Lucha contra ETA

Otegi, excluido del juicio de la financiación de las «herriko tabernas»

El exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi
El exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegilarazon

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estima la excepción de cosa juzgada para Arnaldo Otegi, José Luis Elkoro, Joseba Mikel Garmendia y Joseba Imanol Cortázar Pipaón porque ya fueron juzgados y condenados en otros procedimientos por delito de pertenencia o integración en banda armada.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estima la excepción de cosa juzgada para Arnaldo Otegi, José Luis Elkoro, Joseba Mikel Garmendia y Joseba Imanol Cortázar Pipaón porque ya fueron juzgados y condenados en otros procedimientos por delito de pertenencia o integración en banda armada. Con informe favorable del fiscal, la sección segunda de la Sala de lo Penal asume la jurisprudencia del Tribunal Supremo que habla de "la identidad sustancial"que reside en la propia pertenencia y no en los hechos concretos que servirían como nueva prueba de ese mismo delito.

Es decir, que "esos hechos concretos que serían instrumentales de cara a la definición del delito de mera actividad permanente, no deben servir para desviar la atención sobre el hecho delictivo, desde el punto de vista normativo, que lo es la propia actividad delictiva permanente"y añade que «hasta tal punto esto ha de ser así, que, por ser instrumentales del delito permanente los puntuales actos concretos, es indiferente el número de esas conductas concretas que se realicen para definir el delito permanente de que se trate".

En definitiva, que los cuatro ya han sido juzgados por el delito del que se les acusa de nuevo y no ha mediado acto alguno de interrupción que permita diferenciar dos tramos cronológicos diferenciados. No ha mediado ruptura, separación, cesación o exclusión de ETA.

Macrojuicio contra Batasuna

Hay que señalar que se trata del principal sumario contra Batasuna, en el que estaban procesados, hasta ahora, Otegi y otros 40 ex dirigentes batasuno, acusados de financiar a ETA a través de las "herriko tabernas". La decisión adoptada hoy por la Audiencia llega trece años después de que el juez Baltasar Garzón abriera la investigación. Precisamente, el pasado 3 de junio, la sección segunda de la Sala de lo Penal acordó admitir la mayoría de las pruebas solicitadas por las acusaciones y las defensas para la vista oral, dejando constancia de que, una vez tomada esta decisión "el tribunal señalará el día en que deben comenzar las sesiones del juicio oral, teniendo en consideración la prioridad de otras causas y el tiempo que fuere preciso para las citaciones"de los distintos peritos y testigos. En este sentido, todo apunta a que, según las fuentes consultadas, el mayor juicio contra la formación ilegalizada comenzará el próximo octubre.

Entre las pruebas que la Audiencia ha rechazado figura la de una de las más de cien "herriko tabernas"(locales sociales de Batasuna) personadas en la causa, que pidió que declarase como testigo el juez Baltasar Garzón, inadmitida "por haber sido el juez instructor de la causa"y porque, según la Sala, "no se encuentra la razón de ser de tal petición".

La Fiscalía solicitaba para Otegi (en prisión, donde cumple condena por el "caso Bateragune") doce años de cárcel por un delito de pertenencia a ETA en grado de dirigente, idéntica pena que reclama para los también ex dirigentes de Batasuna Joseba Permach y Rufi Etxeberria. Para otros veinte integrantes de la formación ilegalizada solicitó diez años de cárcel por integración en organización terrorista, que redujo a ocho años de prisión para los restantes como supuestos colaboradores de la banda criminal.