Bélgica

Llarena y la Fiscalía estudian llevar al Tribunal de Justicia de la UE la decisión de Alemania sobre Puigdemont

El magistrado del alto tribunal reaccionaría así a la negativa de un tribunal alemán de extraditar a España al reo por ese delito

El magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena
El magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarenalarazon

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que investiga la causa del 'procés', y la Fiscalía estudian la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre de la orden de detención europea (OEDE) y los procedimientos de entrega entre estados miembros, han informado fuentes del alto tribunal. Lo hace tras la negativa del tribunal alemán a ver rebelión en la conducta del expresidente Carles Puigdemont.

Las mismas fuentes han señalado que, de formalizarse esta petición al tribunal europeo con sede en Luxemburgo, la tramitación de la OEDE remitida a Alemania por los delitos de rebelión y malversación quedaría en suspenso hasta que el tribunal europeo resolviera la duda planteada.

Esta paralización de la OED daría tiempo a Llarena para replantear su estrategia procesal tras el revés sufrido tras la decisión del tribunal Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein, que únicamente deja la posibilidad de entregar al exmandatario catalán por malversación y descarta así que pueda ser juzgado en España por la conducta más grave que es la de rebelión.

No obstante, aún se desconocen los términos concretos con los que Llarena se dirigirá al TJUE y si sus preguntas supondrán una puesta en cuestión de la decisión adoptada ayer por el tribunal alemán.

El juez podría realizar preguntas relativas al alcance de la decisión alemana -sobre si el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein se extralimitó al entrar a valorar si hubo o no rebelión en la conducta del exmandatario español-, o bien otras referidas a los términos de una nueva petición por su parte a las autoridades judiciales germanas.

La decisión de Llarena se produce tras conocerse que la Fiscalía alemana anunciara que no ve margen legal para recurrir la decisión del Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein. El TJUE no es un órgano al que recurrir como tal esta decisión, ya que su función es interpretar la legislación de la UE para garantizar que*se aplique de la misma manera*en todos los países miembros y resuelve los*litigios*entre los gobiernos nacionales y las instituciones europeas

Se da la circunstancia de que, en su recurso de reforma tras ser procesado, la defensa de Puigdemont anunciaba su intención de presentar también una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que aclare si la Ley de Enjuiciamiento Criminal(LeCrim) española es compatible con la normativa europea.

Se refiere concretamente la defensa al hecho de que sus clientes hayan sido privados del derecho de defensa hasta que no han sido procesados y puestos a disposición de la justicia española en virtud de una Orden de Detención Europea (OEDE), y y ello pese a hallarse a disposición de los tribunales españoles -en alusión a la situación en Bélgica-.

La Fiscalía General del Estado ha emitido una nota ese jueves en la que anuncia que estudiará "la eventual posibilidad de ejercitar las acciones pertinentes para la protección y defensa del orden jurídico europeo relativas a la OEDE ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)". Lo hace tras la decisión del el Tribunal Regional Superior (OLG) de Schleswig-Holstein de dejar en libertad al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y descartar que una eventual entrega a España por el delito de rebelión.

El anuncio de la Fiscalía se produce después de que el magistrado instructor de la causa del 'procés' en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, anunciara que también estudia la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial al TJUE sobre de la orden de detención europea y los procedimientos de entrega entre estados miembros.

En su nota, la Fiscalía destaca que el Considerando (9) de Decisión Marco de 13 de junio de 2002 relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros dispone que "la función de las autoridades centrales en la ejecución de una orden de detención europea debe limitarse a un apoyo práctico y administrativo".

Ep