Tribunales

El nuevo abogado de Ábalos se estrena reclamando al Supremo la expulsión de PP y Vox del "caso Koldo"

El exministro pide que se aparte a los partidos del procedimiento para evitar que utilicen la causa como "instrumento de combate"

José Luis Ábalos en una imagen de archivo
José Luis Ábalos en una imagen de archivoGtres

José Luis Ábalos no quiere a PP y Vox ni a ningún otro partido político -Iustitia Europa y Ciudadanos también están personados como acusación popular- en el "caso Koldo". Su nuevo abogado, el exfiscal de la Audiencia Nacional Carlos Bautista ha pedido al Tribunal Supremo (TS) por escrito que expulse de la causa a todas las formaciones políticas.

Si el alto tribunal accediese a su petición, la expulsión tendría efectos inmediatos en la acción popular pues es precisamente el PP el que aglutina a las diversas asociaciones que conforman la acusación popular unificada (donde también figuran, por ejemplo, Hazte Oír, Manos Limpias y la Asociación Liberum)

Según expone el letrado del exministro de Transportes, "salvo perversión del sistema y voladura de los equilibrios constitucionales" el ejercicio de la acción popular no supone "el desempeño de alguna de las dos misiones que la Constitución reserva a los partidos" (servir de instrumento fundamental de la participación política y de formación de la voluntad popular). Salvo que, puntualiza, "se pretenda utilizar la acción penal como instrumento del debate político y se produzca su absorción por parte de los partidos", lo que según denuncia supone la "usurpación de la participación ciudadana".

"Renuncia al debate político"

Para la defensa del exdirigente socialista mantener a los partidos políticos como acusación popular implica "la renuncia al debate político y su reconducción al judicial, desnaturalizando el debate, de que ser político, pasa a ser jurídico".

Y recuerda que el Tribunal Constitucional ha advertido de que, por su especial naturaleza y su configuración constitucional "disfrutan de ciertos privilegios, pero también son acreedores de ciertas limitaciones" que no afectan a otras asociaciones.

El abogado de Ábalos expone que se encuentran en la misma situación que las administraciones públicas, a quien el TC ha negado el derecho a ejercer la acusación popular por ser "órganos de poder de la comunidad política".

En definitiva, defiende que "la misión encomendada a los partidos según el artículo 6 de la Constitución cuestiona su legitimación en el uso de la acción popular". "Ningún obstáculo constitucional existe para que se expulse a los partidos políticos personados en la causa -argumenta-, precisamente porque el ejercicio de sus funciones constitucionalmente asignadas, que conlleva ciertos privilegios, comporta, igualmente, determinadas limitaciones que no son aplicables al resto de entidades públicas y privadas".

En su escrito asegura además que las formaciones políticas "acaban teniendo presencia en los procesos con finalidades últimas extraprocesales, sirviéndose de la difusión que los medios de comunicación proporcionan a las acciones penales" para conseguir "altos dividendos en términos de erosión de la figura controvertida del partido adversario". Se trata, añade, de ganar "el juicio de la opinión pública", que según alerta "equivale siempre a una condena".

Por tanto, reitera, el ejercicio de la acción popular por los partidos "acaba fagocitando la iniciativa ciudadana y arrinconando el ejercicio por los particulares de la acción popular, que se convierte en instrumento de combate de los partidos políticos, los cuales pueden llegar a extraer de las causas penales informaciones y argumentos que utilizar en el debate político".