han solicitado asistir a la sesión donde las defensas plantearán la incompetencia del TS. El juicio oral comenzará la segunda quincena de enero.

La recusación de los siete magistrados del Tribunal Supremo que deben juzgar y sentenciar la Declaración Unilateral de Independencia y la culminación con el referéndum ilegal del 1 de octubre del pasado año, rechazada de plano por la Sala del 61, ha sido el último intento de las defensas de retrasar la celebración del juicio; objetivo que no han logrado porque la pretensión de la Sala Penal es mantener, en líneas generales, el calendario que estaba previsto desde hace ya algunos meses. Es decir, comenzar con las cuestiones de artículos de previo pronunciamiento este mismo mes de diciembre y las sesiones del juicio oral en sí, con las declaraciones de los acusados, a partir de la segunda quincena de enero, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes jurídicas. Y la sentencia, después de los comicios europeos, autonómicos y municipales del 26 de mayo.

En este sentido, hay tres trámites que deben cumplimentarse con anterioridad a la fijación del inicio del proceso: la notificación oficial de la desestimación de las recusaciones interpuestas por los procesados contra los integrantes del tribunal, la resolución sobre los artículos de previo pronunciamiento invocados por la defensa, especialmente el de falta de jurisdicción del Supremo para enjuiciar este caso, y la decisión de la Sala de responder a la petición de las defensas de prorrogar el plazo de presentación de sus escritos.

En un principio, la solicitud era de tres meses, aunque alternativamente reclamaban que se les otorgase un mes adicional. Sin embargo, según fuentes próximas al Tribunal Supremo, no se prevé atender ninguna de las dos peticiones y, en todo caso, se les podría conceder apenas unos días más de plazo para cumplimentar ese trámite. Una vez presentados los escritos de defensa ya sólo restará fijar la fecha de inicio de la vista oral, y aunque la tramitación, y posterior rechazo, de las recusaciones podría originar un retraso en el comienzo, no parece que vaya a ser así, ni mucho menos.

De hecho, está previsto que las sesiones para presentar las cuestiones relativas a los artículos de previo pronunciamiento puedan tener lugar entre el 18 y el 20 o bien los días últimos días de año, aunque puede concentrarse finalmente todo en un solo día.

«Los artículos de previo pronunciamiento serán este año y el juicio, en 2019», sentencian al respecto las fuentes consultadas. Para la sesión donde se plantearán las cuestiones previas, la Ley de Enjuiciamiento Criminal no prevé nada sobre la posibilidad de que los procesados pudiesen estar presentes. En este sentido, podrían solicitarlo y, previsiblemente, se les concedería, pero de hecho ninguno de ellos ha pedido acudir ese día al Tribunal Supremo. Entre otras cosas porque ello supondría que tuviesen que ser traslados desde las prisiones catalanas donde se encuentran a cárces de Madrid, con todo lo que conlleva un traslado de esas características –tiempo, medidas de seguridad, incomodidades para los propios interno– para sólo un día, siempre que se le concediese por Interior el posterior regreso a los centros penitenciarios catalanes. Todo ello viene a concluir que no estarán presentes en esas alegaciones, donde, además, los únicos que intervienen son los abogados defensores, fiscal, abogado del Estado y la acción popular, ejercida por Vox.

Suspensión hasta enero

Una vez finalice esta sesión, se suspenderá la vista oral hasta mediados de enero, bien la semana del 14 o del 21 de ese mes. En esa fase, sí se comenzará con la declaración de los procesados, quienes podrán o no hacerlo o responder solo a las preguntas de las partes que deseen. La principal cuestión que se planteará por las defensas en la sesión de artículos de previo pronunciamiento será la de incidir en que el Tribunal Supremo no es competente para enjuiciar este caso y que el mismo debería seguirse en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al haberse producido todos los hechos que las acusaciones consideran delictivos en esa comunidad autónoma. No alegan en este trámite, en cambio, ni prescripción de los hechos ni cosa juzgada.

En cuanto a la falta de competencia del Tribunal Supremo, tanto la Fiscalía como el resto de acusaciones se opondrán a esa petición. Para ello, esgrimirán, entre otras razones, que la Sala de Recursos del Tribunal Supremo ya ha rechazado en distintas ocasiones la falta de incompetencia de este tribunal para juzgar este procedimiento.

Respecto a las sesiones del juicio oral, las mismas se prolongarán durante más de un mes «y puede que se llegue a los dos meses», dada el importante número de testigos propuestos por las acusaciones y los que presentarán las defensas. Ello hará que las sesiones tengan lugar la mayoría de los días en sesiones de mañana y tarde.

De esta forma, el juicio podría terminar a mediados de marzo. A partir de ahí, los magistrados comenzarían a deliberar, hasta que el ponente de la causa, Manuel Marchena, presente a sus compañeros un borrador de sentencia. Si es aceptado se transformará en sentencia y si hay discrepancias conllevará la presentación de votos particulares. En todo caso, existe coincidencia en considerar que dada la naturaleza e importancia de esta causa, «la unanimidad sería muy importante, pues no sería positivo transmitir una imagen de división en un caso como éste». Hasta el momento, ninguna resolución de la Sala de Recursos ha contado con votos particulares.

En este calendario se «cuela» la precampaña de cara a las elecciones europeas, autonómicas y municipales, que tendrán lugar el próximo 26 de mayo. Este dato no pasa inadvertido para el Tribunal Supremo, donde siempre se ha tenido muy claro que sus resoluciones no pueden ser usadas para interferir en unas elecciones. Por ello, las fuentes consultadas por este periódico son claras al respecto: «La sentencia será siempre después de las elecciones».

Ese fallo sacará al «procés» del Supremo, pero será solo un punto y seguido. Si hay condena espera el Tribunal Constitucional y, en su caso, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. No en vano, gran parte de la estrategia de defensa en juzgados o tribunales de Bélgica o Alemania han tenido como foco desacreditar todo el proceso seguido en el Tribunal Supremo y sembrar de dudas la actuaciones de éste, de cara a un más que probable recurso ante Estrasburgo.