"Procés"

Llarena aplaza reactivar la euroorden contra Puigdemont por si el TJUE le devuelve la inmunidad cautelar

Anticipa que en caso contrario cursará de nuevo la OEDE para que Bélgica lo entregue antes de la disolución del Parlamento Europeo

El magistrado Pablo Llarena no reactivará por ahora la euroorden para intentar que Bélgica entregue a Carles Puigdemont, como le habían pedido la Fiscalía y Vox, a la espera de lo que decida el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ante quien recurrirá el expresidente de la Generalitat la retirada de su inmunidad y que podría devolvérsela de forma cautelar hasta que resuelva su demanda.

En una providencia, el instructor de la causa del "procés" demora de momento la emisión de órdenes internacionales de detención contra el líder independentista y su exconseller Toni Comín que activen de nuevo esas OEDE.

Puigdemont vio el pasado día 5 cómo el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) confirmó el suplicatorio que le dejó sin su inmunidad parlamentaria como eurodiputado, un procedimiento que mantenía en compás de espera esa euroorden que Llarena se vio obligado a retirar.

Pero esa decisión no es firme, recuerda el instructor, y puede ser recurrida hasta el próximo 15 de septiembre, plazo que la defensa de Puigdemont piensa agotar, solicitando además al tribunal europeo que le devuelva de forma cautelar esa inmunidad mientras resuelve sus peticiones, un parapeto que impediría a Llarena seguir adelante con la OEDE, y más teniendo en cuenta la actuación de la Justicia belga en este asunto durante estos años.

La medida podría ser "intrascendente"

Llarena explica que si ahora mismo acordara emitir de nuevo la euroorden, esta quedaría inmediatamente paralizada (siempre y cuando la Justicia belga no lo hubiese hecho antes al recibir la OEDE) en el momento en el que el TJUE devolviese la inmunidad a Puigdemont de forma provisional, "obligando a interrumpir su tramitación internacional y haciendo intrascendente el adelanto de la orden de detención a este momento".

Por otro lado, añade, si la defensa de Puigdemont no recurriera la decisión del TGUE o, en si lo hiciese, si TJUE rechazase adoptar esa medida cautelar, podría reactivar la OEDE "con una antelación suficientemente operativa, visto que el plazo máximo que establece la Decisión Marco 2002/584/JAI para resolver cualquier reclamación de entrega es el de tres meses".

De esta forma, asegura, no habría ninguna dificultad para que Puigdemont y Comín "puedan ser puestos a disposición de la Justicia española antes de disolverse el Parlamento para el que fueron elegidos y para cuyo desempeño se les concedió la inmunidad cuya suspensión se peticionó desde un inicio".

Pedir un nuevo suplicatorio, una "anomalía"

Y es que Llarena no contempla que el procedimiento se alargue más de lo deseado y, ante la constitución de un nuevo Parlamento Europeo, tenga que reiterar la solicitud de suplicatorio. Por eso, hace hincapié en que "el principio de cooperación leal que opera como regla rectora entre los organismos públicos de la Unión y sus Estados Parte, debe orientarse a que, habiéndose peticionado el suplicatorio inmediatamente después de constituirse el actual Parlamento, si la suspensión de la inmunidad peticionada fue concedida y si resulta jurídicamente válida, la iniciativa jurisdiccional debería poder alcanzar la finalidad para la que está prevista". Considerando por tanto "una anomalía" que la constitución de un nuevo Parlamento en junio del próximo año "obligue a este instructor a reiniciar el proceso"..

Así las cosas, el magistrado aplaza su decisión sobre la OEDE al momento en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie sobre las medidas cautelares que pueden solicitar los procesados rebeldes al presentar su recurso contra la decisión del TGUE de avalar la retirada de su inmunidad por la Eurocámara.

Los fiscales de la causa del "procés" ya contemplaban en su petición de reactivar la OEDE que la sentencia del TGUE puede ser recurrida en casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), pero precisaban que esa apelación no tiene efectos suspensivos, por lo que insistían en la necesidad de emitir nuevamente órdenes de detención internacionales y europeas respecto a ambos procesados.