Doctrina Parot
Lo que nos jugamos con la llamada «Doctrina Parot»
Ayer viernes leía en su periódico la conmovedora y estremecedora entrevista que su periódico realizaba a Dª Encarnación Caballero, madre de la niña Olga Sangrador. Quienes tenemos más edad recordamos por la trascendencia pública que tuvo, la historia de la pequeña Olga, violada, torturada y finalmente asesinada por un pederasta que disfrutaba de un permiso penitenciario cuando ocurrieron los dramáticos hechos. Olga era una niña de 9 años que empezaba a vivir a la que un criminal arrancó de su familia y arrebató todo.
De las tres niñas de Alcásser también creo que nos acordamos todos. Aún estremece pensar el escalofrío que recorrió toda España aquellos días en que se conocieron las atrocidades a las que habían sometido sus asesinos a las niñas antes de asesinarlas. Eran tres jóvenes que salieron a divertirse y nunca volvieron a sus casas.
Podríamos citar más casos de terribles delincuentes cuyos crímenes impresionaron por su maldad a todo nuestro País. Seguramente estos días muchos estamos refrescando en nuestra memoria, otros delincuentes que alcanzaron notoriedad por su brutalidad como por ejemplo, el llamado «violador del portal» con 10 robos y 74 violaciones, o el «violador del ascensor» con 2 asesinatos y 18 violaciones.
Todos ellos vuelven a la primera plana de la actualidad porque la legislación que los españoles nos hemos dado para protegernos de quienes más daño nos han hecho en nuestra sociedad, van a ser revisadas por el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Todo viene a colación de la revisión del caso Inés del Río, sanguinaria terrorista de ETA nunca arrepentida, y con 20 asesinatos a sus espaldas de ciudadanos normales como cualquiera de nosotros, a la que se le aplicó la llamada «Doctrina Parot», lo cual no es otra cosa que aplicar las redenciones de penas a que todo preso tiene derecho según contempla nuestra legislación, al total de las penas a que fue sentenciado el penado, y no sobre el tiempo máximo de estancia en prisión, que es de 30 años. Esta doctrina ha hecho que la justicia fuera más rigurosa con los crímenes realizados, posibilitando que la duración de las condenas fuera la que correspondía y evitando ese dolor añadido a las víctimas de ver en la calle a quién les ha arrebatado a un ser querido, tras haber cumplido a veces un año de cárcel por un asesinato. En definitiva, ha tenido resultados muy beneficiosos para la sociedad, ha protegido un poco más las víctimas, ha impedido la puesta en libertad anticipada a quién no estaba arrepentido de sus crímenes, y sobre todo ha dignificado y hecho más justa nuestra Justicia, si me lo permiten.
Por eso yerran, malintencionadamente seguro, y además, no dicen la verdad quienes hablan de la «Doctrina Parot» como una venganza del Estado, quienes la califican como una medida excepcional como inexplicablemente hacía esta semana el Parlamento Vasco, o quienes acusan al Gobierno de España de crear alarma social. España, que cuenta con un sistema de garantías de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, tiene el derecho y la obligación de proteger a sus ciudadanos, exactamente igual que hace el resto de países de su entorno también de honda tradición democrática, y no sólo de la amenaza terrorista (casi mil asesinados entre las diferentes bandas terroristas que en España han existido), sino también de los más peligrosos criminales.
Esto es lo que nos jugamos con la derogación de la «Doctrina Parot».
✕
Accede a tu cuenta para comentar