Reforma de la Justicia
Los jueces no podrán opinar en los medios sobre asuntos o sentencias pendientes en los tribunales
Los jueces y las asociaciones deberán abstenerse de valorar asuntos de actualidad ante los medios de comunicación, las organizaciones judiciales no se financiarán vía impuestos, sino exclusivamente mediante las cuotas de los afiliados, y los aspirantes que aprueben la oposición se someterán a un examen de aptitud psicológica para evitar que "personas carente del necesario equilibrio mental se integren en la judicatura".
Estas son algunas de las novedosas medidas incluidas en el borrador de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial y Ley de Demarcación y Planta, con 559 artículos, que las comisiones presididas por el magistrado del Tribunal Supremo Luis María Díez-Picazo y el vocal del Consejo General del Poder Judicial Antonio Dorado han entregado al ministro Alberto Ruiz-Gallardón.
En el Palacio de Parcent, el magistrado Luis María Díez-Picazo ha dado cuenta de las grandes líneas recogidas en el documento que giran en torno a la organización de los tribunales, el estatuto de los jueces y el Consejo General del Poder Judicial. Incluyen la supresión de los partidos judiciales, la creación de tribunales de instancia y el mantenimiento de la Audiencia Nacional.
El redactado, recogido por Europa Press, regula las relaciones de los jueces y las asociaciones representativas de la Carrera con los medios de comunicación. El artículo 45 reconoce que la emisión de noticias y opiniones sobre asuntos judiciales sólo está sometida a los límites que rigen para la libertad de información y expresión. Los programas emitidos en que se haga un juicio paralelo de cuestiones pendientes ante los tribunales estarán obligados, en todo caso, a "presentar de manera veraz todos los hechos relevantes del asunto".
Lo llamativo reside en el tercer precepto donde se recoge que: "los Jueces y las asociaciones judiciales se abstendrán de hacer valoraciones de actualidad en los medios de comunicación sobre los asuntos pendientes ante los tribunales y sobre las resoluciones judiciales, si bien aquéllos podrán hacer comentarios de índole doctrinal o científica en publicaciones o foros especializados".
En cuanto a la vida corporativa de los togados, el texto ordena que la financiación de las asociaciones provenga exclusivamente de las cuotas de los afiliados a fin de ponerlas "a reparo de condicionamientos e instrumentalizaciones exteriores". La comisión ha eludido regular el derecho de huelga al suponer "una decisión con enormes connotaciones políticas e intrínsecamente controvertida en la sociedad española".
EFECTIVO AMPARO ANTE PERTURBACIONES A LA INDEPENDENCIA JUDICIAL
El texto fortalece la independencia judicial al hacer que el amparo del CGPJ, tendente a proteger a los jueces frente a "graves perturbaciones del exterior", sea algo más que "una mera declaración". El órgano de gobierno de los jueces podrá emitir "una orden de cesación de la conducta perturbadora"y, si ésta no cesa, constituirá un delito contra la Administración de Justicia.
La otra vía consiste en que el juez unipersonal que se sienta "gravemente inquietado"pueda solicitar que el asunto sea enjuiciado por una unidad judicial colegiada. "Siempre es más difícil condicionar a un colegio", recoge la exposición de motivos.
Otra cuestión esencial se refiere a suprimir las categorías judiciales. A partir de ahora solo habrá jueces, si bien a efectos honoríficos podrán, quienes lo deseen y con seis años de antig~edad, utilizar el tradicional tratamiento de "magistrado".
El modo normal de ingreso a la Carrera seguirá siendo la oposición libre. Aunque quienes la aprueben, se someterán a un examen de aptitud psicológica. "La experiencia enseña que, una vez se ha ingresado en un cuerpo funcionarial, es sumamente difícil acordar la separación por falta de idoneidad", reconoce el documento, que toma precauciones para que este examen psicológico no pueda ser "subrepticiamente utilizado para controlar creencias o ideologías".
INDEMNIZACION EN UNA ERRONEA PRISION PREVENTIVA
Cuando el juez ha acordado la prisión preventiva de una persona que finalmente no ha sido condenada, el texto mantiene que se le indemnice cuando ha sido absuelto al no haberse probado el hecho imputado, pero añade que "si la medida cautelar fue manifiestamente errónea o desproporcionada, atendidas las circunstancias del momento de su adopción o mantenimiento, cabrá acudir al procedimiento de responsabilidad por error judicial".
La comisión ha deliberado ampliamente sobre la continuación de la Audiencia Nacional y se ha mostrado a favor de un órgano con competencia sobre todo el territorio nacional. Defiende también el papel del Tribunal Supremo en unificación de doctrina y en el ejercicio del control casacional que por su cuantía o materia deban de ser admitidos.
Otro novedoso aspecto radica en que el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción conocerá de los conflictos que puedan producirse entre el Poder Judicial y el Poder Legislativo, es decir con el Congreso de los Diputados, el Senado y la Asambleas legislativas de la Comunidades Autónomas.
Este órgano colegiado está constituido por el Presidente del Tribunal Supremo y por cinco vocales, de los que dos serán jueces de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, designados por el Consejo General del Poder Judicial, y los otros tres serán consejeros Permanentes de Estado o Letrados Mayores de las Cortes Generales, según los casos.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha agradecido a los miembros de la comisión su "excelente, generoso y desinteresado"trabajo, que aboca a una "transformación absoluta"de la Administración de Justicia conocida hasta ahora.
REUTILIZACION EN PARTIDOS JUDICIALES
El magistrado y presidente de la Comisión, Luis María Díez-Picazo, ha expuesto que la comisión ha sido "decididamente reformista"al apostar por tribunales de instancia en todos los órdenes jurisdiccionales y con circunscripción en cada provincia y por suprimir los partidos judiciales, lo cual supone una "modificación profunda"de un modelo que se proyectó para el siglo XIX pero que ha perdido utilidad en la actualidad.
"La propuesta de suprimir partidos judiciales no significa el cierre de las dependencias, sino la reutilización con criterios de especialización para crear grandes espacios judiciales donde se ubique la actividad judicial", ha precisado Díez-Picazo. El modelo contempla la desaparición de los juzgados de paz en aras de una mayor profesionalización.
Según ha dicho, la comisión se ha visto "superada por los acontecimientos"en lo concerniente a la elección de los vocales del CGPJ ya que ellos proponían la designación directa por los jueces y el Gobierno ha presentado un texto que mantiene la parlamentaria.
El vocal del CGPJ Antonio Dorado --que ha dirigido el trabajo sobre la nueva Ley de Planta Judicial--, el magistrado Carlos Lesmes, la abogada del Estado Marta Silva, el decano de los Procuradores Antonio Alvarez-Buylla, el catedrático de Derecho Procesal Juan Damián Moreno y el abogado Joaquín María Vives han completado la comisión.
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